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05 de abril del 2006 Interpretas lo que te da la gana, pero veo que al menos no rebates la autoría del Sistema de Concesión de Obra urbanizadora en la Ley gallega (PP), ni el partido que gobernaba en los ayuntamientos promoventes de esas actuaciones urbanísticas (PP). Sólo te falta ahora comparar la legislación valenciana en la que existe la figura del Agente urbanizador con la gallega, en la que no existe, aunque sí un sistema parecido que no llega tan lejos. Como pista, indicar es un sistema residual, con lo que la expropiación sólo se producirá cuando se den las circunstancias legitimadoras (razones de urgencia o necesidad que lo justifiquen, o excesiva fragmentación de la propiedad), y el sistema de concesión de obra urbanizadora exige que se hubiera incumplido el plazo de dos años desde la aprobación definitiva del planeamiento detallado, siempre que éste hubiera fijado el sistema de compensación LA INICIATIVA PRIVADA EMPRESARIAL EN LA EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO. UN ESTUDIO SOBRE LA FIGURA DEL AGENTE URBANIZADOR EN EL DERECHO AUTONÓMICO ESPAÑOL: http://www.eumed.net/tesis/2007/joa/joa.zip Por otra parte, el actual Gobierno autonómico ya dejó clara su posición respecto de las potestades expropiatorias como competencia pública y enfocada al cumplimiento de los intereses generales. Y en las manos de Política Territorial está la aprobación de los planeamientos.
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| Tu sí que interpretas y te desdices como te da la gana. Primero saltas bramando que la figura del "Agente Urbanizador" no existe en Galicia, y luego reculas diciendo que ya existía en la ley gallega anterior y que todo es culpa del PP. Vamos a ver, si el Agente Urbanizador no existiese (aunque en la LOUGA recibe otro nombre igual de rimbombante) jamás se podrían expropiar ni las casas y terrenos de Canido en Ferrol ni los montes de Miño ni otros casos en Galicia. Expropicaciones a precio de risa (de risa para el promotor claro), para crear urbanizaciones y hoteles que nada tienen de VPO. Y el que tu te empeñes en achacárselos todos a Ayuntamientos donde gobierna o co-gobierna el PP, colaría si no fuese porque sus planes urbanísticos, (especialmente los de semejante embergadura) tienen que ser aprobados por la Xunta de Galicia. De la misma manera que si esos Ayuntamientos cometen tales indecencias es porque la LOUGA les proporciona cobertura legal. Xunta de Galicia que ha dado cobertura a esta infame figura. Y no tengo ni idea si el PP gallego ha estado de acuerdo o si ha sido quien lo ha impulsado. Pero lo que sí tengo más que claro, es que la actual LOUGA en vigor es es la LOUGA o Ley 15/2004 de 29 de diciembre que modifica a la Ley 9/2002. Y también tengo claro que en esa fecha quien ya estaba gobernando en la Xunta de Galicia es el PSG junto al BNG, y sumando entre ambos un parlamentario más que el PP gallego. Última edición por Natalia_; 24-jul-2008 a las 14:12 |
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| Aquí dejo un artículo, que considero interesante, sobre la nueva ley estatal del Suelo. Consecuencias de la Ley del Suelo, en vigor desde julio de 2007 26/03/2008 En el BOE del 29 de mayo del año pasado se publicó la Ley del Suelo pero no entró en vigor hasta el 1 de julio de 2007. El Gobierno presentó esta nueva Ley como un instrumento para luchar contra la corrupción urbanística y una de las medidas más significativas que contiene es la eliminación del anterior criterio que clasificaba el suelo en tres categorías, rústico, urbanizable y urbano, para dejarlo en sólo dos, suelo rural y suelo urbano. Cuando fue aprobada, algunos expertos ya advirtieron que este cambio podría provocar consecuencias negativas y no previstas. Se argumentó que, cuando la Administración expropie un terreno, el precio a pagar al propietario se calculará en virtud de su situación física en el momento del expediente administrativo, en lugar de su uso potencial. De este modo, las fincas que figuren como urbanizables en los planes municipales podrán ser expropiadas como si se tratasen de rústicas, con lo que la compensación será mucho menos que la fijada por el mercado. También se advirtió que, como consecuencia de lo anterior, los pequeños y medianos promotores verán reducida en gran medida su capacidad de financiación