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Mmmmm. Interesante. ¿Pero entonces que tasación tiene preferencia? La que consta expresamente en escritura y en el Registro (que se supone que debe de ser fiel, pues para eso existen los Registros de Propiedad), la tasación judicial (que se supone que debe de tener en cuenta el estado actual de la finca en el momento de ser realizada, pero que salvo casos excepcionales, no debería de variar mucho respecto a la del propio Registro, supongo), o la propia tasación privada del banco, por lo que es el propio acreedor el que pone el precio de inicio de subasta? en la nota simple no pone nada de tasacion, lo pone en la escritura cuando es formaliza la hipoteca, que yo sepa |
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| si hace eso el banco, el dueño tiene derecho a mejorar postura o que se lo quede un tercero que aporte el dueño |
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| Como mantenimiento de este post, enlazo desde aqui al hilo: Dejar de pagar. -Desde un Juzgado- Del forero asebuche, que aporta algunos detalles más sobre las ejecuciones y en general, lo que sucede al dejar de pagar. Hola a todos. S2.
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Iniciado por 600RR No sé a que ciudadanos te refieres porque si es a los Españoles estás tratando con una masa de descerebrados. Los que se pueden dar cuenta de algo ya se la han dado hace rato y el resto no se enterará de nada hasta que se queden sin trabajo, les embarguen el Hyundai y les entren en su zulo a sacarles a la fuerza. 10-mar-2008 Última edición por ruben.600rr; 01-abr-2008 a las 10:38 Razón: Para incluir el post inicial de asebuche |
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Como mantenimiento de este post, enlazo desde aqui al hilo: A mi , me parece un poco patetico el post. Llegue a leer hasta aqui: - Concurrir a una subasta judicial es un laberinto para los no familiarizados con ese mundo, porque si el piso subastado tiene cargas anteriores las mismas subsisten y tienes que saber leer la certificación de cargas que expide el Registro de la Propiedad para conocer cuanto estás dispuesto a pagar por el piso. ¿Cargas anteriores? Si esta hablando de obligaciones hipotecarias, es falso. Se borran todas las obligaciones inscritos en los libros del registro. Los impuestos como el IBI pueden formar un "super-lien", no lo hemos discutido al fondo, pero da igual. El resto de las hipotecas del bien desvanecen, siendo el primer rango el primer servido. (En el caso del "super-lien" se sirve primero este.) He estado en subastas de 16 rangos inscritos, si el dinero de la puja no da para satisfacer el primer rango, los demas se joroban. Otra cosa son servidumbres, como p.e. el derecho de usar un camino. Estos si suelen estar inscrito en el registro. Pero el personal del juzgado en cuestion tiene el deber de leer estos derechos de terceros, y por regla general, no se cansan de explicarlo al comprador potencial. Porque quieren "vender" la moto y sin problemas posteriores. Hay tambien reglas especiales para la proteccion de inquilinos, pero no tienen reflejo en los registros. |
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| Cierto, los bancos y cajas de ahorros pequeños, tambien las van a pasar canutas. |
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| FASE 5 - (...) (...) Si no se obtiene suficiente por el inmueble para cubrir la deuda más intereses de mora, más gastos, el pepito le debe el resto al banco. -------- O sea que si el pepito le debe al banco 80.000 euros y el banco vende el piso en subasta por 60.000; ¿el pepito le debería al banco 20.000 euros?. Perdonad mi ignorancia. Última edición por seymour; 05-abr-2008 a las 13:40 |
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| Le deberá al banco 20.000€ más intereses de mora, más gastos. Que son varios miles de € más. Un saludo.
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Iniciado por 600RR No sé a que ciudadanos te refieres porque si es a los Españoles estás tratando con una masa de descerebrados. Los que se pueden dar cuenta de algo ya se la han dado hace rato y el resto no se enterará de nada hasta que se queden sin trabajo, les embarguen el Hyundai y les entren en su zulo a sacarles a la fuerza. 10-mar-2008 |
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Un ejemplo, a precios mas reales, sería, a grandes rasgos, que si el pepito ha comprado un pisito por 300.000 €, pongamos que al segundo año solo ha pagado solo 3000 de capital, cosa muy normal .... al final resultará que el pepito se va a quedar con una deuda superior a las 250.000 euros, vamos que se va a quedar con la deuda total del piso a pagar con los ingresos futuros que consiga durante toda su vida, pero sin el piso, MENUDA PUTADA!!! eso si que es un TIMO en toda regla, eso si que es UNA ESTAFA en toda regla, es el TOCOMOCHO de toda la vida pero en versión ladrillera: el pepito se cree que ha hecho la inversión de su vida y se la han metido doblada... ================================================== ======== EFECTIVAMENTE PETER PAN2006 ¡¡¡ LO QUE ESTÁ SUCEDIENDO ES QUE SI NO ACUDEN POSTORES (compradores) A LA SUBASTA EL BANCO SE ADJUDICA EL INMUEBLE POR EL 50% DEL TIPO DE SUBASTA!!! El tipo de subasta es el valor de la tasación oficial del piso realizada para la solicitud de la hipoteca, este valor está señalado en la Escritura Pública de hipoteca firmada ante notario y consta en el Registro de la Propiedad. Por tanto lo que se dice en el primer post de este hilo es erróneo en lo que se refiere a la FASE 5: FASE 5 - Señalación de fecha de subasta y subasta - De 6 a 12 meses tras el inicio del Procedimiento Ejecutivo. El Juez pone fecha a la subasta y esta se produce. Si en la subasta no se presenta comprador, el banco se queda la vivienda (Se intenta cubrir la deuda con la subasta, pero en caso de que no sea posible, se adjudicará por la cantidad de salida, que aparece en el Registro). ¡¡¡¡NO ES CIERTO, SI NO SE PRESENTAN COMPRADORES (postores) a pujar en la subasta EL BANCO SE ADJUDICA LA VIVIENDA POR EL 50% DEL TIPO DE SUBASTA (que repito, es el valor del piso según tasación oficial realizada en la fecha de la concesión de la hipoteca)!!! Después sucede lo que dice Peter Pan en el post anterior. RUEGO A QUIEN CORRESPONDA QUE SE CORRIJA ESTE ERROR. Un saludo y graciass ================================================== ================================================== ================================================== ========= PARA RUBEN600. GRACIAS RUBEN600 PORQUE VEO QUE A DÍA DE HOY 11-4-08 YA CORREGISTE EL POST INICIAL TAL COMO TE SOLICITÉ Y REFLEJAS AÚN MEJOR LA REALIDAD. EFECTIVAMENTE SI NO HAY POSTORES EL BANCO PUEDE ADJUDICARSE EL INMUEBLE POR EL 50% DEL TIPO DE SUBASTA . Última edición por OKIE; 11-abr-2008 a las 19:54 Razón: PORQUE YA ESTÁ CORREGIDO EL POST INICIAL. |
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| Holap, yo tengo una duda sobre este tema... Imaginad que hay un credito hipotecario a nombre de A y B (prestatarios). Sin embargo como propietarios de la vivienda, en las escrituras, aparecen A, B, C y D. Quedan por pagar, para redondear, 100mil € de capital. Y el piso sale a subasta. Supongamos entonces que en la subasta se compra el piso por 60mil €... Entonces, a quién se reclamarían los restantes 40mil € + costas? A los prestatarios A y B? A los propietarios A, B, C y D? saludos! Última edición por deividm; 06-abr-2008 a las 13:16 |
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| Solo a los prestatarios A y B C y D, no le deben nada al banco porque nada le pidieron prestado Obviamente cabe la posibilidad que hubisen avalado el préstamo que pidieron A y B, además de con su parte del piso, con su propia responsabilidad personal. Entonces el banco les reclamaría a los cuatro. |
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Solo a los prestatarios A y B Ajam, y en caso de que los prestatarios (A y B) no pudieran pagar, tampoco pedirían nada a C y D? En tal caso, qué pasaría con esa deuda? No la pagaría nadie? gracias de nuevo |
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| El banco tendría que esperar a ver si les puede embargar algo a A y B, pueden estar acechando el resto de sus vidas. C y D ya pagaron con su piso, que es lo que pusieron en garantía, lo cual no es poco si tenemos en cuenta que no pidieron nada. |
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| Ante todo saludos a todos. Es mi primer post, pero sigo el foro desde hace tiempo con mucho interes. Tengo una hipoteca con el banco B que en su dia subrrogue desde el banco A. En la escritura de subrrogacion con B solo aparecen estipulaciones referentes al capital, el interes, interes de demora,gastos y comisiones. En la escritura con el banco A aparecian muchas mas clausulas como por ejemplo poder exigir el pago total por una serie de causas que influyeran en mi solvencia, la responsabilidad maxima, conservacion del inmueble, seguro a todo riesgo, hallarse al corriente del pago de tributos y comunidad, no arrendar sin permiso del banco, etc... Mi pregunta es: ¿La subrrogacion con B incluye, aunque no haga mencion, las clausulas de la escritura con A? Es decir, las clausulas de A que explicitamente no se modifican con la subrrogacion, ¿siguen siendo validas para B? Gracias. |
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Ante todo saludos a todos. Es mi primer post, pero sigo el foro desde hace tiempo con mucho interes. Tengo una hipoteca con el banco B que en su dia subrrogue desde el banco A. En la escritura de subrrogacion con B solo aparecen estipulaciones referentes al capital, el interes, interes de demora,gastos y comisiones. En la escritura con el banco A aparecian muchas mas clausulas como por ejemplo poder exigir el pago total por una serie de causas que influyeran en mi solvencia, la responsabilidad maxima, conservacion del inmueble, seguro a todo riesgo, hallarse al corriente del pago de tributos y comunidad, no arrendar sin permiso del banco, etc... En teoría, todas las clausulas de la escritura original seguirán vigentes, excepto las que se modifican expresamente en la escritura de subrogación. |
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