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  Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Pregunta: ¿Cuanto puede costar el papelito del notario de cancelar una hipoteca?
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  #21 (permalink)  
Antiguo 30-jun-2011, 21:06
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año 2008, Asturias, que me imagino que esto también ira por autonosuyas, 443,00 leuros, para cancelar una hipoteca de 52.000 leuros.
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Salvados 7/10/2012, "los rescates son para que cobren nuestros bancos" dicho por asesor de Ángela Merkel, Juergen Donges, en perfecto castellano
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  #22 (permalink)  
Antiguo 30-jun-2011, 21:09
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Estoy bastante intrigado por este tema: ¿alguien me puede aclarar si realmente los notarios sólo pueden cobrar por un "documen to sin cuantía" como especifica la ley 41/2007? Esta ley hace referencia a este Real Decreto:
Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Notarios.
en la que se especifica que sólo pueden cobrar unos 30 euros.

Como sea cierto voy a llamar al director de la sucursal (esta mañana me pedía una provisión de fondos de 800 euros) y al notario para hablarles de su progenitora.

Saludos.
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  #23 (permalink)  
Antiguo 30-jun-2011, 23:41
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Iniciado por bumbuja Ver Mensaje
Parece que voy encontrando cosas: en la Ley 41/2007, de 7 de diciembre (http://www.boe.es/boe/dias/2007/12/0...0593-50614.pdf), en el Capítulo V - Costes arancelarios, se dice claramente:

"Para el cálculo de los honorarios notariales de las escrituras de subrogación, novación modificativa y cancelación, de los créditos o préstamos hipotecarios, se aplicarán los aranceles correspondientes a los «Documentos sin cuantía» previstos en el número 1 del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Notarios."

Y dice lo mismo para el Registro. ¿La Ley que cito es la correcta en este caso? ¿Hay alguna mas reciente?

Seguiré investigando.


Saludos.

Me parece que aquí hay "tema", sobre todo en el artículo 10.
Gracias, me lo estudiaré por lo que me toca a toro pasado y pagado como un cabrón .

HDLGP.
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  #24 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 07:25
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Iniciado por sandokan31416 Ver Mensaje
Me parece que aquí hay "tema", sobre todo en el artículo 10.
Gracias, me lo estudiaré por lo que me toca a toro pasado y pagado como un cabrón .

HDLGP.

Esta mañana llamaré al notario y le hablaré de este tema, a ver qué dice. Os mantendré informados.

Saludos.
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Estos 2 usuarios dan las gracias a bumbuja por su mensaje:
  #25 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 07:59
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Como han dicho más arriba el notario sólo puede cobrarte por la cancelación lo que marca el arancel para los documentos sin cuantía (una ridiculez no se si 20 o 30 euros pero creo que por ahí anda).

El truco está en que eso es lo que te cobra por la parte "pública" de su función. Luego por la parte "privada" te puede cobrar lo que le dé la gana como gasto de gestión (p. ej. el notario puede realizar la inscripción al registro pero te cobrará lo que cobre el registro más lo que él quiera por las molestias de hacértelo.).

Yo miraría otros notarios y compararía precios.
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  #26 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 08:20
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Iniciado por Sigvald Ver Mensaje
Como han dicho más arriba el notario sólo puede cobrarte por la cancelación lo que marca el arancel para los documentos sin cuantía (una ridiculez no se si 20 o 30 euros pero creo que por ahí anda).

El truco está en que eso es lo que te cobra por la parte "pública" de su función. Luego por la parte "privada" te puede cobrar lo que le dé la gana como gasto de gestión (p. ej. el notario puede realizar la inscripción al registro pero te cobrará lo que cobre el registro más lo que él quiera por las molestias de hacértelo.).

Yo miraría otros notarios y compararía precios.

Gracias por la respuesta. De todas formas me choca que puedan cobrar lo que quieran por cualquier gestión, puesto que en este caso no veo qué sentido tienen las tarifas establecidas por ley (establecerían un mínimo en lugar del máximo como sería normal).


Saludos.
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  #27 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 08:26
Avatar de giusepo_2006
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Iniciado por bumbuja Ver Mensaje
Estoy bastante intrigado por este tema: ¿alguien me puede aclarar si realmente los notarios sólo pueden cobrar por un "documen to sin cuantía" como especifica la ley 41/2007? Esta ley hace referencia a este Real Decreto:
Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Notarios.
en la que se especifica que sólo pueden cobrar unos 30 euros.

