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| Una duda que tengo: Una comunidad de vecinos, cada uno propietario de un piso. Al cabo de X años, el piso está que se cae. En este caso, ¿Los propietarios de los pisos serían propietarios a partes iguales del terreno donde está edificado el piso? Porque, las viviendas actuales dudo mucho que aguanten tantos años como las de antes, que aun se ven viviendas construidas de muchos años, algunas un siglo o casi. Digo yo, que no puede ser uno propietario de un valor, del que ya no tiene sentido si la casa se cae por sí sola. Supongo que funciona como cuando eres propietario de un coche, pero en este caso todo el valor del coche queda en lo que te den por él en el chatarrero (desguace). ¿Alguien sabe como funciona? (Es simple curiosidad) Gracias.
__________________ Ley de Lenz: Las fuerzas electromotrices o las corrientes inducidas serán de un sentido tal que se opongan a la variación del flujo magnético que las produjo. Esta ley es una consecuencia del principio de conservación de la energía. Y Todo lo que sube ..·¨·...·¨·...·¨·.··> BAJA |
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| Para eso se establece la Comunidad de Propietarios, que obliga a velar por la conservación del edificio. Y hombre... supongo que a los arquitectos no les hará mucha gracia que digas que sus construcciones se caerán en 25 años ¿tienes alguna base para ello? a poco que se haga un mantenimiento normal no veo ningún motivo. Mira las pirámides, su hipoteca se termino de pagar hace unos siglos y todavía siguen en pie |
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| Base... ninguna, la verdad. Lo único especulación propia, cuando ves levantar un edificio, casi no dejan secar el hormigón antes de seguir construyendo. Como todo en esta vida está lleno de picaruelos... Alguna habrá que no se levante de la manera que se debe. Conozco mejor el sector de las Telecomunicaciones. Y te puedo asegurar que no se trabaja igual de bien antes que ahora. Ahora los trabajos tienen un peor acabado, antes instalaciones de equipos duraban meses y el trabajo, acabado y material eran trabajos casi de relojero y acabados quasi perfectos, ahora dan pena y son instalaciones que se hacen a lo sumo en una semana. Supongo que las prisas, los salarios, objetivos, todo influye en todos los sectores. No tendré el 100% de la verdad. Pero seguro que me acerco a la realidad (por lo menos algo).
__________________ Ley de Lenz: Las fuerzas electromotrices o las corrientes inducidas serán de un sentido tal que se opongan a la variación del flujo magnético que las produjo. Esta ley es una consecuencia del principio de conservación de la energía. Y Todo lo que sube ..·¨·...·¨·...·¨·.··> BAJA Última edición por servilgu; 21-abr-2008 a las 09:20 Razón: rectificaciones propias |
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| Pero vamos, que no creo que sea algo que deba preocupar en exceso. En caso de desastre (incendio, explosión...) aparte del seguro independiente que pueda tener cada propietario por su piso, la comunidad tiene (o debería tener!) otro para el edificio completo. En caso de que no sea posible la reconstrucción, se tendrá que vender el solar y cada propietario cobraría su porcentaje de participación... joer me has picado la curiosidad, esta tarde buscaré los estatutos de mi Comunidad de Vecinos, que supongo que ahí estará contemplado... |
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Pero vamos, que no creo que sea algo que deba preocupar en exceso. En caso de desastre (incendio, explosión...) aparte del seguro independiente que pueda tener cada propietario por su piso, la comunidad tiene (o debería tener!) otro para el edificio completo. A mí también me picó la curiosidad cuando me la planteó un amigo, la duda esa. Pienso que al final quedaría un terreno que repartir. A ver si alguien nos saca de dudas
__________________ Ley de Lenz: Las fuerzas electromotrices o las corrientes inducidas serán de un sentido tal que se opongan a la variación del flujo magnético que las produjo. Esta ley es una consecuencia del principio de conservación de la energía. Y Todo lo que sube ..·¨·...·¨·...·¨·.··> BAJA |
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| Creo que el hormigón a las 18 horas alcanza un punto de fraguado que le da la resistencia suficiente para pisarlo sin problemas y a las 48 horas se alcanza casi el máximo de resistencia. No es preciso que pierda la humedad al 100%, porque el fraguado es un proceso químico. Por eso, salvo casos de aluminosos o mala práctica en la construcción dudo que se caiga alguna. Que me corrijan si he metido mucho la pata que hace mucho que manejé el Messeguer y se me ha olvidao. Respecto a lo que planteas parece lógico que los vecinos serán propietarios del solar en proporción al coeficiente de participación en la comunidad de propietarios configurada (proporcional por lo tanto al tamaño de su vivienda en relación con el total) |
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| Según la ley de propiedad horizontal es el coeficiente de participación. Lo tuve que leeer en dias pasados por un problema de comunidad de vecinos al que afecta esto. Por cierto vivienda estrenada en 1993, que según sentencia del 2003, tiene defectos constructivos de caracter ruinógeno en el que mas o menos dice que no solo se puede declarar en ruina un edificio "cuando se cae" sino cuando impide el fin para el que fue previsto. En este casi hablamos de la ausencia del grosor eebido en la capa de pintura que hace la funcion de aislante y cuando la humedad penetre compromete la habitabilidad. Se condenó a la constructora, pero que yo sepa todavia no ha pagado y desde luego no se han iniciado obras de reparación... ¿seguro que srremos caso "unico"?. pues yo crteo que de entonces a aqui los constructores han adquirido todavia mas poder, más dinero que atrae a abogados que qternizan las cosas, más sielncio para los agraviados... no creo que seamos excepcion, desgraciadamente. |
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| No tiene por que repartirse en partes iguales. Cada propietario tiene un coeficiente de participacion, que es un porcentaje de lo que le toca del solar. Si por ejemplo el solar tiene 1000m2 y el coeficiente de participacion de un propietario es del 2%, a ese propietario le toca 20m2 de solar que son suyos. Pero igual otro propietario puede tener un 2,5%, otro un 3%... Este dato lo puedes mirar en la web de catastro, aqui: http://ovc.catastro.minhac.es/ Los m2 del solar esta en "Superficie suelo". |
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Preguntas sobre dos cosas: seguro decenal de daños del promotor y seguro de riesgos de la construccion del promotor. http://www.soloarquitectura.com/foro...ad.php?t=29527 Pues que suerte que pasase esto a los 10 años justos y no a los 11... |
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| Muchas gracias por las respuestas a tod@s.
__________________ Ley de Lenz: Las fuerzas electromotrices o las corrientes inducidas serán de un sentido tal que se opongan a la variación del flujo magnético que las produjo. Esta ley es una consecuencia del principio de conservación de la energía. Y Todo lo que sube ..·¨·...·¨·...·¨·.··> BAJA |
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