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  Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Subastas Judiciales. Juzgado De 1ª Instancia Nº…subasta Publica.
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  #11 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 14:20
Avatar de Bubble??
Reptiliano
 
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¿Pero de donde ha salido éste inmonet? Está claro que se quedó en 1990 antes de la entrada en vigor de la nueva Ley Procesal Civil, Mayor Cuantía Menor Cuantía, jajajaja, no existen en la actulidad esa clase de procedimientos... muy bueno juajuajua.

Pues como nos aclare las cosas con disposiciones derogadas....
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  #12 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 14:37
Avatar de BUITRON
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Si pensáis que vais a comprar un chollo en un juzgado lo lleváis claro,lo que os podéis comprar es un lió si no conoceis bien el tema, o comprar poco menos que en la calle con los problemas que trae comprar en el juzgado recursos suspensiones nulidad de actuaciones después de dos años y mas, de espera, lanzamientos alos dos años desde que compras por que el jamón se lo comen los que están todos los dias, además haora con las refinanciaciones si hay marjen se le hace un nuevo crédito y cuando llega el bien a subasta esta ya pasado de precio, los subasteros se metieron a refinanciar hace años por lo que cuando salga algo en el juzgado para hacer negocio no sirve ya.[/QUOTE]
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  #13 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 17:23
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Iniciado por sr chinarro Ver Mensaje
Para empezar no hay dos tipos de subasta, hay un solo tipo recogida en arts. 655 LEC y siguientes. Y sí, ahora se celebra una sola y no tres como en la anterior LEC.
El "mayor cuantia y menor cuantia" eran dos tipos de juicios declarativos recogidos con la antigua Ley , que derogó la nueva LEC.
Y lo de "Tengo entendido de que en los años ochenta, si que se compraban gangas, y por lotes, de que los subastero se repartían los pisos, ni siquiera iban a visionarlos en que condición estaba la finca, pero eso fue cambiando con el tiempo" es gracioso. Los subasteros siguen acudiendo a las subastas, como antes. Si ven antes el piso o no lo ven, lo desconozco. Tiene la misma facultad de ver o no ver que en los años 80.

Venga, seriedad, por favor. No lo estropees que los hilos que habiamos abierto en el foro tratando las subastas eran serios y con abundante información.

Saludos,

Sr. Chinarro y compañia, tienes toda la razón, pero a la mayoría de nosotros los art. Nos aburren y me gustaría intentar explicarlo en un idioma comprensible que lo pueda entender todo el mundo. No un montón de artículos que no lo entiende nadie, y para la mayoría de la gente es agotador. Estoy intentado de explicar un antes y un después, mas o menos como funcionan las subastas
¿Como se puede dilatar los plazos?
¿Que pasa con las cargas?
¿Por que unas afectan y las otras no?
¿Que requisitos debo de cumplir?,
¿Como puedo en taponar la finca?
¿Como se quiebra una subasta y para que se quiebra?
¿Por que se ejecuta la misma finca con dos procesos diferentes y en dos juzgados diferentes?
¿Bailarle una finca en el juzgado a un subastero?
¿Porque se subasta un finca que no existe?
Seguramente hay mas de mil preguntas y otras tantas que te haran
Se que soy un poco torpe para expresarlo (mu burrico), pero lo intento, y si hay alguna duda espero que entre todos lo podamos resolver de la manera mas explicita posible. Espero que me ayudes o me gustaría que lo hiciese, si no es mucho pedir. Yo se como va el tema de las subastas (desgraciadamente) si quieres apoyarme por lo que se pueda escapar y se intenta explicar o simplemente lo dejamos estar. Decide tú y compañía.
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  #14 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 17:28
Avatar de paaq
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Iniciado por inmonet Ver Mensaje
Yo se como va el tema de las subastas (desgraciadamente) si quieres apoyarme por lo que se pueda escapar y se intenta explicar o simplemente lo dejamos estar. Decide tú y compañía.

Pero deja de liarte y cuenta lo que tengas que contar, copón.
__________________

Creo que sí, porque la vivienda siempre se revaloriza y el precio de compra ahora es inferior que el de unos meses atrás.

-Juan José Cercadillo, presidente de Hercesa-
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  #15 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 18:27
Avatar de inmonet
Himbersor
 
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Iniciado por Bubble?? Ver Mensaje
¿Pero de donde ha salido éste inmonet? Está claro que se quedó en 1990 antes de la entrada en vigor de la nueva Ley Procesal Civil, Mayor Cuantía Menor Cuantía, jajajaja, no existen en la actulidad esa clase de procedimientos... muy bueno juajuajua.

Pues como nos aclare las cosas con disposiciones derogadas....




Estimado Sr. Chinarro y compañía.

Mira tengo un amigo que le ocurrió lo siguiente:

Le interponen un RECURSO DE REPOSICION CONTRA UN AUTO, para que se declare la NULIDAD DEL PLENO DERCHO de las actuaciones llevadas a cabo en la fase de emplazamiento del demandado y de citación a subasta, por ser contrario a lo dispuesto en los artículos 155 y ss. De la LEC, en especial ARTICULO 155.2 PARRAFO SEGUNDO, en conexión con los artículos 156,160, 162, 164, 686 y 691 de la LEC, todo ello en relación con los artículos 238.3ª y 240.1º de la ley orgánica del poder judicial, la DF 17ª de la LEC y el Art. 24 de la constitución.

¿A vosotros que os parece? ¿Os sigo contando sigo contando?

