DEUDA HIPOTECARIA de las Familias y Particulares españolas , "La Maldiciòn de Sisifo"

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DEUDA HIPOTECARIA de las Familias y Particulares españolas , "La Maldiciòn de Sìsifo"

DEUDA HIPOTECARIA de las Familias y Particulares españolas , "La Maldiciòn de Sìsifo"

Empujar montaña arriba una enorme piedra que siempre se le escapa de las manos al llegar cerca de la cima. Y así, perpetuamente, desciende por la ladera para retomar la piedra y recomienza su tarea sin fin y sin objetivo.

Concursos de Acreedores de Familias y Particulares en 2010 - en España 910 , en Reino Unido 162.460 , en Alemania 139.800 y Francia 44.360 :8:

 
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Publicado en el PERIÓDICO CINCO DÍAS. Agosto 2011.

Las Personas Fìsicas y la Situciòn de Insolvencia en La LEY CONCURSAL, una de la asignaturas pendientes en la Ley Concursal.

Leopoldo Pons Albentosa
Presidente del REFor, del Consejo General de Colegios de Economistas


Área Concursal

El funcionamiento de las economías desarrolladas dependen, entre otras cosas, de reglas de juego que se cumplan, donde las obligaciones contraídas sean atendidas puntualmente. Las situaciones de insolvencia son un grave problema para todos, para quien las sufre y para quien pierde los créditos
concedidos
, sin embargo la realidad es muy diferente para quien se enfrenta al préstamo con garantía hipotecaria de su vivienda habitual, respecto de, por ejemplo, una sociedad que cotiza en bolsa. Parece razonable pensar que las soluciones no pueden ser iguales para todos, y esto es lo que venimos defendiendo la gran mayoría con motivo de la discusión parlamentaria de la Reforma de la Ley Concursal.

Las empresas en crisis suelen encontrarse, dentro de la misma, en situación de insolvencia, imposibilidad de hacer frente a las deudas contraídas. Esta situación ha encontrado en todo el derecho comparado y en nuestra propia realidad legislativa, un giro copernicano respecto de las posiciones estigmatizadoras y punitivas de las antiguas regulaciones, de lo que nosotros hemos conocido como Quiebras y Suspensiones de Pagos. Tanto los ámbitos internacionales, Guía para el Tratamiento de las Insolvencias de las Naciones Unidas, como la Unión Europea, Documento sobre rehabilitación del pequeño empresario en crisis y, Reglamento del 2000, en esta línea nuestra propia Ley Concursal de 2003, incorpora un escenario nuevo y en positivo ante este tipo de situaciones, el objeto de la cual es el respeto y protección de los derechos de los acreedores dentro de un principio de eficiencia en las soluciones para los empresarios personas jurídicas en situación concursal. Para ello se arbitran dos principios básicos, la búsqueda de soluciones de convenio y consecuentemente de continuidad de la empresa en funcionamiento y, en última instancia fórmulas de segunda oportunidad para el empresario que se ha visto abocado a la disolución y liquidación de su empresa, persona jurídica, eso sí, a partir de un procedimiento judicial complejo y completo que viene a evitar situaciones perversas o de soluciones no equitativas entre los acreedores.

Sin embargo cuando de personas físicas hablamos, la cuestión se enfrenta a una realidad diferente, bien porque nos encontremos ante pequeños empresarios, autónomos, o bien ante simples consumidores, en el sentido técnico de la palabra. Ambos casos son tratados en los diferentes modelos de la insolvencia, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, y un largo etcétera que admite muy pocas excepciones, de forma diferente al marco general comentado. Todos ellos se proponen, con las diferencias y matices de cada solución particular, contemplar tres escenarios: en primer lugar, simplificar y hacer más eficiente el procedimiento técnico con el que resolver el problema cuando estamos hablando de un tipo de deudor que difícilmente va a poder gestionar un modelo con la complejidad y coste del concurso de las empresas personas jurídicas; en segundo, encontrar soluciones prácticas procedimentalizadas para resolver soluciones como las deudas garantizadas, y producidas, por hipotecas inmobiliarias, en general la vivienda; y en tercer lugar, arbitrar soluciones de rehabilitación la persona física insolvente, que evite lo que tan certeramente ha definido un juez de lo mercantil como maldición de Sísifo. :tragatochos:

