|
|
Tweet |
| | Herramientas | Desplegado |
| ||||
| Hola burbujarras, Ojo, aquí un fragmento del BOE PePerro de recortes indiscriminados: "Con efectos desde 1 de enero de 2011, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio: Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 68, que queda redactado de la siguiente forma: «1. Deducción por inversión en vivienda habitual. 1.º Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente." Leyendo el BOE de las medidas PePerras te das cuenta de que no tenemos solución... ojalá pete todo de una puu... ta vez. ![]() Que sigan insistiendo en que comprar piso es invertir.... ![]() ¿No podrían utilizar otra palabra? En vez de "Deducción por inversión en vivienda habitual" que pongan "Deducción por adquisición de vivienda habitual"..... ¿No? En fin.... siento VERGÜENZA de ser español. ![]() Saludos.
__________________ Si queréis ahorrar... mi recopilación de consejos: RECOPILACIÓN DE CONSEJOS PARA AHORRAR Es más... VA A CONSUMIR SU PUTA MADRE. Hay que decirlo más, sin miedo. Únete a los Monjes Descalzos de la Muylonchafinista Orden. Abre tus brazos a la verdadera felicidad del mínimo consumo, hamijo. ![]() ![]() |
| Estos 4 usuarios dan las gracias a ICG por su mensaje: | ||
| ||||
| Real Academia Española. Diccionario Usual. invertir.
__________________ Y ahora a esperar al amanecer."Tu capital está enladrillado ¿quien te lo desenladrillará? el desenladrillador que te lo desenladrille buen desenladrillador será" |
| Estos usuarios dan las gracias a Asdrúbal el Bello por su mensaje: | ||
| ||||
| Yo acabo de invertir parte de mi tiempo en averiguar el porqué de la fé del populacho en que los pirómanos son capaces de apagar incendios. |
| Estos usuarios dan las gracias a zumbido por su mensaje: | ||
| ||||
| Y estooooo??????? Decimoséptima. Modificación del artículo 49 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. Importe de los avales del Estado. Con efectos de 1 de enero de 2012 y vigencia indefinida, el artículo 49 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, queda redactado en los siguientes términos: «Uno. El importe máximo de los avales a otorgar por el Estado durante el ejercicio del año 2012 no podrá exceder de 196.043.560 miles de euros. Dos. Dentro del total señalado en el apartado anterior, se reservan los siguientes importes: a) 92.543.560 miles de euros para garantizar las obligaciones económicas exigibles a la sociedad denominada ‘‘Facilidad Europea de Estabilización Financiera’’, derivadas de las emisiones de instrumentos financieros, de la concertación de operaciones de préstamo y crédito, así como de cualesquiera otras operaciones de financiación que realice dicha sociedad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 9/2010, de 28 de mayo, por el que se autoriza a la Administración General del Estado al otorgamiento de avales a determinadas operaciones de financiación en el marco del Mecanismo Europeo de Estabilización Financiera de los Estados miembros de la Zona del Euro. b) 100.000.000 miles de euros para el otorgamiento de avales a las obligaciones económicas derivadas de las emisiones de bonos y obligaciones nuevas que realicen las entidades de crédito residentes en España con una actividad significativa en el mercado de crédito nacional. El aval garantizará el principal de la emisión y los intereses ordinarios. De producirse la ejecución del aval, siempre que la misma se inste dentro de los 5 días naturales siguientes a la fecha de vencimiento de la obligación garantizada, el Estado satisfará una compensación a los titulares legítimos de los valores garantizados, sin perjuicio de las cantidades que deba abonar en virtud del aval. El importe de esta compensación será el resultante de aplicar al pago en el que consista la ejecución del aval el tipo de interés Euro OverNight Index Average publicado por el Banco de España o el que, en su caso, determine el Ministro de Economía y Hacienda, del día del vencimiento de la obligación garantizada por el número de días que transcurran entre esta fecha y la de pago efectivo por el avalista, sobre la base de un año de 360 días. El Ministro de Economía y Hacienda determinará los requisitos que deberán concurrir para la concesión de los mismos, entre los que podrán incluirse aquellas condiciones especiales de solvencia que proponga el Banco de España, así como el procedimiento de otorgamiento de los avales y las comisiones a que den lugar el otorgamiento y la utilización de los avales otorgados. c) 3.000.000 miles de euros para los avales destinados a garantizar valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos. Tres. Dentro del importe de 500.000 miles de euros no reservados en el apartado anterior, se establece un límite máximo de 40.000 miles de euros para garantizar las obligaciones derivadas de operaciones de crédito concertadas por empresas navieras domiciliadas en España destinadas a la renovación y modernización de la flota mercante española mediante la adquisición por compra, por arrendamiento con opción a compra o por arrendamiento financiero con opción a compra, de buques mercantes nuevos, en construcción o usados cuya antigüedad máxima sea de cinco años.
__________________ Si queréis ahorrar... mi recopilación de consejos: RECOPILACIÓN DE CONSEJOS PARA AHORRAR Es más... VA A CONSUMIR SU PUTA MADRE. Hay que decirlo más, sin miedo. Únete a los Monjes Descalzos de la Muylonchafinista Orden. Abre tus brazos a la verdadera felicidad del mínimo consumo, hamijo. ![]() ![]() |
| ||||
|
__________________ ![]() La burbuja inmobiliaria no existe, existe un ajuste en el precio de la vivienda, como ha existido en el precio de los vehiculos, de la ropa, de los productos tecológicos, de la alimentación y en general de todos los sectores. |
| ||||
| ahora invertir en una vivienda, es como "invertir" en un coche nuevo, solo que palmando proporcionalmente mas dinero.
__________________ Enviado desde mi Amstrad PCW8256 usando LocoScrip. Para ser alguien que nunca estuvo hecho a la medida de este mundo, debo confesar que me está resultando difícil abandonarlo. Claro que dicen que cada átomo de nuestro cuerpo formó parte una vez de una estrella. Quizá no me esté marchando, quizá esté yendo a casa. |
| Estos usuarios dan las gracias a el segador por su mensaje: | ||
| ||||
| ¿Verdad que nadie dice "voy a invertir en un coche"? Pues eso... tampoco debe decirse de comprar una vivienda. La gente sí que dice en la calle "voy a invertir en un piso"... y por esto mismo jamás saldremos de la crisis. De hecho, esto no es una crisis... es la vuelta a lo normal, de donde jamás debimos salir.
__________________ Si queréis ahorrar... mi recopilación de consejos: RECOPILACIÓN DE CONSEJOS PARA AHORRAR Es más... VA A CONSUMIR SU PUTA MADRE. Hay que decirlo más, sin miedo. Únete a los Monjes Descalzos de la Muylonchafinista Orden. Abre tus brazos a la verdadera felicidad del mínimo consumo, hamijo. ![]() ![]() |
![]() |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |