Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Soy inquilino: ¿Tengo que pagar las reformas del edificio?
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  #11 (permalink)  
Antiguo 30-jul-2008, 19:17
Avatar de blackholesun
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Iniciado por Akita Ver Mensaje
Gracias...

no te lo creas lo decia por mí
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¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.

Epicuro
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  #12 (permalink)  
Antiguo 30-jul-2008, 19:22
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¿Cuentanos la cara que se le queda al propietario cuando le digas que nanai?

P.D.: Y tambien lo que te dice.
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  #13 (permalink)  
Antiguo 30-jul-2008, 19:22
Avatar de Starkiller
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Iniciado por inquilino maldito Ver Mensaje
El contrato no dice nada.

Llevo mas de 5 años, pero este es un contrato nuevo desde hace 2 años.

Solo puede repercutirte el IPC, nada más. Y cuando se cumpla la anualidad, no antes. El tiene que pagar las reformas. El es el propietario, no tu.

Dentro de tres años, además, probablemente la oferta este mucho mejor (No es seguro, pero es una suposición razonable), por lo que puedas negociar a la baja, mantenerlo igual, o incluso buscar un sitio mejor y mas barato. Aceptar ahora un nuevo contrato es, posiblemente, contraproducente.

Legalmente, no tienes porque apgar ni un duro más. Luego, lo que tu decidas ceder, en función a tu situación, va de tu cuenta. Si tienes expectativas de quedarte mucho tiempo, entonces lo mismo te interesa.

Yo, personalmente, ni agua.
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It was the year of fire... the year of destruction... the year we took back what was ours. It was the year of rebirth... the year of great sadness... the year of pain... and the year of joy. It was a new age. It was the end of history. It was the year everything changed.
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  #14 (permalink)  
Antiguo 30-jul-2008, 19:37
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Iniciado por Starkiller Ver Mensaje
Legalmente, no tienes porque apgar ni un duro más. Luego, lo que tu decidas ceder, en función a tu situación, va de tu cuenta. Si tienes expectativas de quedarte mucho tiempo, entonces lo mismo te interesa.

Yo solo cederia si tuviera una hija cañon que la... muy bien.
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  #15 (permalink)  
Antiguo 31-jul-2008, 10:20
Avatar de Marina
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Hay un problema en este foro, porque la gente en muchas ocasiones habla sin saber y sin indicar que "solo es una opinion y no tiene ni idea" ejemplo: http://www.burbuja.info/inmobiliaria...os-bancos.html (se montan una pelicula y ya creen que la realidad es asi, y lo curioso es que discuten como si supieran de que hablan)


Claro que se puede subir el alquiler, yo he conocido varios casos, no se en que condiciones pero si se puede ya que los inquilinos no querían pero se les subió.

http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm

Artículo 19. Elevación de renta por mejoras

1. La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del 20 por 100 de la renta vigente en aquel momento.
Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra.

2. Cuando la mejora afecte a varias fincas de un edificio en régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá repartir proporcionalmente entre todas ellas el capital invertido, aplicando, a tal efecto, las cuotas de participación que correspondan a cada una de aquéllas.

En el supuesto de edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, el capital invertido se repartirá proporcionalmente entre las fincas afectadas por acuerdo entre arrendador y arrendatarios. En defecto de acuerdo, se repartirá proporcionalmente en función de la superficie de la finca arrendada.

3. La elevación de renta se producirá desde el mes siguiente a aquel en que, ya finalizadas las obras, el arrendador notifique por escrito al arrendatario la cuantía de aquélla, detallando los cálculos que conducen a su determinación y aportando copias de los documentos de los que resulte el coste de las obras realizadas.

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Los inversores inmobiliarios en españa son como los que caen desde 80 pisos de altura, durante 79 puede creer que vuelan.


Última edición por Marina; 31-jul-2008 a las 10:24
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  #16 (permalink)  
Antiguo 31-jul-2008, 10:25
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Iniciado por inquilino maldito Ver Mensaje
Hace tiempo que os leo. Sois magníficos.

