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| Transcribo un artículo de Yahoo, en el que se habla de una sentencia del TS sobre los días de asuntos propios y su posible fin (o al menos de forma retribuida). ¿Adiós a los días de asuntos propios retribuidos? - Yahoo! Finanzas Todos los trabajadores cuentan, de acuerdo a la ley, con días de descanso, como vacaciones o permisos. Además, son numerosos los empleados que disponen de los conocidos como días de "asuntos propios", jornadas dedicadas a solventar cuestiones inaplazables y de interés para el trabajador. Pero esto puede cambiar por completo y convertirse en días "recuperables". Así lo ha considerado el Tribunal Supremo: más allá de que los trabajadores tengan derecho a solicitar estas licencias, deberán reponer las horas de ausencia hasta cumplir con el total de horas anuales obligatorias. Para cuestiones personales Casarse, ser padre, cambiarse de domicilio... Todas estas situaciones requieren tiempo. Y los trabajadores que se encuentren en cualquiera de ellas cuentan con la posibilidad de cogerse unos días de permiso, contemplados por ley. Tras notificarlo a la empresa, el empleado puede ausentarse de su puesto y cobrar de igual manera el mes completo. En estos casos, el trabajador debe justificar la causa, entre otros, con certificados médicos en el caso de enfermedad. Ahora bien, en algunos convenios colectivos de trabajo, el empleado puede disfrutar de los conocidos como días "de asuntos propios". Se reservan para que los empleados puedan resolver cuestiones de tipo personal de cualquier naturaleza durante la jornada de trabajo, sin necesidad de justificarlos ante la empresa. En estos convenios, se establece que solo se deberá avisar a la empresa con la suficiente antelación para que el normal funcionamiento de las tareas no se vea afectado. Lo habitual es que la cantidad de estos días esté determinada en el convenio colectivo o se pacte entre empresario y trabajador. Aunque en algunos casos no están retribuidos, muchos convenios los consideran como una de las tantas licencias en las que el trabajador tiene derecho a ausentarse del empleo y cobrar su salario. Algunos son de ámbito estatal, como el de empresas de seguridad, que establece el derecho de los trabajadores a un permiso retribuido de un día de asuntos propios; o el del personal laboral al servicio de la Administración del Estado, que garantiza seis días cada año natural para asuntos particulares. Lo normal es que no puedan acumularse a las vacaciones anuales retribuidas. Pero las cosas pueden cambiar, ya que un reciente fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo considera que los días "de asuntos propios" deben dejar de ser retribuibles, incluso cuando el convenio colectivo garantice su pago. Un caso que puede marcar el cambio El sindicato mayoritario de una empresa del sector de vigilancia y seguridad interpuso una demanda ante la Audiencia Nacional. Solicitaba que el día de permiso retribuido por "asuntos propios" regulado en el convenio colectivo estatal de su sector computase como jornada efectiva. La Audiencia Nacional falló a favor del sindicato, pero la empresa recurrió al Tribunal Supremo para manifestar su desacuerdo. Al final, se dictó sentencia en contra del trabajador. El Supremo se posiciona a favor de la empresa, a pesar de que esta aplicaba la interpretación que daban los sindicatos: es decir, el día de asuntos propios computaba como parte integrante de la jornada efectiva de trabajo anual. La empresa argumentó que lo había considerado de esta forma debido a un error y que por eso había solicitado a sus empleados que recuperaran ese tiempo de trabajo perdido. Los argumentos El nudo central de los argumentos del Tribunal Supremo es que los días de permiso por "asuntos propios" no pueden computarse como jornada efectiva de trabajo. Por ello, deben recuperarse hasta completar el total de horas anuales que manda el convenio. En la sentencia se deja claro que son tiempo de libre disposición del empleado y que no pueden considerarse como tiempo de trabajo real porque se interrumpe su obligación y se ausenta de su puesto de trabajo sin cumplir sus funciones. El Tribunal Supremo prima la norma sobre la jornada (cumplimiento de la jornada anual) respecto a la de los permisos. Esto no quiere decir que los trabajadores no puedan solicitar el día por "asuntos propios", sino que se les impone la obligación de recuperarlo. Para saber si en la actividad que se desarrolla por cuenta ajena se tiene derecho a esta licencia, es necesario acudir al convenio colectivo de aplicación en el sector, ya que no hay regulación expresa al respecto en el Estatuto de los Trabajadores.
