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| A ver si alguien lo sabe.
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| Yo interpreto que para los contratos vigentes hasta hoy son 45 días y a partir de hoy a 33. Y creo que se quedará en 24 mensualidades máximo para todos. Así lo interpreto yo.
__________________ Un caballero siempre sabe cuándo tratar a una dama como una puta |
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| Cambian a 24, por eso se le acusa, a la reforma, de retroactiva.
__________________ Hay muchas maneras de matar. Pueden meterte un cuchillo en el vientre. Quitarte el pan. No curarte de una enfermedad. Meterte en una mala vivienda. Empujarte hasta el suicidio. Torturarte hasta la muerte por medio del trabajo. Llevarte a la guerra, etc… Sólo pocas de estas cosas están prohibidas en nuestro Estado. (B. Brecht) |
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| Para los contratos vigentes y firmados antes de la reforma todo sigue igual a menos que la empresa entre en perdidas 3 o mas trimestres y entonces te podrán despedir con 20 dias y un maximo de 12 mensualidades según entiendo yo. Esta es la clave de la reforma. |
| Estos 3 usuarios dan las gracias a kemao2 por su mensaje: | ||
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| Así lo he entendido yo En resumen, si llevas 5 años en la empresa te la pagarán a 45 dias por año, pero a partir de hoy si te despiden pongamos en el 2014, esos 2 años te los pagarán a 33 dias por año. Con un máximo de 24 mensualidades, con la excepción de lo que dice el forero "Kemao2".
__________________ "Todo el mundo se va a forrar y yo no. De los 30.000 millones, yo quiero mi 11%" http://www.elpais.com/articulo/porta...pepipor_12/Tes La deuda es la peor pobreza. Thomas Fuller, clérigo inglés (1610-1661) D.E.P ALKJ |
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| ¿Entonces se mantiene lo de 42 mensualidades para un tío que lleva 20 años currando y le largan? ¿O pasan a ser 24 como máximo?
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| Reducción de la dualidad en el mercado de trabajo - A partir de la reforma, se generaliza la indemnización por la extinción del contrato indefinido a 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente, con un máximo de 24 mensualidades. * Se respetarán los derechos adquiridos de los trabajadores: para los contratos antiguos, la nueva indemnización sólo será de aplicación para el periodo de trabajo que se realice a partir de la aprobación de la presente norma. Estos contratos conservan el derecho a obtener una indemnización de hasta 42 mensualidades. * Esta nueva indemnización se aplica con carácter general SÓLO a los nuevos contratos. La Moncloa. Referencia del Consejo de Ministros [Consejo de Ministros/Referencias] |
| Estos usuarios dan las gracias a Berebere por su mensaje: | ||
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| EDITO: Gracias Berebere.
__________________ "Todo el mundo se va a forrar y yo no. De los 30.000 millones, yo quiero mi 11%" http://www.elpais.com/articulo/porta...pepipor_12/Tes La deuda es la peor pobreza. Thomas Fuller, clérigo inglés (1610-1661) D.E.P ALKJ |
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| Habrá que esperar al BOE, pero la medida no es retroactiva. Eso sí, por lo visto si te despiden a partir de mañana que se publica el RD, tendrás 45 días por año trabajado hasta mañana, y 33 por año trabajado a partir de mañana. Te pongo un ejemplo: si hoy haces cinco años en la empresa y te despiden mañana, te dan 45 días por año. Pero en cambio, dentro de otros cinco años, tal día como hoy, te darían 45 dias por los primeros cinco años, y 33 días por año trabajado por los segundos cinco años. Espero haberme explicado........... |
| Estos usuarios dan las gracias a Neng por su mensaje: | ||
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| De todas formas da lo mismo. Pocos despidos se verán que no sean por causas 'objetivas', y si no vamos al mobbing legal: Movilidad geográfica, con condiciones objetivas para seleccionar a aquellos trabajadores con menores cargas familiares. |
| Estos usuarios dan las gracias a Berebere por su mensaje: | ||
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