Tu crees que le interesa esto a alguien que no sea abogado, ni un abogado le interesa, pero en cambio si lo cuentas de otra manera, puede ser que si sea de interés para mucha gente.
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  #16 (permalink)  
Antiguo 14-mar-2008, 21:16
Avatar de sr chinarro
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Iniciado por inmonet Ver Mensaje
Estimado Sr. Chinarro y compañía.

Mira tengo un amigo que le ocurrió lo siguiente:

Le interponen un RECURSO DE REPOSICION CONTRA UN AUTO, para que se declare la NULIDAD DEL PLENO DERCHO de las actuaciones llevadas a cabo en la fase de emplazamiento del demandado y de citación a subasta, por ser contrario a lo dispuesto en los artículos 155 y ss. De la LEC, en especial ARTICULO 155.2 PARRAFO SEGUNDO, en conexión con los artículos 156,160, 162, 164, 686 y 691 de la LEC, todo ello en relación con los artículos 238.3ª y 240.1º de la ley orgánica del poder judicial, la DF 17ª de la LEC y el Art. 24 de la constitución.

¿A vosotros que os parece? ¿Os sigo contando sigo contando?

Tu crees que le interesa esto a alguien que no sea abogado, ni un abogado le interesa, pero en cambio si lo cuentas de otra manera, puede ser que si sea de interés para mucha gente.

¿no se le notificó debidamente , no?

Raro porque normalmente los Juzgados se la cogen con papel de fumar a la hora de notificar a morosos recalcitrantes y piratas profesionales, aunque se encuentren en Sebastopol, lo que provoca retrasos injustificados, dilaciones indebidas y muchas veces graves perjuicios al acreedor.

¿mejor así?
__________________

Ahora que padeces de insomnio,
quisieras morir de siesta.

Descreo de la razón de la mayoría,
y sus abrazos propietarios sin salida.No hay salida.

(Iberia sumergida , en sus rumores clandestinos.
Héroes dixit, en el petardazo de los 90).
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  #17 (permalink)  
Antiguo 18-mar-2008, 05:08
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Iniciado por inmonet Ver Mensaje
Sr. Chinarro y compañia, tienes toda la razón, pero a la mayoría de nosotros los art. Nos aburren y me gustaría intentar explicarlo en un idioma comprensible que lo pueda entender todo el mundo. No un montón de artículos que no lo entiende nadie, y para la mayoría de la gente es agotador. Estoy intentado de explicar un antes y un después, mas o menos como funcionan las subastas
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A algunos el tema nos puede resultar interesante, a pesar de que a otros no les de mas que por buscar pegas ANTES de que lo expliques.

Señores, cuando le hayan dejado explicarse, sera el momento en que se pueda decir si lo explicado es correcto o no.
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  #18 (permalink)  
Antiguo 18-mar-2008, 13:02
Avatar de plakaplaka
Excelentísimo, ilustrísimo y grandísimo miembro de élite de los gurús burbujistas
 
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Estimado Sr. Chinarro y compañía.

Mira tengo un amigo que le ocurrió lo siguiente:

Le interponen un RECURSO DE REPOSICION CONTRA UN AUTO, para que se declare la NULIDAD DEL PLENO DERCHO de las actuaciones llevadas a cabo en la fase de emplazamiento del demandado y de citación a subasta, por ser contrario a lo dispuesto en los artículos 155 y ss. De la LEC, en especial ARTICULO 155.2 PARRAFO SEGUNDO, en conexión con los artículos 156,160, 162, 164, 686 y 691 de la LEC, todo ello en relación con los artículos 238.3ª y 240.1º de la ley orgánica del poder judicial, la DF 17ª de la LEC y el Art. 24 de la constitución.

¿A vosotros que os parece? ¿Os sigo contando sigo contando?

Tu crees que le interesa esto a alguien que no sea abogado, ni un abogado le interesa, pero en cambio si lo cuentas de otra manera, puede ser que si sea de interés para mucha gente.

Plantean nulidad de actuaciones mediante el procedente recurso ordinario por errores o defectos en la notificación. Po fale.

Si pretendes contar anécdotas sobre subastas y ejecuciones te puede salir un hilo interesante y divertido (si tienes esas anécdotas para contar, claro).

Si pretendes contar o explicar el derecho olvidándote del derecho no se yo qué puede salir.... La normativa es farragosa pero fácilmente consultable. Y explicar una ejecución judicial obviando los preceptos legales que la regulan es más complicado que directamente transcribirlos.

S2
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  #19 (permalink)  
Antiguo 18-mar-2008, 13:12
Avatar de paaq
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Iniciado por euriborfree Ver Mensaje
Señores, cuando le hayan dejado explicarse, sera el momento en que se pueda decir si lo explicado es correcto o no.

Que yo sepa, nadie le está sujetando el brazo a inmonet para que no pueda llegar al teclado y abrir un hilo con toda la historia de buenas a primeras.
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Creo que sí, porque la vivienda siempre se revaloriza y el precio de compra ahora es inferior que el de unos meses atrás.

-Juan José Cercadillo, presidente de Hercesa-
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  #20 (permalink)  
Antiguo 19-mar-2008, 21:11
Avatar de euriborfree
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Iniciado por paaq Ver Mensaje
Que yo sepa, nadie le está sujetando el brazo a inmonet para que no pueda llegar al teclado y abrir un hilo con toda la historia de buenas a primeras.

Pero estan desviando el tema, evitando asi que cuente lo que inicialmente venia a contar
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