|
|
Tweet |
| | Herramientas | Desplegado |
| ||||
| |
| ||||
| CAPÍTULO I De los créditos presupuestarios prorrogados Artículo 1. Modificaciones derivadas de la nueva estructura administrativa. CAPÍTULO II De los gastos de personal Artículo 2. Retribuciones del personal y altos cargos del sector público. Artículo 3. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal. Artículo 4. Reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos. CAPÍTULO III De las pensiones y ayudas públicas Artículo 5. Normas sobre determinación y revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas. Artículo 6. Mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones. CAPÍTULO IV Normas tributarias Sección 1.ª Impuestos directos Artículo 7. Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Artículo 8. Tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Sección 2.ª Otros tributos Artículo 9. Tasas en materia de telecomunicaciones. CAPÍTULO V De los Entes territoriales Sección 1.ª Entidades Locales Artículo 10. Participación de las Entidades locales en los tributos del Estado. Sección 2.ª Comunidades Autónomas Artículo 11. Entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia Global. Artículo 12. Fondos de Compensación Interterritorial. CAPÍTULO VI Cotizaciones sociales Artículo 13. Actualización de las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional Artículo 14. Cotizaciones a derechos pasivos y a las mutualidades generales de funcionarios para el año 2012. DISPOSICIONES ADICIONALES Primera. Pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias cuya titularidad ostenten las Administraciones Públicas o instituciones sin ánimo de lucro. Segunda. Garantía del Estado para obras de interés cultural. Tercera. Actividades prioritarias de mecenazgo. Cuarta. Entregas a cuenta para la financiación del transporte metropolitano de Madrid y Barcelona. Quinta. Compensaciones por los extracostes de generación de los Sistemas Eléctricos Insulares y Extrapeninsulares Sexta. Asignación de cantidades a fines sociales. Séptima. Financiación a la Iglesia Católica. Octava. Bienes de las instituciones eclesiásticas. Novena. Aplazamiento de la aplicación de la disposición adicional trigésima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social. Décima. Modificación del régimen de compensación equitativa por copia privada. Undécima. Asignación de competencias Duodécima. Consideración del gravamen complementario a la cuota íntegra estatal para la reducción del déficit público en los ejercicios 2012 y 2013 establecido en la disposición final segunda de este Real Decreto-ley a efectos del cálculo del rendimiento cedido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los Entes Territoriales. Decimotercera. Prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Decimocuarta. Modificación del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Decimoquinta. Modificación del Real Decreto 1221/2010, de 1 de octubre, de los precios de retribución de la energía. Decimosexta. Prórroga del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Decimoséptima. Actividades formativas en los contratos para la formación y el aprendizaje. DISPOSICIONES DEROGATORIAS Primera. Derogación del Real Decreto 1472/2007, 2 de noviembre. Se deroga el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, por el que se regula la renta básica de emancipación de los jóvenes. DISPOSICIONES FINALES Etc etc... Es denso de cojones |
![]() |
| Herramientas | |
| Desplegado | |
| |