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| Buenas tardes a todos y gracias por vuestras aportaciones que tan bien me han venido. Me voy a ir de alquiler por fin y parece ser que el arrendador va optar por hacerme un contrato de alquiler garantizado(PNAG - PLAN DE ALQUILER GARANTIZADO) que debe ser el modelo de tipo de arriendos ACP 51-B. Después de googlear mucho a pesar de encontrar muchisima información sobre este plan que por 42Euros el arrendador se asegura el pago y la recuperación del inmueble no he encontrado el documento en sí para poder leerlo tranquilamente. Teneis alguna una copia vosotros? Os dejo el link por si alguién no lo conocía. http://www.pnag.es/q04.html?p135 pongo el link de megaupload con el contrato: http://www.megaupload.com/?d=D0TVZKNW Un saludo y muchas gracias de antemano Última edición por zanribor; 27-nov-2007 a las 13:39 Razón: aqui teneis el contrato |
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| Lo he leído un poco por encima y entiendo que es esto: Es añadir una claúsula al contrato de arrendamiento de adscripción a arbitraje obligatorio, por lo que cualquiera de los 2 partes puede solicitar mediante ese procedimiento el cumplimiento del contrato. El laudo arbitral tendrá plena validez y podrá solicitarse su ejecución judicial, por lo que se recortan bastantes todos los plazos. Si tú no pagas el casero te echará en un plazo bastante rápido y con un proceso barato, y si el casero no te arregla lo que le corresponde pues puedes utilizar el mismo procedimiento para obligarle a hacerlo. En principio parece justo y bueno para ambas partes, incluso mejor para tí porque suelen ser mayores los incumplimientos de casero que el inquilino. lo que no se es si las empresas que gestionan ese plan te sablean comisiones aparte al realizar esas gestiones o viene todo incluido en los 40€. A ver que opinan el resto de foreros |
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| En cuanto lo vea intentaré que me lo dejen para postear las clausulas que contenga ya que sigo sin encontrar el documento por la red. Por otra parte por indagar un poco sobre las posibles cargas del piso de mi arrendador, como la mayoría ya sabreis ,me fuí a la web de registradores: http://www.registradores.org/principal/adios.htm y pedí una nota simple siguiendo las explicaciones de esta otra web: http://www.elmundo.es/suvivienda/200...023977777.html y me aparecía que mi arrendador tiene esta carga: ____________________________ CARGAS _____________________________ HIPOTECA. Gravada con la HIPOTECA, a favor de BANCO GUIPUZCOANO S.A., en garantía de un préstamo de sesenta mil ciento un euros y veintiun céntimos de euro de principal, de intereses de cinco años al nueve veinticinco por ciento, de intereses moratorios de tres años al diecinueve setenta y cinco por ciento, y de doce mil veinte euros y veinticuatro céntimos de euro para costas y gastos, por plazo de 10 años, habiendo sido tasada para subasta en ciento veinte mil doscientos dos euros y cuarenta y dos céntimos de euro en principio no me parece importante pero, a decir verdad tampoco entiendo muy bién lo que quiere decir, no sé si alguíen pero lo podría aclarar. sobre todo lo de interes moratorios que suena un poco feo. Muchas gracias de nuevo |
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____________________________ CARGAS _____________________________ Pues quiere decir que tu arrendador compro la vivienda y pidio una hipoteca para ello. Ni siquiera quiere decir que todavia persista la hipoteca (podria incluso haberla terminado de pagar), tan solo que en su dia la firmo. |
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En cuanto lo vea intentaré que me lo dejen para postear las clausulas que contenga ya que sigo sin encontrar el documento por la red. las cargas del piso a ti en un principio te da igual, ya que tu no te vas a hacer cargo de ellas y además tanto la LAU, como el contrato que has firmado a traves del PNAG con los 42€ que vale el formulario, te salvan de que el arrendatario te quiera modificar las condicciones del contrato. Otra cosa de las cargas, la hipoteca se refleja en las escrituras y en el registro de la propiedad, con lo que a lo mejor esta a punto de liquidar su hipoteca ó haberla liquidado recientemente y eso no aparece reflejado en las escrituras cuando tu pediste la nota simple, ya que es un proceso que se tarda unos meses. Vamos en definitiva, lo que te debe de preocupar es tu alquiler y no la cargas del piso. Comentando la cuestión del PNAG , a mi me parece algo bueno si realmente tuviera un efecto juridico real, pero tiene un problema y es el alcance real juridico que tiene cuando se dan los casos reales de impagos por parte del inquilino ó de incumplimiento de contrato por parte del arrendador ya sabes subidas por encima del ipc general, no respeto del año prorrogable a 5 más, ó que no se haga cargo de las reparaciones y desperfecto del inmueble. De lo del PNAG, solo he leido propaganda y algún caso comentado en otro foro en el cual no es más que papel mojado, cuando realmente ocurren los problemas por las pareceser "limitaciones juridicas del laudo arbitral", pero vamos realmente no se mucho más de su verdadero funcionamiento cuando las cosas se ponen feas de verdad. Creo que lo del PNAG, junto con la SPA(agencia pública de alquiler) fue una forma en la cual el gobierno se hizo propaganda para no hacer una reforma de la LAU, para dar más seguridad juridica a los arrendadores y con una reforma de dicha ley y propaganda de la misma, si que se hubiera estimulado la oferta y se hubieran podido mantener los precios del alquiler y no subvencionando la demanda con los 210€ a los jovenes que no lleguen a 22.000€. Última edición por gamusiano; 18-nov-2007 a las 15:46 |
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| Por si a alguién se lo plantean y quiere leerlo antes con tranquilidad aqui os lo pongo, espero que se lea bien. Todavía no lo he leido así que nosé si habra algo raro. ADJUNTO LINK MEGAUPLOAD http://www.megaupload.com/?d=D0TVZKNW Última edición por zanribor; 27-nov-2007 a las 12:42 |
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| No se lee, prueba a subirlo otra vez. |
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| he probado el link y funciona, lo he descomprimido y los archivos *.jpg haciendo un zoom normal se leen relativamente bien. |
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![]() ¡Ojito con eso!El PNAG NO ES OFICIAL ,ES UNA INICIATIVA PRIVADA . De validez dudosa. Para adherirte al arbitraje no necesitas un formulario ; necesitas el el mutuo consentimiento de las partes y que la corte de arbitraje sea competente en el asunto que se dilucida. Te pego un hilo con consideraciones legales http://www.porticolegal.com/foro/res...30%20308%20000 Última edición por noinversor; 27-nov-2007 a las 13:59 |
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| Los Tribunales rechazan el arbitraje inmobiliario imposibilitando tanto el cobro de rentas como el desahucio por esta vía considerada contraria al orden púbico. sector inmobiliario- agencias inmobiliarias: Arbitraje en el Alquiler. Inseguridad Legal sector inmobiliario- agencias inmobiliarias Arbitraje de AEADE, Garantía de alquiler, Arrenta, alquiler garantizado , CORTE DE ARBITRAJE, PNAG Etiquetas: A.E.G.I. (Asociación Empresarial de Gestores Inmobiliarios, PFAG, Plan nacional de alquiler garantizado, PROGRAMA DE FOMENTO DE ALQUILER GARANTIZADO |
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