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Antiguo 14-feb-2012, 15:37
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Las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso

Fin a la batalla histórica entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y las empresas de comercio electrónico y de crédito. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) abre el mercado de datos personales para las empresas de ventas por Internet, para las que gestionan ficheros de morosos de banca y seguros o para las telecos y sus clientes.

La sentencia da luz verde a que las empresas utilicen datos personales sin el consentimiento de los particulares siempre que tengan un interés legítimo en este tratamiento y no prevalezcan los derechos de los particulares.

En una sentencia que se notifica hoy, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, el Alto Tribunal adapta al ordenamiento español el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) del pasado 24 de noviembre, al que había planteado cuestión prejudicial, y anula el artículo 10.2 del Reglamento de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que traspone el artículo 7 de la Directiva de protección de datos, relativo a los criterios que legitiman los tratamientos de datos.

En esta sentencia, el TS asume el fallo de Luxemburgo y dice que, como reza el citado artículo, el tratamiento de datos sin consentimiento es lícito "si es necesario para la satisfacción del interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por el tercero o terceros a los que comuniquen los datos y que no prevalezcan los derechos y libertades fundamentales del interesado".

La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) y la Federación de Comercio Electrónico y Márketing Directo (Fecemd) recurrieron el Reglamento de la LOPD. El Supremo, en tres sentencias de julio de 2010, anuló los artículos 11, 18, 38.1.a y 2 y 123.2. del Reglamento y elevó cuestión prejudicial al TUE sobre el artículo 10.2.a y b.

El pasado noviembre, el Tribunal de Luxemburgo tumbó el marco normativo de protección de datos español, que se articula sobre el principio del consentimiento. La pelota estaba encima del Supremo, que ahora resuelve. Así, la AEPD no podrá sancionar en estas cuestiones relativas al consentimiento y criterios que legitiman el tratamiento de datos y se abre el camino a que las empresas reclamen por sanciones millonarias pasadas.

Pero el Alto Tribunal no tiene competencia para declarar la nulidad efectiva de una norma con rango de ley, debe hacerlo el Parlamento. Los abogados que han diseñado la estrategia legal lo ven claro y así Antonio Creus, socio del Departamento de Derecho Comunitario y de la Competencia de Bird & Bird Madrid, y Javier Fernández-Samaniego, socio director de Bird & Bird Madrid, recuerdan que el Congreso deberá acometer una urgente reforma de la legislación española aplicable a raíz de las sentencias del Supremo y de Luxemburgo.

Las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso - Titulares de noticias
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Con el PP entraron 2,5 millones de inmigrantes, con el PSOE entraron 2,7 millones de inmigrante. Si no son lo mismo, que me lo expliquen. Fuente Wikipedia

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Última edición por dodaltel; 14-feb-2012 a las 15:41
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Antiguo 14-feb-2012, 20:03
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quiere decir esto que voy a volver a aguantar las llamadas de los panchitos a la hora de la siesta o de cenar?
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Antiguo 14-feb-2012, 20:12
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quiere decir esto que voy a volver a aguantar las llamadas de los panchitos a la hora de la siesta o de cenar?

Supongo que solamente se aplicarán a los casos de cobro de deudas y similares. En lo de los panchitos, me imagino que prevalecerán los derechos y libertades del interesado. O eso espero, por lo menos, porque si no es así habrá que renunciar a la telefonía

"si es necesario para la satisfacción del interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por el tercero o terceros a los que comuniquen los datos y que no prevalezcan los derechos y libertades fundamentales del interesado"

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Antiguo 15-feb-2012, 01:40
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Yo aqui lo único que veo es la intención (y consecución) de recortar derechos y libertades a los ciudadanos.
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Antiguo 15-feb-2012, 01:45
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Iniciado por dodaltel Ver Mensaje
Pero el Alto Tribunal no tiene competencia para declarar la nulidad efectiva de una norma con rango de ley, debe hacerlo el Parlamento. Los abogados que han diseñado la estrategia legal lo ven claro y así Antonio Creus, socio del Departamento de Derecho Comunitario y de la Competencia de Bird & Bird Madrid, y Javier Fernández-Samaniego, socio director de Bird & Bird Madrid, recuerdan que el Congreso deberá acometer una urgente reforma de la legislación española aplicable a raíz de las sentencias del Supremo y de Luxemburgo.

Las empresas podrán comercializar datos personales sin pedir permiso - Titulares de noticias

Entre pájaros anda el juego.

Big brother at work.......
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  #6 (permalink)  
Antiguo 15-feb-2012, 01:52
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Los cojones.
Todos sabemos cómo va a acabar esto: les permiten ver la mano sólo en casos especiales y ellos te secuestran el brazo en todas situaciones.

Maldita sea.
¿Es que cada vez vamos a tener menos derechos?
¿Somos unas putas máquinas de consumir sin protección posible?
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  #7 (permalink)  
Antiguo 15-feb-2012, 02:20
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