Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Inmobiliaria: El Tribunal Supremo consiente los desahucios por impago de IBI o gastos de comunidad en los alquileres de renta antigua
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Antiguo 23-jul-2011, 14:29
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El Tribunal Supremo consiente los desahucios por impago en los alquileres de renta antigua

El tribunal sentencia que puede haber desahucio si no se paga el Impuesto de Bienes Inmuebles, los gastos de comunidad u otros servicios.
El impago es "causa de resolución del arrendamiento", dice la sentencia
El Supremo obvia así la antigua Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, por la que se rigen los alquileres de renta antigua.


Una sentencia del Tribunal Supremo puede poner en peligro la situación de muchos inquilinos de renta antigua. El Supremo ha sentenciado que el inquilino de una vivienda puede ser desahuciado si no paga el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), los gastos de comunidad, así como otros servicios pese a que el contrato de alquiler se rige por la antigua Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.

La llamada "renta antigua", como se conoce a los contratos que siguen rigiéndose por la ley de 1964, protege mucho al arrendatario ya que, en determinadas ocasiones, sitúa al propietario de la vivienda en una posición de indefensión obligándole a continuar con el alquiler en unas condiciones menos ventajosas que las que ofrece el mercado.

En una sentencia fechada el 11 de julio de 2011, conocida ahora, el Supremo ha analizado el recurso interpuesto por el propietario de un inmueble arrendado que se regía por la denominada "renta antigua" y que pretendía desahuciar al inquilino porque no se hacía cargo del pago del IBI y de otros suministros.

Reiterados impagos

El alto tribunal ha resuelto en su sentencia un recurso de casación interpuesto por el propietario de una vivienda que durante varios años se vio obligado a abonar a la comunidad de propietarios los servicios y suministros de los que disfrutaba el inquilino, que se negaba a pagar.

Fruto de los continuados impagos, el propietario solicitó que se resolviera el contrato de arrendamiento de una vivienda que se había suscrito en 1980, alegando que el inquilino se negaba a asumir estos importes.

En su opinión, este impago le facultaba para resolver el contrato de alquiler ya que el arrendatario incumplía con su obligación de "abonar las cantidades exigibles al arrendatario por el coste de los servicios y suministros de la vivienda arrendada", como exigía la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.

Causa de resolución del arrendamiento

Tanto la Primera Instancia como la Audiencia Provincial sostenían que el pago del IBI no puede encuadrarse dentro de los gastos generales de ocupación de la vivienda y que, por tanto, su impago no le daba derecho a resolver el contrato y desahuciar al inquilino. El propietario recurrió hasta llegar al Supremo, que ahora le ha dado la razón.

La sentencia del tribunal reitera que "el impago del IBI y de los costes de servicios y suministros en los contratos de alquiler que existían en el momento de la entrada en vigor de la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos ha de considerarse como causa de resolución del arrendamiento".

La vigente Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 recoge en sus disposiciones transitorias que aquellos contratos que estaban en vigor en el momento de su aprobación seguirán rigiéndose por la ley de 1964.

Después, en diciembre de 2009, entró en vigor la ley del 'desahucio exprés', que suponía que el desahucio de los inquilinos morosos fuera más fácil.


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Antiguo 23-jul-2011, 14:31
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Antiguo 23-jul-2011, 14:45
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Iniciado por animosa Ver Mensaje
El Tribunal Supremo consiente los desahucios por impago en los alquileres de renta antigua




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Chica, tienes una avería mental con todo el rollo de los pisos,... que ni vives.

¿Solo hay inmuebles en tu vida?

Además de meterte en un lio espectacular al comprar un piso, que acabará con tu libertad futura y será tu ruina,... no veo qué interés puede tener estar todo el día pegado a chorradas relacionadas con los putos pisos.


Admite que el futuro es negro-grillo, y disfruta de lo que te toque en el día a día.
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2012 Desde la Exociencia:Cambios para la Humanidad.
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Yo pensaba que los inquilinos estaban exentos de pagar IBI,comunidad y demas,sean o no de renta antigua.
Tras leer esta noticia me surge la siguiente duda: ¿A partir de ahora TODOS los inquilinos estan obligados a hacer frente a estos costes,solo los de renta antigua, o solo los que hayan pactado asi el contrato con el propietario?