Este tipo de medidas, como mencionamos, permiten a países como Francia, Alemania o Inglaterra, acometer todos los años del orden de más de cincuenta mil, cien mil y ciento veinte mil casos de personas físicas. En nuestro entorno el asunto está resuelto, hasta el momento, de forma bien diferente, las personas naturales en situación de insolvencia son tratadas esencialmente igual que las personas jurídicas, al menos en el aspecto procesal. Sin embargo y paradójicamente en la práctica se sitúan en peor situación, ya que no cabe su rehabilitación, las deudas son para siempre, y tampoco caben soluciones de protección especiales, ejecuciones forzosas de la vivienda habitual, por poner dos de los ejemplos pararadigmáticos. Los pequeños empresarios, personas físicas, aún se encuentran con mayor discriminación respecto de los que han podido articular su negocio por una vía societaria.

La Reforma en curso era una gran oportunidad para acometer, entre otras cuestiones importantes, esta, resolviéndola de forma diferente a como lo hace la legislación vigente, y aunque es verdad que el Proyecto de Ley presentado no aborda la cuestión, el debate parlamentario hubiese podido enriquecer bien el modelo, incluso apuntado un cambio de sistema, Con ello no solo se hubiesen escuchado voces tan autorizadas como las del Consejo del Poder Judicial, del Consejo General de Colegios de Economistas de España o del Consejo General de la Abogacía, sino que seguiríamos el ejemplo de nuestro vecinos europeos, atendiendo con ello una necesidad imperiosa, cual es la de tratar de forma específica y particularísima a un tipo de colectivo, el de los consumidores, que poco tiene que ver con el perfil empresarial. Sin embargo a la vista del resultado anunciado en fase de Congreso de Diputados, Informe de Ponencia en Comision de Justicia del 27 de julio pasado, se puede comprobar como no han sido escuchadas las voces de practicamente la totalidad de los grupos parlamentarios, con excepción, eso sí, del correspondiente al grupo mayoritario, que ha preferido no salirse del modelo actual. :8: La Reforma saldrá, parece que los plazos caben, a pesar del calendario adelantado anunciado de elecciones generales, y con ella habremos perdido una oportunidad importante para resolver este espinoso asunto de las personas físicas, sin embargo se anuncia un nuevo abordaje en la próxima y ya X legislatura, y ello de forma consensuada, que asi sea.
 
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neofiz

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Obviamente permitir quebrar a las familias de la misma forma que lo hace una empresa SL o SA seria como aprobar o mediar una dación de pago para las hipotecas.

La banca nunca lo permitirá, tienen suerte los pepitos que la banca haya aceptado una subida del sueldo mínimo inembargable por ley.
 
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Rage

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Obviamente permitir quebrar a las familias de la misma forma que lo hace una empresa SL o SA seria como aprovar o mediar una dación de pago para las hipotecas.

La banca nunca lo permitirá, tienen suerte los pepitos que la banca haya aceptado una subida del sueldo mínimo inembargable por ley.
Jodo, qué dolor da verlo
 

tplink888

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Obviamente permitir quebrar a las familias de la misma forma que lo hace una empresa SL o SA seria como aprovar o mediar una dación de pago para las hipotecas.

La banca nunca lo permitirá, tienen suerte los pepitos que la banca haya aceptado una subida del sueldo mínimo inembargable por ley.
Es que las Pymes en España tampoco estàn iendo al Concurso de Acreedores , fijate en la cifras , es decir , La Ley Concursal en España esta hecha para y por el Lobby Bancario :(

Esto tiene un nombre y es DEUDALISMO , exclavitud por Deuda , en Alemania , Francia , Inglaterra , etc... , siempre te dejan una 2ª oportunidad de rehacer tu vida financiera , en España han dado de baja de la suscripción de la vita a Pymes y Familias al matadero , no tienen salida , esto es una locura :cook:

SobreEndeudados- Exclusión Social -VIDEO :cook:

Se que el VIDEO no es nuevo , pero lo acabo de ver de nuevo y se me ha vuelto a poner la piel de gallina , lo subo por si alguien lo quiere ver :pienso:

[YOUTUBE]tMIYGdO8UI0[/YOUTUBE]
[YOUTUBE]YWEwUqErsBw[/YOUTUBE]
[YOUTUBE]G4UDm0eJfhE[/YOUTUBE]
[YOUTUBE]quGVc0R5C74[/YOUTUBE]
[YOUTUBE]1SletpxuED8[/YOUTUBE]
[YOUTUBE]x4yTH2w-d1M[/YOUTUBE]
 
