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| Cómo Obligar al banco a ACEPTAR la Dación en Pago | Dación en Pago Lo primero que te recomiendo es que SIGAS UNA ESTRATEGIA. No vayas a lo loco, ni pretendas que se “apiaden” de ti y recojan tu casa como pago por tus deudas a la primera de cambio, porque NO lo van a hacer. No les conviene la dación en pago en casi ningún caso. Os animo a leerlo,no tiene desperdicio.El video tampoco,¿es inmigrante? Saludos.
__________________ ![]() Un chollo no es para quien lo compra,sino para quien puede pagarlo....... Última edición por luisete99; 25-oct-2011 a las 17:30 |
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| Al resto de consejos no tengo nada que decir, pero éste... 6.- Busca fórmulas para deshacerte de otro patrimonio que tengas, e incluso hipotecarlo (aunque sea de forma ficticia). Esto te llevará tiempo y una buena planificación pero valdrá la pena. El objetivo es que cuando presentes tu propuesta de dación en pago, el analista de riesgo (al que definitivamente llegará tu expediente) la acepte, principalmente por la imposibilidad de cobrarse de ninguna otra forma la deuda que te quede pendiente y por las facilidades que estás dando a que en menos tiempo obtengan el mismo resultado.Es aconsejar un delito de alzamiento de bienes, sin informar de ello a quien lo lee. Saludos. |
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| Muy interesante, y siendo panchito el Joel este pues no le quedaria mas remedio al banco que asumir que era mas rentable pillar el piso que seguir malgastando sus recursos en un insolvente en toda regla. Lo que me dijo un amigo y es de sentido comun, es que "deber dinero no es delito", asi que si se tiene que negociar con las entidades por deudas lo mejor es dar la cara, y claro la clave es pensar que detras de su fachada, no son mas que personas que cumplen instrucciones, y que en la mayoria de los casos responden a la insistencia y perseverancia de los pocos que dan la cara, argumentan y al final negocian una salida que en muchos casos resulta inevitable, porque claro, no pueden torturar a nadie por unos euros, y mucho menos si se llega al punto en que valoran que no podran sacar nada mejor que la opcion menos mala.......y saben que no van a cobrar.... Última edición por El_Dinero_es Deuda; 25-oct-2011 a las 17:45 |
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Al resto de consejos no tengo nada que decir, pero éste... Será delito si ya ha entrado en mora, en subasta o está a la espera de lanzamiento. Vamos, si se ha iniciado el proceso de ejecución inmobiliaria. Si lo hace antes de eso, para después hacer lo que dice ese punto. Por qué iba a ser delito deshacerte de tu patrimonio y hacer con el resto lo que te de la gana siempre y cuando estes al día en el pago de deudas? [pregunto/opino] |
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Será delito si ya ha entrado en mora, en subasta o está a la espera de lanzamiento. Vamos, si se ha iniciado el proceso de ejecución inmobiliaria. Si lo hace antes de eso, para después hacer lo que dice ese punto. Por qué iba a ser delito deshacerte de tu patrimonio y hacer con el resto lo que te de la gana siempre y cuando estes al día en el pago de deudas? [pregunto/opino] Dependerá del juez entender si cuando se vendió el patrimonio había posibilidad de mora o esta sucede de improvisto. Ej.: Debo 200.000€, tengo ahorrados 10.000€, voy pagando de mis ahorros las letras y antes de producirse el impago, vendo todo mi patrimonio embargable. Si con ese dinero voy saldando deuda, no pasa nada, de echo "has hecho bien" Si ese dinero se esfuma sin saldar deuda, has actuado mal. No se si me he explicado correctamente.
__________________ Perdiendo pasta poco a poco... |
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Dependerá del juez entender si cuando se vendió el patrimonio había posibilidad de mora o esta sucede de improvisto. Perfectamente. Gracias. No obstante, puedo hacer una inversión con ese dinero obtenido de la venta de mi patrimonio, salir rana y quedar con lo puesto. P.E. comprarle un terreno, plaza de garaje... lo que fuera a un familiar o conocido. Por mucho que cantase la diferencia entre precio de mercado y lo pagado por el bien (si cantase) cómo lo demuestra?. |
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| En principio quedaría a la opinión del juez. Pero llegado a ese punto, si su patrimonio fuera tal que al venderlo le permite meterse en esos berenjenales, probablemente no tendría la necesidad de dejar impagadas las deudas
__________________ Perdiendo pasta poco a poco... |
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| Miedo me da el futuro, pues aterrado vivo el presente. España sin violencia en la situación que estamos, ¿quién te ha visto y quién te ve?
__________________ "Perdona a tus enemigos, pero nunca olvides sus nombres". Racista ignorado: Mick Jagger Troll-nazi ignorado: RedSixLima |
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Será delito si ya ha entrado en mora, en subasta o está a la espera de lanzamiento. Vamos, si se ha iniciado el proceso de ejecución inmobiliaria. Si lo hace antes de eso, para después hacer lo que dice ese punto. Por qué iba a ser delito deshacerte de tu patrimonio y hacer con el resto lo que te de la gana siempre y cuando estes al día en el pago de deudas? [pregunto/opino] La insolvencia punible es un delito de peligro, no de resultado. En cualquier caso, allá cada uno con lo que hace. Yo sólo llamaba la atención sobre el consejo: no me parece de buen gusto aconsejar la comisión de un posible delito sin al menos advertirlo. Saludos. Última edición por El sobrino de Keynes; 25-oct-2011 a las 19:09 |
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