Tengo este problema, donde vivo de alquiler quieren hacer reformas.
Cambiar el ascensor, la electricidad del edificio, pasar una inspección técnica de edificios, reformar la fachada y tejado del edificio. mármol en el portal, En resumen gastarse un dineral.

Hoy me ha dicho el casero que yo debo pagar una parte subiendo las mensualidades. El tampoco quiere que se hagan las reformas pero no puede oponerse.
¿Es cierto que me las puede subir? ¿que parte debería pagar yo?

GRACIAS.

No, la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 indica claramente que los gastos de conservación del inmueble corren a cargo del propietario, cogete la ley y lo buscas que lo dice bien claro y se lo lees o le envias un burofax por si acaso.

Saludos
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  #17 (permalink)  
Antiguo 31-jul-2008, 10:34
Avatar de noinversor
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Iniciado por Marina Ver Mensaje
Hay un problema en este foro, porque la gente en muchas ocasiones habla sin saber y sin indicar que "solo es una opinion y no tiene ni idea" ejemplo: http://www.burbuja.info/inmobiliaria...os-bancos.html (se montan una pelicula y ya creen que la realidad es asi, y lo curioso es que discuten como si supieran de que hablan)


Claro que se puede subir el alquiler, yo he conocido varios casos, no se en que condiciones pero si se puede ya que los inquilinos no querían pero se les subió.

Ley de arrendamientos urbanos

Pues para ayudarte a saber de qué hablas: conservación y mejora son conceptos diferentes.
Las obras que describe inquilino_maldito son claramente de conservación y no de mejora ,y el artículo que aplica es este:


Artículo 21: Conservación de la vivienda.
1. El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las
reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad
para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al
arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil.
La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no

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  #18 (permalink)  
Antiguo 31-jul-2008, 10:45
Avatar de kane
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Iniciado por noinversor Ver Mensaje
Pues para ayudarte a saber de qué hablas: conservación y mejora son conceptos diferentes.
Las obras que describe inquilino_maldito son claramente de conservación y no de mejora ,y el artículo que aplica es este:

Zas en toda la boca .....
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  #19 (permalink)  
Antiguo 31-jul-2008, 11:09
Avatar de Marina
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Iniciado por noinversor Ver Mensaje
Pues para ayudarte a saber de qué hablas: conservación y mejora son conceptos diferentes.
Las obras que describe inquilino_maldito son claramente de conservación y no de mejora ,y el artículo que aplica es este:

pues para ir de listo, eres algo patético,

1- yo no opine, simplemente informe de lo que sé, y por tanto es cierto.
2- sobre que son mejoras y que son conservacion, ¿ya vas de listillo?, (no se para que) yo no definí si son mejoras o conservacion porque no se los limites, TE PUEDO DECIR QUE LOS CASOS QUE CONOZCO QUE SUBIERON LA RENTA , ERA MUY PARECIDO A LO QUE PLANTEA, cambio de escaleras, etc, no pusieron ascensor ni añadieron nada que no tuviera antes el edificio,

3- puse aquel articulo porque habla del edificio y no de la "vivienda" que no se a que se refiere, pero en cualquier caso puse un enlace a la ley para que quien quiera la lea.

4- De todas formas en ningún caso afirme nada, simplemente cuestioné esos "no tienes que pagar nada" y mostré que hay excepciones. YA DIJE QUE "no se en que condiciones", ¿donde esta el problema?

5- veo que tu vuelves a insistir AFIRMANDO SI ES MEJORA O NO, SIN INDICAR SI SABES DE QUE HABLAS. (si tienes experiencia o se te ha ocurrido ahora)

6- lo dicho: Hay un problema en este foro, porque la gente en muchas ocasiones habla sin saber y sin indicar que "solo es una opinion y no tiene ni idea"
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Última edición por Marina; 31-jul-2008 a las 11:11
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