Ley de represión de la usura VS chiringuitos de dinero rápido

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Madmaxista
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Ante la proliferación de buitres usureros estilo "cofidis", empresas de préstamos rápidos y demás calaña, os envío este post de Fernando Acero en su weblog que habitualmente no esta dedicado a economía sino a Software Libre (y es que la percepción de la crisis va calando cada vez más, y los mensajes tranquilizadores que se lanzan desde los medios cada vez tranquilizan menos y son menos creibles...):

Fuente:
http://fernando-acero.livejournal.com/49647.html?mode=reply
10:53 am - En los momentos difíciles...
En los momentos difíciles...

Parece que sube el paro, que la inflación alcanza cotas desconocidas desde hace años, con precios astronómicos para las cosas que más necesitamos. El gas, la luz, el agua, el teléfono, la hipoteca, los transportes, los alimentos, todo sube y las familias cada día lo tienen más complicado para llegar a final de mes, pudiendo llegar a "situaciones angustiosas".

En todo este panorama tan desolador, aparecen esos que nos vienen a salvar, sí esos mismos, que en horario preferentemente matutino, nos asaltan con anuncios de caras conocidas, sobre la reunificación de deudas y créditos sencillos de obtener. Lo primero que he de decir, es que el dinero prestado solamente está bien para el que lo puede devolver y además recodemos que hemos de devolverlo con intereses. Como veremos más adelante, con intereses que aplican estas empresas, incluso nos parecerá chocante que llamen a algunos de sus productos "crédito familia" o "crédito familiar". Lo peor de todo, es que parece que hasta la gran banca, viendo el potencial de estos créditos basura a elevado interés, está comenzando a montar sus propios chiringuitos, algo que no deja de preocuparme y mucho.

Hablando de intereses, para el que no lo sepa, a pesar de que el EURIBOR ronda el 4% de interés en este momento, estos créditos se conceden con un T.A.E. que puede superar el 24,90%. Hay que señalar, que están a ese precio en un momento en el que los créditos al consumo de las entidades financieras están en torno al 10% TAE. Es más, si pagando religiosamente aplican este interés, ¿cuál es el interés que aplicarán como intereses de demora?, miedo me da pensarlo.

Como es lógico, esta píldora te la endulzan con eso de que no tienes que cambiar de banco, que no hacen falta informes ni papeleo. Sobre todo, te dicen que todo es rápido y fácil y que el dinero se devuelve "casi sin enterarte" en pequeñas cuotas que tu eliges. Es tan sencillo, que hasta lo puede pedir una angustiada madre de familia sin que se entere su marido que se endeuda hasta las cejas... es decir, están orientados para aquellos que les cuesta conseguir un crédito en otro sitio y que en caso de problemas, responderán con su patrimonio familiar. Es todo tan rápido y sencillo, que ni te dirán que te estás metiendo en la boca del lobo.

Mi consejo es igual de rápido y sencillo, no contratar nunca este tipo de créditos bajo ningún concepto, una deuda con estos intereses nunca es la solución para otra deuda con menores intereses, o para una situación familiar complicada. Recordemos también, que los pagos aplazados de tarjetas de crédito, pueden llegar al 20% TAE en algunos casos, por lo que mucho ojo con el uso de este tipo de medios de pago en la modalidad de crédito. Los bancos no dan duros a peseta y seguramente, solamente prestan dinero al que no lo necesita. Otro consejo, en caso de crisis, lo mejor es romper y devolver con acuse de recibo las tarjetas de crédito, o nos veremos como el pobre Ed Mitchell.

Llegados este punto, no puedo dejar de acordarme de una Ley del 23 de julio de 1908 y que fue modificada por la Ley de Enjuiciamiento Civil el 7 de enero de 2000. Esta Ley, denominada "Ley de represión de la usura", en su artículo 1 dice algo tan bello como esto:

1. Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.


Es una pena que no se diga en la Ley la diferencia máxima entre los tipos de interés para considerar que es usura, pero si no lo es, se parece bastante. Veamos un caso relativamente reciente, el Tribunal Supremo en un fallo de 7 de mayo de 2002, consideró que cuando el interés básico del Banco de España era del 10% y los créditos del mercado hipotecario estaban en torno al 16%, que ya era dinero, un interés pactado del 29% era usura. Por este motivo, el Tribunal Supremo y conforme lo que pone la legislación, condenó a la entidad financiera a que recibiera solamente la cantidad prestada sin los intereses. ¿Nos imaginamos el calvario de los pobres usuarios hasta que lograron la sentencia del Tribunal Supremo?

Aunque hay casos peores que incluso eclipsan a cualquier otro, este del 2002 a pesar de ser condenado, puede ser considerado un caso más "leve" del que estamos hablando ahora, con un 24,98% TAE. Recordemos que el dinero está actualmente en torno al 4% y que los bancos están concediendo créditos al consumo al 10% TAE, por lo que hablamos de un escandaloso diferencial del 14,98% TAE con el peor de los casos. En este punto, basta con aplicar una sencilla regla de tres con el caso del 2002, para que podamos considerar que esto entra en la definición de usura.

Pero aunque no sea usura, dadas las circunstancias actuales ¿cuántas familias no entrarían en el supuesto de "situación angustiosa" que contempla la Ley?, supongo que cada día más. No dudo de que en la actualidad este tipo de interés cumpla con todo lo establecido y que incluso, sea completamente legal, pero sinceramente, también pienso que a la vista de lo que pone en la Ley de 1908, no debería serlo. Pero ¿necesitamos una Ley que nos defienda?, lo mejor sería que todos decidiéramos que esto a partir de ahora no fuera negocio para nadie, es decir, que decidiéramos no pedir ni un crédito más en estas condiciones.

Mi abogado y buen amigo José Ramón, dice algo muy curioso: "España es un país con grandes leyes, mitigadas por un continuo incumplimiento" y visto lo visto, no tengo más remedio que darle la razón.

Dicho esto, le otorgo a esta reflexión en voz alta una licencia libre Creative Commons, para que todo el que lea este documento y lo considere interesante, pueda usarlo libremente y alertar de estos riesgos a otras personas por lo medios que juzgue más convenientes, con las únicas condiciones de nombrar al autor y no modificarlo.

"Copyleft 2008 Fernando Acero Martín. Verbatim copying, translation and distribution of this entire article is permitted in any digital medium, provided this notice is preserved”
(Por cierto, dados los tiempos que se avecinan, el Software Libre (Gnu/Linux, OpenOffice.org, Firefox) es una estupenda manera de empezar a ahorrar en casa y/o reducir costes en la empresa y dejar de tirar dinero a la basura en licencias de software que hacen aún más rico al hombre más rico del mundo...) ;)
 
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BCNboom

Madmaxista
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"España es un país con grandes leyes, mitigadas por un continuo incumplimiento"

Para enmarcar.

Así ocurre con un elevado porcentaje de todo nuestro ordenamiento jurídico, desde la constitución a los reglamentos más banales. En muchos casos las leyes existen, son eficaces y útiles, están bien redactadas...pero no se aplican.

Cuando alguna situación se pone antiestética nuestros políticos responden "vamos a elaborar una nueva ley de..." mientras los juristas se tiran de los pelos, porque esa nueva ley solo vendrá a liar más el panorama legislativo, porque, como todas, nacerá sin presupuesto, sin personal, y sin voluntad de aplicación.