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| Buenas, expongo caso que se me planteó el viernes pasado, a ver si alguien lo ve viable: Aparece señor de unos 40 años, y me explica su vida: Resulta que el señor es propietario de un piso (titular del 100% de la propiedad), pero el piso se encuentra hipotecado, estando pendiente de pagar gran parte de la deuda, siendo titulares de la deuda él y su esposa. Hasta ahí, todo normal; luego me cuenta que se ha divorciado hace dos meses, y que en el acuerdo de divorcio aprobado por el juez se le atribuye el piso a su mujer, al igual que la patria potestad del hijo. Y resulta que el hijo tiene una minusvalía de cojones. Y resulta que han pensado él y su esposa hacer donación del piso al hijo, menor de edad y con una minusvalía psíquica más que importante. Y lo más guay: TODO SIN DECIR NI MÚ AL BANCO. Parece operación redonda, porque la donación a descendientes de vivienda habitual está muy bonificada fiscalmente, y al ser el hijo minusválido, aún más: total, que no tendrá que pagar nada de impuestos por aceptar la donación. Eso sí, me dicen que la hipoteca se la siguen quedando los padres, que aunque estén separados, pagarán religiosamente hasta el último céntimo. Visto el panorama, yo desconfio. Supongo que lo hacen para ponerlo a nombre del hijo sin consentimiento del banco para, pasados unos meses, dejar de pagar. Sabiendo que la obligación de pagar es de los padres, si estos no pagan, el banco irá a ejecutar el bien inmueble. Pero si este está a nombre de un menor y, encima es incapaz de por vida... ¿que coño puede pasar ahí??? La escritura de hipoteca no hace referencia a resolución anticipada en caso de donación, y el Notario ya le ha dicho que eso se firma sin problemas, que vengan ambos padres a firmar en nombre del hijo, sin consentimiento del banco, y p'alante. Puede montarse un buen pitote?? yo no lo veo tan claro, creo que existe contraposición de intereses entre los padres y el hijo, al existir una hipoteca pendiente de pagar, pero el Notario me comentó que él no lo ve así, porque la deuda no la transmiten, y en principio se tendría que hacer caso de la buena fe de los padres, que pagarán la hipoteca. Al comentarle que sigo sin verlo, porque existe una carga real que puede perjudicar al incapaz si dejan de pagar, me comenta que el IBI también es una carga, y no por eso las donaciones se convierten en "venenosas" Yo no lo veo bien... opiniones??? ![]() venga, que regalo thanks |
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| ¿y tu quien eres? ... ¿su confesor? ... ¿director espiritual? ... ¿Pepito Grillo?
__________________ ![]() El idealismo aumenta en proporción directa de la distancia que nos separa del problema |
| Estos usuarios dan las gracias a agropecuario por su mensaje: | ||
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| Qué mal huele eso. |
| Estos usuarios dan las gracias a computer_malfuction por su mensaje: | ||
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| alzamiento de bienes?? mínimo han de pasar dos años antes de dejar de pagar una cuota...... vamos desde mi ignorancia... Y además si hay un menor por el medio y discapacitado igual al juez que le toque no lo ve como que le hayan hecho un favor al chaval. |
| Estos 3 usuarios dan las gracias a EL CORRAL DE LA PACHECA por su mensaje: | ||
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| Esa peli ya la he visto, sale Toni Leblanc. Pero en vez de un piso es una estampita.
__________________ “There is no means of avoiding the final collapse of a boom brought about by credit expansion. The alternative is only whether the crisis should come sooner as a result of the voluntary abandonment of further credit expansion, or later as a final and total catastrophe of the currency system involved.” - Ludwig von Mises, "Human Action, A Treatise of Economics" Yale University Press, 1949 |
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| Artículo 248. 1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. 2. También se consideran reos de estafa: Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
__________________ Parecen iguales, pero no lo son: ![]() |
| Estos usuarios dan las gracias a terraenxebre por su mensaje: | ||
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| ¿Y el notario qué coño va a decir? Si los notarios no han dicho ni mú en todos estos años pasados en los que han visto todo tipo de delitos que han sancionado con su sacrosanta firma, si han participado en una buena parte de los chanchullos inmobiliarios de medio país, si han sido cómplices indispensables en todo el sarao de la burbuja ¿ahora que va a decir? Pues no va a decir ni pío más allá de que se lo ponga ud. por delante rapidito porque hay que firmar antes de que se espanten porque de algún modo hay que mantener el negocio ahora que se firma menos ¿o no? |
| Estos 2 usuarios dan las gracias a pringaete por su mensaje: | ||
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| El notario debe estar desesperado por pagar las letras de su megayate, porque debería advertirles de que, como poco, es susceptible de acción rescisoria por fraude de acreedores, más aún, podría darse el caso de que, si el fiscal se entera de que se ha producido esta transmisión, asumir la defensa del menor por contradicción de intereses, y plantear él mismo la acción rescisoria sin esperar a que el banco lo haga (que lo hará, no lo duden), incluso podría solicitar el nombramiento de un tutor para los bienes del menor o un defensor judicial quien también podría instar la rescisión de esa transmisión "inocente". Pero bueno, una minuta es una minuta, y como de los consejos no queda nada por escrito, y además no va a constar en la escritura el "consilium fraudis", no adquiere responsabilidad alguna, además de que "la buena fe -en este caso, la de los padres- se presume ex lege, claro que también cuentan las acciones coetáneas e incluso posteriores de las partes, a efecto de prueba ante el tribunal que conozca de la acción.......................qué pillines los notarios, qué pillines........ Última edición por rechi; 10-jul-2011 a las 07:16 |
| Estos 2 usuarios dan las gracias a rechi por su mensaje: | ||
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| Yo pienso que para cambiar la titularidad de la vivienda hace falta cancelar la hipoteca o subrogación de la mísma. Puede ser que los titulares se subroguen o hagan de avalistas en la hipoteca. Que figure el hijo como propietario y ellos como avalistas del pago de la hipoteca. En la ley hay excepciones para no pagar impuestos de transmisión, como por ejemplo que el marido ponga a la esposa como copropietaria de la vivienda. Por lo que no veo nada raro en que se paguen pocos impuestos de transmisión en este caso. Yo no veo delito ni nada conspiranoico en este caso. Lo que pasa es que el propietario no habrá contado toda la película con lo del banco o no ha sabido explicarse, que hay mucho enterao por la vida. |
| Estos usuarios dan las gracias a patroclus por su mensaje: | ||
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| La hipoteca es del piso, no de los padres. No se paga el préstamo, pues se ejecuta la hipoteca, sea quien sea el propietario actual. |
| Estos 2 usuarios dan las gracias a El_Presi por su mensaje: | ||
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