La vecina, de Ronda de Capuchinos, aguantó durante tres años la «movida» debajo de su casa
El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a pagar 24.000 euros de indemnización a una vecina por las molestias que le causó durante tres años una "botellona" juvenil bajo su ventana, contra la que el consistorio no actuó pese a su "evidencia y reiteración".
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En el juicio, el Ayuntamiento alegó que, antes de la llamada Ley Antibotellón de 2006, carecía de mecanismos para actuar, pero la sentencia responde que debería haberlo hecho en virtud de su propia Ordenanza de Ruidos, la Ley del Ruido estatal y la Ley de Bases de Régimen Local.
En lugar de actuar contra quienes producían "una contaminación acústica intolerable", el Ayuntamiento elaboró unas "propuestas para una movida menos molesta" que "despreció" los derechos fundamentales de los ciudadanos a la salud, el medio ambiente o la intimidad del domicilio al "ponerlos a la misma altura que el derecho al ocio", sostiene la juez.
La afectada recibirá 24.000 euros por el mal funcionamiento del servicio público, en una indemnización que tiene en cuenta, entre otros, la depreciación de un 128 por ciento en el valor de su piso, una vivienda que "se sabe socialmente sometida a una contaminación acústica intolerable".
Espero que lo del 128% de depreciación sea una errata y no lo que aparece en la sentencia, porque dejaría por el suelo no sólo los conocimientos matemáticos sino el sentido común y la inteligencia del juez.
Me pregunto en qué se habrán basado para calcular la depreciación... ¿precios de burbuja?.