__________________ A las mariscaaaadas!!! |
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| En cambio a la administración no se le impone la obligación de establecer horarios compatibles con los de los trabajadores. Esto es, se supone que uno tiene la propiedad de ubicuidad, y puede estar trabajando el día entero, y además estar en varios sitios a la vez para solventar esos "asuntos propios" de los que nadie se puede librar y que requieren tiempo; así es que para hacer trámites y burocracia insoslayable los trabajadores se tendrán que buscar la vida, como si fuera un asunto propio, cuando muchas veces serán asuntos relacionados con obligaciones hacia el Estado. Lo mismo las visitas al médico, dentista, días especiales con niños, etc: se supone que usted no tiene una vida, sino que es una mera vaca a ordeñar. Como la gente suele tener los días ocupados de lunes a viernes con el horario de trabajo, la sentencia viene a decir que usted se debe gastar las vacaciones en cubrir asuntos "propios" como trámites burocráticos, visitas al médico (haber nacido usted perfecto), atender a niños enfermos (quién le manda a usted reproducirse), etc. Estupendo. Hay un libro llamado "un día en la antigua Roma", de Alberto Angela, donde se describe el día a día en torno al año 100 dC. Los ciudadanos de Roma tenían que trabajar hasta las 12 de la mañana, desde las 6, quizá hasta algo más tarde en (no demasiados) casos, o incluso en otros horarios para profesiones muy específicas. En general, a partir del mediodía el ciudadano podía hacer su vida, una vez cumplidas sus obligaciones. Hasta los Emperadores (que era lo que ya había) comprendían que los ciudadanos necesitaban tiempo para hacer su vida (sus asuntos verdaderamente propios). Última edición por cuidadin; 18-jul-2011 a las 18:27 |
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En cambio a la administración no se le impone la obligación de establecer horarios compatibles con los de los trabajadores. Esto es, se supone que uno tiene la propiedad de ubicuidad, y puede estar trabajando el día entero, y además estar en varios sitios a la vez para solventar esos "asuntos propios" de los que nadie se puede librar y que requieren tiempo; así es que para hacer trámites y burocracia insoslayable los trabajadores se tendrán que buscar la vida, como si fuera un asunto propio, cuando muchas veces serán asuntos relacionados con obligaciones hacia el Estado. Lo mismo las visitas al médico, dentista, días especiales con niños, etc: se supone que usted no tiene una vida, sino que es una mera vaca a ordeñar. Como la gente suele tener los días ocupados de lunes a viernes con el horario de trabajo, la sentencia viene a decir que usted se debe gastar las vacaciones en cubrir asuntos "propios" como trámites burocráticos, visitas al médico (haber nacido usted perfecto), atender a niños enfermos (quién le manda a usted reproducirse), etc. Estupendo. Veo que comprendes el significado del concepto de Estado. Algo parecido sucede con Hacienda: no sólo le pagas, sino que además debes preocuparte de "arreglar" tú mismo los papeles o que te los arregle una gestoría pagada con tu dinero, y si algo está mal, luego pagas con recargo.
__________________ A las mariscaaaadas!!! Última edición por sindicalista; 18-jul-2011 a las 18:35 |
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| Esto se aplicará a la privada, a la pública yo os digo yo que los días por asuntos propios ni tocarlos. Como diria Toxo, es un derecho adquirido por los trabajadores públicos con el sudor de su frente y nadie lo va a tocar... |
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| poco me parece a estos sinvergüenzas vividores y sangüijuelas cuanto mas caña les demos mejor ira el pais, son una autentica lacra, son el cancer de la sociedad, cuando coño habilitaran el despido a esta gentuza panda de hijos de fruta, el pais con mas funcis de toda europa y nos vamos al garete, y de quien es la culpa? nuestra, claro
__________________ "Autor de la gran frase: pues yo veo las terrazas llenas y los restaurantes a rebosar" |
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| Son una absurda reliquia.