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Antiguo 23-jul-2011, 15:16
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Yo pensaba que los inquilinos estaban exentos de pagar IBI,comunidad y demas,sean o no de renta antigua.
Tras leer esta noticia me surge la siguiente duda: ¿A partir de ahora TODOS los inquilinos estan obligados a hacer frente a estos costes,solo los de renta antigua, o solo los que hayan pactado asi el contrato con el propietario?

Yo también me he quedado a cuadros.

En este puto país todavía cabe esperarse convertir lo negro en blanco, para salvar al dinosaurio, lo que sea

Última edición por Pensativo; 23-jul-2011 a las 15:21


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Antiguo 23-jul-2011, 15:29
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Hijos de la grandisima fruta...

¿En este puñetero país alguien se acuerda del art. 47 de la constituuu?

Nadie.

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pues me parece muy bien, si ademas de pagar una miseria no queria pagar ni la puta comunidad, comunidad que el se beneficiaba, ya sea en la limpieza de la escalera que EL utilizaba, ya sea en el ascensor que EL utilizaba o la luz de la escalera, que se joda y hubiese pagado.
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España esta llena de borregos, votáis a los mismos que os roban y aun sabiéndolo, volvéis a votarles, tenéis lo que os merecéis, lo malo es que pagamos justos por pecadores.


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  #8 (permalink)  
Antiguo 23-jul-2011, 15:37
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Lo siguiente será hacer una ley que declare que TODOS los contratos de arrendamientos en vigencia se regirán por la ley de 1994.

También deberían hacer una ley que diga que el precio de la renta será entre un mínimo del SMI y un máximo de un millon de euros. Las subidas del IPC serán IPC + 10% anual, renta doble en junio y diciembre, que el arrendatario pague el IBI, comunidad, seguros y putass.

Además, se reconocerá el derecho de pernada del propietario, la obligación del arrendatario de trabajar para el propietario en sus dias de libranza y las vacaciones, gratis, y que el arrendarario de gracias a Dios de que le hayan alquilado una vivienda de lujo de 40 m2 por 900€ al mes en 14 pagas.

.


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Antiguo 23-jul-2011, 15:44
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Yo pensaba que los inquilinos estaban exentos de pagar IBI,comunidad y demas,sean o no de renta antigua.
Tras leer esta noticia me surge la siguiente duda: ¿A partir de ahora TODOS los inquilinos estan obligados a hacer frente a estos costes,solo los de renta antigua, o solo los que hayan pactado asi el contrato con el propietario?


Los gastos que gravan la propiedad del inmueble corren a cargo del arrendador normalmente, así como los gastos de comunidad, corriendo a cargo del arrendatario los consumos por suministro de agua, etc.

Pero el IBI y la comunidad ya se podía pactar en el contrato que fuera a cargo del arrendatario. En el caso este del desahucio lo tendrían pactado así.
__________________

Alto Representante Para la Alianza de las Civilizaciones y Estrategias Nacionales del Dialogo Intercultural (ARs PACENDI).
Dinamizador del II Plan Nacional de la Nada con Sifón de la Dirección General de Brindis al Sol (Ars llevandi crudo)
Consejero Áulico de la Secretaría del Culto a la Personalidad Megalómana de Su Bobería Solemne (Ars sobreviviendi).
Intermediador de Ayuda a las c/c de Caciques y Causas Tercermundistas Pintorescas y/o Peregrinas. Experto en tácticas de despiste.


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  #10 (permalink)  
Antiguo 23-jul-2011, 15:51
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pues me parece muy bien, si ademas de pagar una miseria no queria pagar ni la puta comunidad, comunidad que el se beneficiaba, ya sea en la limpieza de la escalera que EL utilizaba, ya sea en el ascensor que EL utilizaba o la luz de la escalera, que se joda y hubiese pagado.

El piso también lo usa ÉL. ¿Le damos las escrituras?

Jodó con el sueño de la propiedás, que señoritingos, queremos el alquilés bien limpito de polvo y paja, sólo para cobrar y decidir, lo malo que se lo coma el otro.

Hidalgos....


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