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| chupa chupa 30€, completo 60€
__________________ ““Hablo latín con Dios, italiano con los músicos, español con las tropas, alemán con los lacayos, francés con las damas e inglés con mis perros y caballos” -"Carlos V-” Un crack oigan. ![]() |
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Por lo que me han contado el 100% (muestreo estadístico de 5 personas) va a echar a la señora de la limpieza a la calle Es complicado... cuando alguien se acostumbra a tener chacha... Por cierto yo los que conozco van a seguir teniendola en negro.
__________________ Última edición por sirpask; 15-ene-2012 a las 15:29 |
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| ¿Tener chacha? A ver si nos entendemos. Tener chacha es la chica 24 horas en plan "señoritoooo" con la cofia o si no son 24 horas al menos 12. Tener una persona que te viene un par de veces a la semana, o tres, a 12 euros la hora, no es tener chacha. Qué daño hacen los aires de grandeza.... |
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Avila256, a_mesa_puesta, bubble bubble, Burbujólogo, calaminox, Carnivorous Cactus_borrado, cuatro.g, EcceHomo, El duke, El Gofión., El Thankeador, elmegaduque, guajiro, Ignatius, Julc, k098, Karunel, kunk, Marchamaliano, miaavg, micenas, Naguissa, nefernef, Ni_muerta!, outzider, paquidermo, Rauxa, Siguiendo la Verdad, silverwindow, TocahuevoS, Viernes_negro, Xandros | ||
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| pues que tambien les llega la deflacion y por supuesto "trabajar en B"; el chupa a chupa ya lo publicitan a 15, en las tarjetitas que ponen en los coches; en ayuda en casa, por pocas horas, ya hay poco a 10€/h y sin desplazamientos (ni tiempo ni billete); y para jornadas completas, va de 400 a 800, incluyendo pagas y vacaciones prorrateadas malos tiempos para ....... el poco valor añadido
__________________ en vez de los salarios, las pensiones, los servicios, ... tocan los solares, los bancos, los pisitos,..... (que la jodienda no es conmutativa) el endeudamiento ha sido la vaselina para el bombarro; y el jurgolesteban el excipiente |
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| Lo de la contratacion legal solo tiene dos soluciones: 1. La empleada de hogar acepta pagar de su actual sueldo los gastos de contratacion (seguridad social, etc). 2. LA empleada se va a la calle. Y no hay mas porque lo que nadie va a hacer es aceptar pagar el doble para tener el mismo servicio. Este es uno de tantos casos en que el noble intento (no tan noble porque tambien tiene una vertiente recaudatoria) del estado de legalizar a todos los trabajadores sirve solo para provocar el efecto contrario; despidos a manta. Despues diran que la actual legislacion protectora del trabajador no tiene efectos negativos en la contratacion. |
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| Mi madre tiene que dar de alta a la chica en enero.....a ver que pasa.....he visto esto por ahí NUEVA LEY EMPLEADAS DE HOGAR El sueldo de la empleada de hogar será de al menos 635 Última edición por faraico; 15-ene-2012 a las 15:54 |
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| A mi casa venía una chica tres o cuatro horas sabado sí, sábado no, para limpieza en profundidad de la casa. Me cobraba 9 euros, acababa subiendole yo el sueldo y le compraba los bonobuses sin que ella me lo pidiera, de vez en cuando le redondeaba. Cuando llegaba normalmente mi mujer y yo desparecíamos para no molestar, le dimos confianza desde el principio y ella se portó bien, iba a toda leche, estoy seguro que le sobraba tiempo, pero me dá igual, yo obtenía el servicio a un precio adecuado, no iba a racanear, ese es el origen de muchos males, que siempre queremos más. Era un pelin 'trompellot' y rompia alguna cosa, pero esta claro que el que limpia y trabaja algo rompe, y la pobre nos llamaba preocupada al móvil para decirnoslo y se ofrecía a pagarnoslo, también le hacía tomar un desayuno cuando llegaba o le preparaba un té y antes de irnos le decíamos que en la nevera había fruta y fiambre por si quería almorzar. Luego le decíamos que no se preocupara, que las cosas se rompen y ya está, y por lo que nos decía, iba a una casa (de pastosos por cierto) que le hacían pagar todo lo que rompía. Era rumana (no gitana, de hecho ella decía que no le caían bien porque daban una imagen muy negativa de su pais) y le dábamos ropa que íbamos a tirar, nos preguntaba si podía quedársela. También trastos de la cocina (mi mujer compra de todo, es un poco visillera con la decoración) que estaban sin estrenar y ya molestaban, seguro que ella lo vendía luego o a compatriotas, me da igual, el caso es que le daba uso a todo lo que no queríamos, y eso era bueno. Lo que está claro es que un contrato le servirá para defenderse de los abusos, pero ahora su 'regularización' tendrá que pagarla quien le dá el trabajo así que en mi opinión la carga impositiva acaba pagándola quien ya paga sus propios impuestos y eso hace que, como bien dicen algunos, el servicio se encarezca bastante siendo el mismo, lo que hará que se siga haciendo en negro. En todo caso creo que por ingresos muchas empleadas de hogar no tendrían obligación de cotizar y todo lo que pagaran de irpf, etc, del precio de su hora acabarían devolviéndoselo. No sé como acabará, pero en todo caso es bueno que de ese dinero que pagamos algo retorne en forma de impuestos, a ver si ahora vamos a quejarnos solo del B de los demás y no del nuestro. |