Como sea cierto voy a llamar al director de la sucursal (esta mañana me pedía una provisión de fondos de 800 euros) y al notario para hablarles de su progenitora.

Saludos.

Manuel S se benefició de la desorganización del momento...

Ahora los notarios ya se ha organizado y han sacado una circular que "justifica" lo injustificable... que la cancelación hipotecaria no es un documento sin cuantía, y que no es de aplicación la Ley 41/2007, porque según ellos (que son juez y parte) lo relativo a cancelaciones de la Ley solo sería aplicable a novaciones y subrogaciones , que según ellos es el único ámbito de aplicación de la Ley.

Después de esta circular de la Dirección Nacional del Notariado será raro que algún notario te cobre como documento sin cuantía y aplicarán los aranceles del 89 de documentos con cuantía.

Me ahorro calificativos.
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"Yo he visto cosas que vosotros no creeríais... firmar hipotecas más allá de 30 años. He visto zulos C brillar en la oscuridad como si valieran 300.000 euros. Todos esos momentos se perderán en el tiempo como lágrimas en la lluvia. Es hora de morir."
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Antiguo 01-jul-2011, 08:50
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Iniciado por giusepo_2006 Ver Mensaje
Manuel S se benefició de la desorganización del momento...

Ahora los notarios ya se ha organizado y han sacado una circular que "justifica" lo injustificable... que la cancelación hipotecaria no es un documento sin cuantía, y que no es de aplicación la Ley 41/2007, porque según ellos (que son juez y parte) lo relativo a cancelaciones de la Ley solo sería aplicable a novaciones y subrogaciones , que según ellos es el único ámbito de aplicación de la Ley.

Después de esta circular de la Dirección Nacional del Notariado será raro que algún notario te cobre como documento sin cuantía y aplicarán los aranceles del 89 de documentos con cuantía.

Me ahorro calificativos.

Dentro de un rato voy a llamar a las 5 notarías que he encontrado en la zona para confirmar todo esto, pero si es como dice giusepo_2006 creo que aparte de ser unos ***** podría ser simplemente ilegal. Mis conocimientos de leyes son nulos, pero me parece de cajón que una circular de la Dirección Nacional del Notariado no puede contravenir una ley superior.

¿A qué organismo se tiene que recurrir para un caso como este? ¿Alguna idea?


Saludos!
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Estos usuarios dan las gracias a bumbuja por su mensaje:
  #29 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 09:29
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Acabo de hablar con 3 notarías (las otras 2 no contestan):

1- Me dice que me van a cobrar unos 100 euros (150 como mucho).

2- No me puede decir una cantidad por teléfono, pero en ningún caso es un doc sin cuantía, ya que lo calcula el programa informático y es "con cuantía".

3- Unos 200 euros. También me dice que es un docuemnto con cuantía. Le comento lo de la Ley 41/2007 y el Real Decreto pero me dice que ellos se rigen por otra ley (aunque no me puede decir cual es).


Esto es acojonante.
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  #30 (permalink)  
Antiguo 01-jul-2011, 10:46
Avatar de Gliese
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Aqui tienes la tabla de aranceles que, segun la web de notarios, es la que esta vigente.
Dale una mirada porque estos aranceles tienen descuento del 25% y 50% en viviendas.
Tambien estan los de registradores.

http://www.notariado.org/liferay/c/d...&groupId=10218

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Gastos de notario: fijos y variables

Testamentos, poderes, actas, capitulaciones matrimoniales… tienen un coste fijo de notario. Están socialmente primados para ser accesibles a todos los ciudadanos (un testamento, por ejemplo, no supera los 40 euros).

Otros documentos notariales tienen un coste variable que dependerá del precio o valor de los bienes objeto del negocio documentado. Por ejemplo la intervención de un notario en la compraventa de una vivienda de 120.000 euros tendrá un coste de unos 390 euros y la constitución de una hipoteca de 120.000 euros costará al usuario unos 560 euros. Para obtener más información al respecto puedes consultar directamente con el notario que hayas elegido. (segun tabla aranceles, ver enlace anterior)

Honorarios notariales. Cuánto cuesta un notario. - notariado
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