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Arturo Bloqueduro

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¿Pero no estaban algunos diciendo que no tenemos que pagar las deudas del Estado porque los políticos son los únicos responsables que deben pagar? En el caso de las familias y particulares ¿quienes deberían hacerse cargo de las deudas? ¿El Estado que está quebrado? ¿Los bancos que hipnotizaron y obligaron a firmar con una pistola en la sien a los Pepitos? :confused:
 

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¿Pero no estaban algunos diciendo que no tenemos que pagar las deudas del Estado porque los políticos son los únicos responsables que deben pagar? En el caso de las familias y particulares ¿quienes deberían hacerse cargo de las deudas? ¿El Estado que está quebrado? ¿Los bancos que hipnotizaron y obligaron a firmar con una pistola en la sien a los Pepitos? :confused:
Desde luego estos 100.000 catalanes , y en España la situaciòn es paracida va a ser IMPOSIBLE que paguen :fiufiu:



La situación laboral
Alarma por el aumento de la cifra de parados sin ningún ingreso
Casi 100.000 personas llevan más de 24 meses en las listas del paro
El número de desempleados sin cobertura en Catalunya se dobla en un año y medio


Alarma por el aumento de la cifra de parados sin ningún ingreso-Economía-El Periódico



la prolongación de la crisis económica está provocando un fenómeno que empieza a alarmar a los sindicatos y a las administraciones: el incremento de la cifra de personas que están en paro y ya no tienen ningún tipo de ingreso, ni la prestación contributiva ni las otras coberturas previstas como subsidio, incluidas las últimas ayudas de 400 euros, porque ya han cubierto todos los plazos y continúan sin encontrar trabajo.

En Catalunya, según datos de UGT basados en las estadísticas laborales, se ha pasado de los 86.247 parados que no tenían ningún tipo de cobertura en noviembre del 2009 a casi el doble el pasado julio (161.262), una cifra que equivale ya al 28,2% de todos los parados que constan registrados en las oficinas de empleo.

Antes del verano se produjo un leve descenso de estas cifras por el repunte del empleo, que tanto sindicatos como empresarios calificaron de temporal. Los datos de agosto les dieron la razón a ambos. Y si se compara con la evolución del paro en el último año, la tendencia apunta a un aumento de la cifra de personas desprotegidas.

En junio del 2008, las personas con más de 12 meses en paro en ese mes rozaban las 70.000. Tras cuatro años de crisis, alcanzan las 210.000. Ese mismo mes, según la central sindical, «del total de personas en situación de paro de larga duración, un 46,77% (97.885 personas) lleva más de 24 meses en las listas del paro»,

ESCASA FORMACIÓN /

Y no parece que vayan a poder salir de este pozo con facilidad, tanto por falta de cualidades personales para poder optar a un empleo como por la inexistencia de ofertas de trabajo. En un documento interno del Servei d'Ocupació de Catalunya, incluido en el proceso para transformar este servicio, se destaca que tanto las administraciones públicas como los sindicatos, las patronales y los especialistas en política laboral consideran que la clave para crear ocupación es la formación. Y se añade que esta adquiere relevancia «dado que aproximadamente el 51% de las personas que actualmente están en paro no son ocupables, por faltarles los niveles de formación y competencias requeridos actualmente por las empresas».

Los sindicatos no son tan contundentes en este punto, pero admiten que la cifra de desempleados de larga duración aumenta sin cesar y se prevé que lo haga más antes de finalizar el año. El Gobierno también apunta en la misma dirección. El pasado viernes, la secretaria de Estado de Empleo, María Luz Rodríguez, aseveró que el paro aumentará en los próximos meses dado el carácter cíclico de la economía española. Casi nadie apuesta por que se produzca creación de empleo antes del segundo semestre del 2012. Algunos, como el presidente del Cercle d'Economia, Josep Piqué, augura para España «al menos dos años de crecimiento muy débil y nula generación de empleo neto».

La paradoja de esta situación es que, a medida que aumenta el paro, baja la partida del gasto dedicada a pagar las prestaciones, precisamente porque se agotan los plazos de muchos de los desempleados y los que ingresan de nuevo en las listas tienen derecho en general a un periodo menor de cobro, debido a que han contribuido menos que sus predecesores.

