Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > ¿Alguien sabe los del PER computan como parados?
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Antiguo 09-may-2011, 12:22
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Hoy en una conversación sobre lo mal que va todo, nos surgió la duda sobre si los perceptores del PER computan a efectos de parados en las estadísticas.

A mi me suena que no, pero no lo puedo asegurar ¿Alguien lo sabe con certeza?

Si es que no, ¿a cuanto ascendería el paro en Andalucía en caso de computarlos?

En cualquier caso considero el PER una aberración, que además es discriminatoria para con el resto de ciudadanos de esta mierda de estado que pagamos nuestros impuestos. Recordemos que el PER sólo se aplica a andaluces y extremeños.

¿Cómo es la ratio actual de días “trabajados”/días chupando del bote? Creo recordar que trabajando 40 días, pueden estar un año tocándose las bolas… Cuando el resto de trabajadores necesitamos currar un año entero para que nos den 4 meses de paro.
Si algo bueno va a traer la intervención del FMI va a ser la eliminación de esta institucionalización del subsidio a la “fatiguiya” andalusí.

Última edición por madmaxtimeiscoming; 09-may-2011 a las 12:30


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Antiguo 09-may-2011, 12:57
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No. Los perceptores del PER sólo computan como voto cautivo del PSOE.
__________________

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que con tanto trabajar me estoy perdiendo las magníficas oportunidades que el Sistema me brinda!


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Antiguo 09-may-2011, 13:32
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El dato de paro registrado (4,27 millones) no incluye a los perceptores del subsidio agrario (unos 160.000), entran en el segundo apartado, que también incluye a los parados haciendo cursillos.



No es casualidad que dos tercios de los parados en "OTROS NO OCUPADOS/TEASS" estén en Andalucía y Extremadura.

Si contamos a estos, el paro registrado en Andalucía estaría en 1.100.000 personas, el cual coincide aproximadamente con el dato de la EPA.

Los detalles los puedes encontrar aquí, en la página 19 de este PDF.

Y lo que significa cada apartado:
Cifras: resumen de datos estadísticos. SPEE.
A partir de mayo de 2004 se ofrece información sobre demandantes de empleo clasificando estas solicitudes en tres grupos:

Ocupados: son aquellos demandantes que teniendo ya un empleo buscan uno mejor o compatibilizarlo con el que ya realizan (ejemplo: mejor empleo, pluriempleo, etc).
Con disponibilidad limitada: son aquellos demandantes, sin empleo, que indican en su solicitud condiciones especiales de trabajo (ejemplo: sólo a domicilio, teletrabajo, en el extranjero, etc).
Demandantes de empleo no ocupados (DENOS): este grupo de demandantes de empleo lo componen aquellos que ya se consideraban parados en las estadísticas tradicionales del SPEE (antiguo INEM) y algunos colectivos que, aún no considerándose como desempleados por éstas, como los demandantes de servicios previos al empleo, sí se incluyen como parados en la Encuesta de Población Activa, que a los parados registrados les agrega colectivos tales como estudiantes, trabajadores eventuales agrícolas subsidiados, etc.

El PER son seis meses de subsidio después de haber trabajado como mínimo 35 jornadas.

Mucha gente piensa que un trabajador agrario hace sus 35 jornadas y después tiene garantizados seis meses de subsidio, y repite el ciclo indefinidamente. Esto no es cierto, puesto que uno de los requisitos para optar al subsidio es no haberlo cobrado en los tres años anteriores. Es decir, que el PER puede ser percibido, como máximo, 6 meses de cada 42.

Es decir que, si por ejemplo, un trabajador termina hoy sus 35 jornadas, puede percibir el subsidio hasta noviembre de este año, pero no podría volver a cobrarlo hasta noviembre de 2014.


http://www.fileden.com/files/2007/10...PES%202009.pdf

Última edición por Mr. Pwnage; 09-may-2011 a las 13:39


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