__________________ “There is no means of avoiding the final collapse of a boom brought about by credit expansion. The alternative is only whether the crisis should come sooner as a result of the voluntary abandonment of further credit expansion, or later as a final and total catastrophe of the currency system involved.” - Ludwig von Mises, "Human Action, A Treatise of Economics" Yale University Press, 1949 |
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| Primera gilipollez: ¿porqué pone en el titular Sector Público: el fin de los días de asuntos propios, cuando la sentencia se refiere a un empresa privada del sector de la seguridad?, viva la precisión en las noticias... Segunda gilipollez: pocos funcis y personal laboral usan los días llamados de asuntos propios, entre otras cosas porque no se cobra el sueldo correspondiente a ese/esos día/s... supongo que el ínclito autor se refiere a los moscosos, o más propiamente asuntos particulares... en fin en su línea de "coñocimiento"... por cierto, Hispanistán no es el país con más funcis de toda Europa... incluso si consideramos a todos los empleados públicos estamos en la parte media-baja de la tabla... repetir millones de veces una mentira sólo hace que quien lo diga machaconamente demuestre ser un retarded o, peor aún, un ente atávico sin conciencia moral similar al tonto... Sin acritú...
__________________ ![]() La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad, así como por la honra se puede y debe aventurar la vida... Última edición por burbujadetrufas; 18-jul-2011 a las 19:04 |
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Veo que comprendes el significado del concepto de Estado. Según la firma del forero almirante blas de lezo, ya el padre Juan de Mariana se dio cuenta perfecta de eso en el siglo XVI: "Todos quieren vivir del estado, pero pocos saben que es el estado el que vive de todos". Por lo demás, y en relación al n-ésimo ataque estandar a la existencia de funcionarios, no le estaría mal a alguno tener un sueño de esos que se viven como realidad en el que dejaran de existir los funcionarios médicos, los funcionarios profesores, los funcionarios del Registro, los funcionarios policías de barrio, y tuviera necesidad de alguno de ellos para curarse, educar a un hijo por poco dinero, demostrar que su casa es suya en caso de que se la oKupen, salir con bien de un asalto callejero, etc... |
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poco me parece a estos sinvergüenzas vividores y sangüijuelas cuanto mas caña les demos mejor ira el pais, son una autentica lacra, son el cancer de la sociedad, cuando coño habilitaran el despido a esta gentuza 2 lanza que rompo semi-defendiendo a los funcis... O yo he leído otro artículo o en éste se habla de funcis y empresa privada????. En muchas empresa privadas NO vinculadas a Estado/Comunidades Autónomas/MUnicipios existen los días de asuntos propios. Sobre lo de " el país con más funcis de Europa"...yo también pensaba lo mismo hasta que un forero me dió un bofetón con datos, además de explicar que empleado público no es igual a funci. Hay 4 tipos: funci de carrera, interino, personal laboral y personal eventual. Respecto al tema de "habilitar el despido a esta gentuza"...creo que sabes perfectamente que está habilitado, sólo faltaría!. Quizás empatizo hoy más con los funcis desde que el viernes pasado en tráfico aluciné con 2 de ellos. Fuí a poner un vehículo a mi nombre tenía todos los papeles excepto el impuesto circulación y en tráfico es condición imprescindible...bien cuando comento en información que está pagado dicho impuesto pero estoy a la espera de que el ayto envíe el justificante me informa que pase a la ventanilla vehículos y que lo comente a ver si lo pueden/quieren comprobar...así lo hice y así lo hizo el funci. Vehículo a mi nombre previa comprobación sin presentar dicho justificante. Joder 2 funcis a los que no conocía de nada haciendo una excepción, a la que NO están obligados y creo NO pueden hacer, para ahorrarme otra mañana en tráfico cuando recibiera el justificante. |
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| Recuerdo como en determinada institución insular los funcionarios "guardaban", sin sonrojarse, los días de asuntos propios para sumarlos a los puentes navideños y pegarse unas buenas vacaciones.
__________________ El objetivo nº1 debería ser impedir que dedicarse a la política sea un buen negocio. Forero dixit |
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