NUEVO COLECTIVO DE RIESGO /

En este sentido también es significativo el aumento en el último año de las personas desocupadas en Catalunya de 30 a 44 años que llevan más de 24 meses sin trabajo: un 68% más. Este porcentaje es muy superior al del incremento total de desempleados inscritos en las listas desde hace más de dos años, que subió un 51%.

Para Camil Ros, secretario de política sindical de UGT de Catalunya, este colectivo de 30 a 44 años que se está incorporando al grupo de parados de larga duración debería disponer también de políticas activas de empleo para lograr su inserción laboral «ya que la realidad está demostrando que estas personas están padeciendo la crisis de forma tan violenta como los otros colectivos».
 
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Arturo Bloqueduro

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Desde luego estos 100.000 catalanes , y en España la situaciòn es paracida va a ser IMPOSIBLE que paguen :fiufiu:



La situación laboral
Alarma por el aumento de la cifra de parados sin ningún ingreso
Casi 100.000 personas llevan más de 24 meses en las listas del paro
El número de desempleados sin cobertura en Catalunya se dobla en un año y medio


ESCASA FORMACIÓN /

Y no parece que vayan a poder salir de este pozo con facilidad, tanto por falta de cualidades personales para poder optar a un empleo como por la inexistencia de ofertas de trabajo. En un documento interno del Servei d'Ocupació de Catalunya, incluido en el proceso para transformar este servicio, se destaca que tanto las administraciones públicas como los sindicatos, las patronales y los especialistas en política laboral consideran que la clave para crear ocupación es la formación. Y se añade que esta adquiere relevancia «dado que aproximadamente el 51% de las personas que actualmente están en paro no son ocupables, por faltarles los niveles de formación y competencias requeridos actualmente por las empresas»....
Lo que no entiendo, salvo que esten haciendo chapuzas en oscuro, que existan 100 mil catalanes sin percibir un duro y que todavía nadie haya visto saqueos de comercios en Cataluña. ¡Vamos, que me creo lo de su escasa formación, pero que no tengan un duro es imposible de asumir sin ver tiendas de comestibles saqueadas por esos Descamisaos! :pienso:
 

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Lo que no entiendo, salvo que esten haciendo chapuzas en oscuro, que existan 100 mil catalanes sin percibir un duro y que todavía nadie haya visto saqueos de comercios en Cataluña. ¡Vamos, que me creo lo de su escasa formación, pero que no tengan un duro es imposible de asumir sin ver tiendas de comestibles saqueadas por esos Descamisaos! :pienso:
Son 162.161 personas lo que pone en el GRAFICO :fiufiu:

Casi 100.000 personas llevan más de 24 meses en las listas del paro , es decir , 100.000 son los van por 2 años apuntados al paro :´(
 

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http://www.burbuja.info/inmobiliari...en-concurso-de-acreedores-20.html#post5024124

Los jueces privan a Hacienda de 1.200 millones por el IVA de los concursos

QUIEBRAS/ Las empresas en dificultades precipitan su entrada en concurso para aprovechar la doctrina que aplican los magistrados,que permite ganar liquidez a empresarios, trabajadores y proveedores



Hacienda está dejando de ingresar más de 1.200 millones de euros al año por el IVA de los concursos de acreedores. Los jueces están decidiendo de manera generalizada que en las empresas en concurso el IVA no sea cobrado por Hacienda sino que se aplique a la propia compañía.Por un lado, esto ha provocado un quebranto a Hacienda pero, al mismo tiempo, está aliviando
a las empresas en concurso, a sus trabajadores, a sus proveedores, a sus clientes y a la banca en forma de liquidez por este IVA que asumen como repercutido.
:Aplauso:

De ahí que se haya producido un efecto llamada y que sean muchas las empresas en dificultades que están precipitando su entrada en concurso para beneficiarse de esta doctrina.

El origen de esta situación es un auto revolucionario que dictó un juez del Juzgado de lo Mercantil de Granada a finales de octubre del año pasado, :Aplauso: que permitía aplicar el IVA en el concurso, según adelantó este diario. El ejemplo de esta resolución fue inmediato y los jueces siguieron este criterio.

El Gobierno tenía dos formas de parar este alud, que los expertos cifran en cerca de 1.200 millones (ver información adjunta), el doble de lo que ingresará el Estado con las reactivación del Impuesto de Patrimonio. Efecto llamada Primero, la legislativa.