al disminuir las garantías hipotecarias. De este modo, la norma fomentaría el oligopolio, al expulsar del mercado a las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la gestión urbana por no poder garantizar la financiación de sus actividades. Por otro lado, la nueva ley generaliza la figura del agente urbanizador, una figura implantada en la actualidad por 12 gobiernos regionales. Se trata de un instrumento jurídico por el que la Administración selecciona a una empresa por medio de concurso público para que realice el desarrollo urbanístico, sin que éste tenga que ser necesariamente el propietario de los terrenos. El empresario ejecuta así las obras, a cambio de solares edificables o de una remuneración en metálico. Parece que muchas de estas previsiones se están cumpliendo. En unas recientes jornadas inmobiliarias organizadas por el Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE) y el Grupo Deloitte Legal, los expertos participantes han realizado un balance de la nueva Ley del Suelo a los siete meses de su aplicación. Las principales conclusiones son: -Abaratamiento de las expropiaciones. Según algunos participantes, la nueva norma está abaratando de manera 'brutal' las expropiaciones, llegando a ser 'hasta un 85 por ciento' la reducción de los precios. Así, sobre lo que la ley anterior definía como suelo urbanizable -terrenos susceptibles de incorporarse al proceso de urbanización debido a su proximidad a núcleos urbanos-, el valor de expropiación era de unos 304 euros por metro cuadrado y con la nueva Ley ese mismo suelo vale hoy 42,77 euros por metro cuadrado de media. En relación al suelo urbano no consolidado -es decir, aquellos terrenos urbanos que, estando incluidos en el Plan General, se definan expresamente como tales por estar sometidos a procesos de urbanización, renovación o reforma interior- la Administración se veía obligada a desembolsar 498,2 euros por metro cuadrado de media, mientras que ahora apenas supera los 41,3 euros, es decir, un precio 91,7 por ciento menor. No obstante, la diferencia de precios entre ambas normativas no es tan sustancial en el caso del suelo rural y el suelo urbano consolidado, es decir, el plenamente construido. -Inseguridad jurídica. Los expertos consideran también que la nueva Ley no especifica con claridad los derechos y deberes que tiene el propietario a quien no se le permite edificar. Además, la nueva norma modifica por completo, no sólo las técnicas de tasación de terrenos, sino el propio mapa urbanístico, ya que amplía la capacidad de expropiación de la Administración. 'Incluso el suelo urbano no consolidado se puede valorar como rural', según algunos expertos. También la nueva Ley del Suelo cambia por completo la metodología de valoración de terrenos. En concreto, elimina el antiguo sistema de justiprecio -valor próximo al de mercado- a favor de un valor expropiatorio muy inferior puesto que la mayor parte de las propiedades privadas pasan a valorarse como terreno rústico, es decir, en base a la capitalización de rentas agrícolas. Así, los tasadores califican de auténtico 'caos' la nueva ley pues provoca múltiples problemas en la valoración de los terrenos. El Ministerio de Economía ha intentado solventar esta situación mediante la aprobación de una orden que delimita los supuestos expropiatorios, pero el sector inmobiliario ha calificado la media de 'insuficiente'. -Dificultades de financiación. Ante el riesgo potencial de que un determinado suelo sea adquirido forzosamente por la Administración, las entidades crediticias se niegan a financiar el desarrollo de nuevos proyectos urbanísticos, a excepción de suelos urbanos consolidados. Es decir, el precio de expropiación ha terminado por trasladarse al mercado inmobiliario en materia de suelo. Ante esta incertidumbre, las entidades crediticias conceden a los promotores, como máximo, el valor de expropiación de los terrenos en los que pretenden iniciar un proyecto urbanístico. Es decir, los suelos que antes eran calificados como urbanizables cuentan hoy con cerca de un 90 por ciento menos de financiación. Los expertos aseguran que las entidades se concentrarán ahora en financiar casi exclusivamente proyectos desarrollados en suelo urbano consolidado. Especial Directivos. Consecuencias de la Ley del Suelo, en vigor desde julio de 2007 |
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