| Estos 7 usuarios dan las gracias a kikelon por su mensaje: | ||
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| BUeno... a ver si yo puedo aclararos un poco el tema. Primero, según la nueva ley ahora es obligatorio para "la familia" alias el empleador, dar de alta al personal de servicio doméstico sea el tiempo que el sea el que trabaje. Antes, era necesario que trabajara un determinado número de horas. Segundo el salario mínimo de referencia para el servicio doméstico es el salario mínimo interprofesional. Para aquellos trabajadores que trabajan sólo unas horas, el gobierno fija un salario hora que incluye todos los conceptos salariales, ese precio/hora se fija. EL salario para este año es de 5,02 euros la hora. Por si hay dudas ese precio incluye vacaciones y pagas extras. Tercero, el contrato por escrito, de lo contrario un juez puede reconocerlo como indefinido a jornada completa. El ministerio de trabajo ha sacado unos contratos-tipo. Cuarto, sigue reconociéndose al empleador la capacidad para "desistir". Es decir, echar a los empleados de hogar sin más explicaciones. Pero ahora hay indemnizar con el equivalente a 12 días por año, con un máximo de seis meses. Quinto, en el caso de que el empleador decida efectuar un despido disciplinario, si el juez lo estima improcedente, la indemnización sería de 20 días por año con un máximo de 12 meses. Así que, salvo que tengas muy claro que ganas el juicio y/o que la trabajadora no va a reclamar, es mejor (más barato) optar por el método anterior. Sexto, las cotizaciones a la seg. soc. son bastante ridículas en el trabajo por horas como para echar a nadie a la calle. Pero hay otras obligaciones que sí que hacen el tema más engorroso. Además de hacer el contrato por escrito, hay que ir a la seguridad social y dar de alta a la trabajadora indicando cual es o va ser su salario, para que ellos determinen cuanto hay que pagar. Cada vez que cambie el salario mensual de la trabajadora, habría que ir a la seg. soc. y comunicarlo. Tengo que preguntarlo, pero supongo que este punto se refiere a que haya cambios salariales que hagan variar la cotización. Un ejemplo: cuando se vaya de vacaciones. Tambien hay que confeccionar una nómina y supongo que habrá que aplicar las retenciones correspondientes y liquidarlas con hacienda. Tambien habrá que emitir un certificado anual (10T) al trabajador para que éste pueda incluirlo en su declaración de la renta. Para mí el tema de loh papeleh es lo que más va a echar para atrás a la gente. Septimo, si el empleador no da de alta a la trabajadora, la propia trabajadora puede ir a la seguridad social y darse de alta. La seguridad social pregunta en el formulario el motivo de que sea el trabajador . No lo sé, pero cabe pensar que si este pone "es que a mi jefe no le da la gana" lo seg. soc. sancione al empleador. Va quedando más o menos claro??
__________________ "Cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen pierden el respeto" (Lichtemberg) Última edición por atman; 15-ene-2012 a las 16:27 |
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Mi madre tiene que dar de alta a la chica en enero.....a ver que pasa.....he visto esto por ahí Esa ley lo pone a huevo, basta con que la empleada del hogar diga que es tu amiga y que te está haciendo un favor: Artículo 2. Exclusiones. 1. No están incluidas en el ámbito de esta relación laboral especial: a) Las relaciones concertadas por personas jurídicas, de carácter civil o mercantil, aun si su objeto es la prestación de servicios o tareas domésticas, que se regirán por la normativa laboral común. b) Las relaciones concertadas a través de empresas de trabajo temporal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal. c) Las relaciones de los cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o por entidades privadas, de acuerdo con la Ley 39/2006, 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. d) Las relaciones de los cuidadores no profesionales consistentes en la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no vinculadas a un servicio de atención profesionalizada, de acuerdo con la Ley 39/2006, 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. e) Las relaciones concertadas entre familiares para la prestación de servicios domésticos cuando quien preste los servicios no tenga la condición de asalariado en los términos del artículo 1.3, e) del Estatuto de los Trabajadores. f) Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad. Luego le pagas lo que toca y listo. |
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