Así, a instancias de Hacienda, el proyecto de reforma de la Ley Concursal introdujo un cambio en este asunto y dictó que la Agencia Tributaria (AEAT) debe cobrar primero. Pero el retraso de esta ley, que sólo entrará en vigor, previsiblemente, el 1 de enero de 2012, ha creado un efecto llamada para las empresas que estudiaban entrar en concurso.

De hecho, Economía tiene desde julio un Real Decreto- Ley preparado para parar esta sangría de inmediato. Pero, según ha podido saber este diario, el director de la AEAT decidió la semana pasada no llevar este texto al Consejo de Ministros del pasado viernes, ante la evidencia de que un Real Decreto-Ley no puede modificar una ley orgánica.

Ahora, Hacienda se resigna a esperar a que entre la ley en vigor y a seguir perdiendo ingresos. :no: Quedaba entonces la vía judicial. Y, justo ayer, el
mismo juez de Granada firmó un auto, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN,
que desestima el primer recurso de la Abogacía del Estado contra el auto del IVA de octubre. El juez argumenta que Hacienda es consciente de que sólo la
ley puede cambiar este asunto, es decir, invertir el sujeto pasivo. Por eso ha intentado hacerlo en la reforma de la norma que tramitan las Cortes en estos momentos.
:Aplauso:

Las fuentes jurídicas consultadas estiman que este auto, desestimatorio de un recurso de reposición, no es recurrible. A la espera de que el Gobierno busque otra forma de oponerse a este asunto, la semana pasada el Senado dio el golpe de gracia al conflicto y eliminó la exigencia de que Hacienda cobre primero. Sin embargo, fuentes de los grupos auguran que a finales de esta semana la Cámara Baja volveráal texto anterior y asegurará a la AEAT el IVA.

De momento, las empresas en concurso obtienen liquidez por esta vía, que permite la subsistencia de la actividad empresarial viable, “quizás el mínimo necesario para lograr aprobar un convenio y reflotar a la compañía”, según apunta Antonio Fernández Rodríguez, socio responsable de la Práctica de Reestructuraciones de Garrigues.

 

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http://www.burbuja.info/inmobiliari...nistrador-concursal-en-tiempos-de-crisis.html

Liquidar antes que reflotar: el chollo de ser administrador concursal en tiempos de crisis

Liquidar antes que reflotar: el chollo de ser administrador concursal en tiempos de crisis - elConfidencial.com

“Somos más de mil grandes empresas las que estamos en proceso concursal en Andalucía y nos encontramos que los administradores nombrados por el juzgado sólo se preocupan de cobrar sus honorarios, no de intentar reflotar la compañía”. Quien hace estas declaraciones ha exigido no publicar su nombre “para evitar represalias del juzgado y de los administradores”. Asegura que “hay casos como el de dos despachos de abogados que han cobrado minutas de cuatro millones de euros de la empresa que administran judicialmente y los trabajadores siguen sin cobrar. En cuanto entra un euro en caja, se lo llevan”.

Para desesperación de los afectados, la Ley Concursal permite este tipo de “abusos”. En su opinión, suele ser habitual que al administrador designado por el juzgado le interese más que la empresa termine en liquidación que reflotarla. El director general de una firma administrada judicialmente asegura que “no hay ningún premio para los administradores si sacan adelante a la empresa, por lo que muchos de ellos propician un proceso largo y farragoso, abocado al cierre de la empresa, para engordar la facturación de sus servicios”.

De hecho, según datos del Colegio Notarial, el 90% de las empresas que se acogen al proceso concursal terminan cerrando. El caso de Martinsa-Fadesa, el mayor proceso concursal de España, es la excepción que confirma la regla, ya que superó el proceso y pagará su deuda en un plazo de diez años.

Por estos motivos, varios empresarios andaluces inmersos en la antigua suspensión de pagos se están movilizando para crear una plataforma que defienda sus intereses. Hay varios abogados que ya están trabajando en esta misión, cuyo objetivo es poner coto a lo que consideran “desmanes de los administradores con la connivencia de los jueces”.

Investigación de la Agencia Tributaria

Abogados de algunas compañías andaluzas en esta situación están informando a investigadores de la Agencia Tributaria sobre posibles irregularidades cometidas por los administradores concursales. “Algunos de ellos están cobrando sus honorarios de las partidas de IVA de las facturas, un impuesto que luego la compañía no puede liquidar con Hacienda”, según revela a El Confidencial un letrado que representa a una importante empresa inmersa en proceso concursal de acreedores.

