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| Sobre el tema de alquiler de temporada, he encontrado esta pagina www.casaspain.com/wesp/info_propietarios.asp Y me quedo con esto: Por otro lado, si no se formaliza el contrato por escrito y se califica como "alquiler de temporada" se aplicarán todas las prescripciones del alquiler de vivienda sin duda, mucho más beneficiosas para el inquilino. Como ejemplo, la LAU establece un plazo mínimo de duración de cinco años en beneficio del inquilino, derecho a adquirir la vivienda, si el inquilino abandona la vivienda su cónyuge o pareja de hecho pueden continuar con el contrato de arrendamiento, etcétera. Que a mi entender quiere decir que debe especificar en el contrato que es un alquiler de temporada. Aun asi en el caso de que fuera un alquiler de temporada no le pagues el seguro, que no es tu obligación.
__________________ - El hecho de que no podáis imaginar una cosa no la excluye de la realidad. -Si no puedes deslumbrar con tu sabiduría, desconcierta con gilipolleces. |
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| La ley está de tu mano, cucha. ¿Y sabes qué tienes que hacer? NADA. Simplemente decirle que no piensas pagarle más, y punto. Si quiere tirarte, tendrá que denunciarte, y acabará perdiendo el juicio... Lo de empadronarse y todo eso tal vez esté bien, pero bueno, si te dan el padrón por presentar el contrato de alquiler, digo yo que el mismo contrato también valdrá ante un juez para demostrar que vives ahí. Por tanto: tú sigue como hasta ahora, y ya está. Y a él le dices educadamente que sus problemas de financiación no te importan, que son precisamente eso, suyos.
Iniciado por cucha Ey! ¿Dos meses de fianza es ilegal? |
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| Ya puestos sobre el tema, tengo una duda sobre alquileres por habitaciones. Tengo un colega que se ha ido a vivir en un piso que la dueña alquila por habitaciones. En su contrato pone que es de 6 meses. ¿Es legal? ¿Le aplica la LAU en las mismas condiciones? ¿Tiene derecho también a los 5 años de alquiler sólo con la subida del IPC o es diferente? ¿Quién tiene que cambiar una bombilla del salon si se funde o un frigorífico si se estropea? Si la dueña decidiera irse a vivir a ese piso... ¿tendría derecho a entrar en la habitación de mi colega? Entrando en temas más generales, ¿son legales cláusulas del tipo? - No puedes traer visitas (cuando el dueño vive dentro del piso) - No pueden vivir animales - No se pueden poner pancartas en la fachada |
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| Consulta un abogado, lo vas a acabar necesitando. Bastará con que llame al arrendador y tengas todo arreglado. Es una pasta, pero menos de lo que querrá clavarte el caserete. Está bien informarte en un foro, pero el siguiente paso es un abogado. Llamadita del ilustre al casero y más suave que un guante. |
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| Mira, no aconsejéis no pagar por que entonces es cuando le buscan las cosquillas. Yo creo que la mejor opción es que consultes un abogado que no te costará tanto y así sabrás al 100% que puedes hacer. Creo que tienes todas las de ganar ante ese abuso. Yo creo que es facilmente demostrable que no se trata de un alquiler de temporada así que de subir el alquiler lo que le brote nada de nada. Si quiere echarte para clavarle a otro su subida de hipoteca (que encima tiene el morro de decirte que lo tienes que asumir tu) que pague la indemnización correspondiente. Pero lo dicho, por mucho que aquí "sospechemos que" o "creamos que" asesorate con alguien que entienda. |
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