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Impresiones de la Reducción del Iva para la venta de viviendas nuevas en el blog de Esaú Alarcón.

Creo interesante su lectura

La reducción del IVA para la venta de viviendas o de cómo insultar la inteligencia de los ciudadanos ayudando a los amigos banqueros - FISCALBLOG

copio/pego
"Llega un momento en que uno no puede más. Es cierto que este blog, planteado apriorísticamente como un espacio de carácter técnico-fiscal (llamarlo científico podría ser excesivo), nunca ha negado la vertiente subjetiva de cada uno de los autores y colaboradores.

En otras palabras, desde este blog nunca hemos querido tratar los asuntos con una objetividad total, al modo de meras notas informativas, sino que hemos preferido aportar esa salsa de la vida que es la de los apegos internos de cada uno, eso sí, dejando de lado la pura demagogia e intentando tratar los asuntos desde una vertiente eminentemente técnica, de modo que jamás se nos puediera tachar de tendenciosos.

Para mí eso resulta sumamente fácil, pues carezco de ataduras de tipo alguno -político, étnico, moral, ético- por lo que se me podría considerar en cierto modo un “verso suelto” que dice, en cada momento, lo que le pasa por la entrepierna, sin más corsés que el respeto debido al tercero.

Pues bien, he de reconocer que me siento superado por las últimas medidas anticrisis publicadas en el BOE del sábado pasado -Real Decreto Ley 9/2011- por parte del Gobierno pues su puesta en marcha y, sobre todo, su justificación suponen un verdadero insulto a la inteligencia del electorado en general y, más aún, para los que nos tratamos cada día con impuestos, con lo que no soy consciente de si he llegado, incluso, a perder lo que yo denomino mi objetividad subjetiva.

Podría ser más sutil, lo sé, pero si grave es la calificación que doy a las medidas, más grave aún que un barco del tamaño de nuestra piel de toro tenga a los mandos a semejantes patrones o, más bien, pandilla de piratas.

Dicho esto, entraré de lleno en las medidas en cuestión, en lo que se refiere a materia fiscal, pues la única medida de reducción del gasto -farmacéutico- no tiene un carácter fiscal y, a pesar de dar nombre al instrumento legislativo, es de un calado económico más que dudoso, pues diversas Comunidades Autónomas, como Cataluña, ya la venían aplicando.

Pues bien, se prevé en primer lugar un nuevo mecanismo de cálculo del pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades para empresas cuya cifra de negocios supere los 20 millones de euros, estableciéndose el mismo en 8/10 partes del tipo de gravamen para las empresas con cifra de negocios entre 20 y 60 millones € y de 9/10 partes para las que superen los 60 millones €.

Cabe recordar que el cálculo para las Grandes Empresas cuya cifra de negocios no llegue a esos 20 millones de euros, continuará siendo aplicando las 5/7 partes al tipo de gravamen del IS.

Esta medida tiene carácter transitorio, para los ejercicios 2011, 2012 y 2013 y, como ya tuve ocasión de exponer en otro post, suponen un adelanto de un impuesto que muy probablemente se tendrá que devolver a la hora de efectuar la declaración definitiva, de modo que se podría catalogar como de “regalo envenenado” para el nuevo Gobierno resultante de las urnas tras las próximas elecciones y, lo que sí es seguro, es que no suponen ninguna mejora para la situación económica del país, sino una mera anticipación recaudatoria.

Adicionalmente y siguiendo con el Impuesto sobre Sociedades, también se amplía el plazo para la compensación de bases imponibles negativas (BINS), que pasa a ser de 18 años en lugar de los 15 actuales, estableciéndose que dicho plazo se aplicará a las BINS ya existentes con anterioridad a la entrada en vigor de la norma.

Como contrapartida, las empresas con una facturación superior a los 20 millones de euros -que parecen las verdaderas sacrificadas por este real decreto- tendrán unas limitaciones cuantitativas a la aplicación de las BINS generadas.

Como no, también aparece una medida dedicada al fondo de comercio, lo que me lleva a hacerme la siguiente pregunta: ¿qué sería de una ley sin que se modifique la normativa relativa a este aspecto contable? Parafraseando al general Millán Astray, fundador de la Legión Extranjera, que dijo aquello de “!Viva la Muerte y Muerte a los Intelectuales!” en el Paraninfo de la Universidad de Salamanca y ante la incredulidad de Don Miguel de Unamuno, a mí se me ocurre otro lema o enseña para este Gobierno: !Muerte a la seguridad jurídica!

En fin, la última medida, justificada por el portavoz gubernamental como nacida para favorecer la venta de viviendas, es una reducción -limitada temporalmente hasta el 31 de diciembre de este año- al tipo super reducido del 4% del IVA generado por la primera entrega -venta- de viviendas.

Esta ha sido la verdadera razón de la diatriba que supone este comentario, puesto que resulta evidente que el motivo por el que nace no es el facilitar al ciudadano la adquisición de viviendas, como se quiere vender por parte del Gobierno, sino echarle un cable a la banca para que esta se saque de encima su stock viviendas.

En efecto, si se hubiera querido favorecer la venta de viviendas, se hubiera reestablecido la deducción por adquisición de viviendas que el Ejecutivo no cejó en su empeño de eliminar. Además, la medida se debería haber hecho extensiva a las viviendas de segunda mano, que seguirán estando gravadas por el ITP a tipos del 7 u 8%, con la consiguiente discriminación injustificada de tributación, que pudiera resultar contraria a los Derechos Fundamentales.

En el mismo sentido, es por todos conocidos que hoy en día la concesión de créditos por parte de las entidades financieras está limitada a casos en que la vivienda en cuestión sea del propio banco, lo que comporta inexorablemente que los únicos beneficiados por la norma sean las entidades de crédito…

En otro orden de cosas, debería estudiarse si la medida incumple la Sexta Directiva y si es uno de esos casos en que debiera haberse solicitado la aplicación de una excepción a dicha normativa comunitaria, dejando de un lado la auténtica discriminación que supone que se considere a la vivienda como un producto menos gravado por IVA que otros de primera necesidad, como el transporte, la comida o las compresas…

En definitiva, todo un dislate, encubierto como medida para el impulso económico pero que no es más que una ¿postrera? ayudita a los bancos (y cajas, no lo olvidemos), que además de recibir dinero público para no irse a la quiebra, ahora ven como se activa su mercadeo persa con sus inmuebles.

No cae en saco roto la réplica que pronunció el pensador tras las citadas palabras del iletrado general Millán Astray. Dijo así Don Miguel: “Venceréis, pero no convenceréis, porque convencer significa persuadir, y para persuadir necesitáis algo que os falta: razón y derecho en la lucha. Me parece inútil pediros que penséis en España”… La historia siempre se repite."



saludos
Taltos


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