Las fuentes consultadas sostienen que incluso “hay administradores que, anticipándose a la liquidación de la empresa, asesoran a quienes están interesados en comprar los inmuebles de la misma compañía que ellos deberían reflotar”.
 

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El Administrador judicial percibió un salario total de 470.000 euros en 6 meses :8:

Un administrador de 'Hidalgo' deberá devolver su sueldo
Un tribunal ve ilegítimo su nombramiento por el juez Urquía

Un administrador de 'Hidalgo' deberá devolver su sueldo · ELPAÍS.com

La decisión se ha adoptado después de estudiar un recurso del abogado Guzmán Lacalle Noriega, también implicado y socio de Cruz Conde. Fuentes cercanas al caso aseguran que todos los afectados por la administración judicial han tramitado recursos similares ante la Audiencia Provincial. Si se estiman, la cantidad que el administrador judicial debería devolver subiría a 470.000 euros.
 

kunk

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20 May 2008
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Hombre .....

Hay una salida para particulares sobreendeudados: robar un banco. Con el botín liquida la deuda, y luego, si te pillan, un par de años de guandoca que se quedan en unos meses por buena conducta y luego a la calle, libre y sin deudas.

Debe ser eso lo que quieren botín y compañía :rolleye::roto2:
 

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Las grandes auditoras podrán gestionar concursos

CAMBIOS EN LA LEY CONCURSAL

https://icjce.es/images/pdfs/noticias/2011/octubre/05oct/expansion_5oct_concursos.pdf



La reforma concursal ha sido el farolillo rojo de las leyes de esta legislatura hasta el último momento. El Boletín de las Cortes publicó ayer por fin el Proyecto de Ley que aprobó definitivamente el Congreso el pasado 22 de septiembre. Es la última ley que va a recoger el Boletín Oficial del Estado,
previsiblemente hoy o mañana. La versión definitiva contradice lo que la propia
Cámara Baja informó que había aprobado, para desconcierto del sector: las grandes auditoras sí que podrán ser administradores concursales. Aunque el PP, en concreto, su portavoz para Justicia y ponente de la reforma, Federico
Trillo, había alertado del peligro de que las Big Four y otras grandes auditoras puedan gestionar los concursos, no ha podido evitarlo.

Según manifestó Trillo, no es “justo, ni adecuado que sean las personas jurídicas auditoras las que se vayan a beneficiar casi en exclusiva de esta
reforma de la administración concursal”. A su juicio, “es un regalo innecesario, injustificado, impensable,contrario a los intereses de los colegios de abogados, economistas y auditores, y contrario al sentido común”.

En este sentido, Trillo afirmó que en los pueblos y ciudades de provincias “en donde no están las grandes siglas americanas o españolas de las auditorías” los pequeños y medianos empresarios y los profesionales del mundo del
Derecho y la economía “merecían más confianza y no estar en manos de la
invasión de estas grandes siglas”.

También podrá formar parte de la Administración Concursal “un abogado en ejercicio con cinco años de experiencia profesional efectiva en el ejercicio de la abogacía, que hubiera acreditado formación especializada” y economistas
que acrediten experiencia. Estos requisitos harán más difícil el ejercicio a algunos recién llegados.

Durante los últimos días,las informaciones sobre si se habría aprobado la inclusión de las personas jurídicas en la administración concursal eran
confusas.No todos los ponentes decían haber validado este punto, que salió de Consejo de Ministros y el Congreso aprobó en julio, pero que fue eliminado
para sorpresa del sector por PP y CiU en el Senado. El portavoz del PSOE atribuía la tardanza a que“se estaban puliendo deficiencias técnicas”.

Incógnitas

Otra de las incógnitas era si Hacienda podría recuperar el IVA de los concursos (ver EXPANSIÓN del pasado jueves 22 de septiembre). Sólo lo hará
a partir del 1 de enero de 2012 por un error técnico, ya que no se ha incluido en las disposiciones finales. A instancia de los bancos, lo que sí entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el BOE son los institutos preconcursales.

Para el Partido Popular, la ley “es incoherente y dispersa”. La pelota queda en el tejado del próximo Gobierno, al que la norma insta a realizar una verdadera reforma en los siguientes seis meses para incluir el concurso de la persona
física.