Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Rechazan un recurso del BBVA contra la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria
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Antiguo 09-abr-2011, 15:19
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* El fallo subraya que "no parece irrazonable o arbitrario mantener que, si el banco se queda con un inmueble, al menos en dicha parte el crédito está resarcido".
* El pasado noviembre la Audiencia Provincial de Navarra había sentenciado a favor del hipotecado, auto que la entidad bancaria recurrió.

Rechazan un recurso del BBVA contra la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria - 20minutos.es - El medio social


La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado el recurso de nulidad planteado por el BBVA contra el auto dictado por este mismo tribunal, en el que consideró que un hipotecado podía saldar su deuda con la entrega de la vivienda a la entidad bancaria.

Fue el pasado mes de noviembre cuando la titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Estella sentenció a favor del hipotecado, auto que el BBVA recurrió ante la Audiencia de Navarra, cuya Sección Segunda dictó en diciembre un auto desestimatorio.

La entidad bancaria presentó entonces contra esta última decisión un recurso de nulidad por entender que el fallo era contrario al derecho constitucional a la ejecución de lo resuelto y por lesión del derecho a la tutela legal efectiva al entender que una "interpretación irrazonable y arbitraria" es la que llevó a la sala a desestimar el primer recurso.

El derecho a la tutela judicial efectiva debe predicarse para ambas partes y no solo para el BBVA

Ahora, esta nueva sentencia precisa que el BBVA en su recurso de nulidad vuelve a exponer los argumentos ya utilizados en el recurso de apelación cuando no se puede entrar en el fondo de la cuestión en litigo "sino únicamente denunciar y en su caso subsanar la vulneración de un derecho fundamental" y "en consecuencia no procede revisar la fundamentación jurídica" por la que fue desestimado aquel recurso de apelación.

Lo que sí se ha examinado, añade el fallo, es si se ha incurrido en defectos procesales susceptibles de infringir un derecho fundamental, tales como la falta de motivación o si ésta es "irracional y arbitraria".

Sostiene así en cuanto a la motivación que la "mera lectura" de aquel auto "acredita" la existencia de "argumentos jurídicos basados en los datos fácticos de la causa litigiosa", aunque la resolución "no haya gustado o sea contraria a los intereses de la parte" recurrente.

Y añade que "el derecho a la tutela judicial efectiva debe predicarse para ambas partes litigantes y no solo para el BBVA".

Además el tribunal dice no entender a qué se refiere el recurrente cuando habla de una motivación "extravagante", que liga a "irrazonable y arbitraria", salvo que signifique que "hoy por hoy no es mayoritaria", pero aun así subraya que la misma estuvo "fundada en derecho" y destaca al respecto que de hecho posteriormente otros órganos judiciales se han pronunciado en el mismo sentido, un Juzgado de Sabadell ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad y se ha abierto "un intenso debate social y doctrinal".

"Por otra parte, no admitimos que se tache de irrazonable o arbitraria nuestra resolución", añade, y puntualiza que con base en los datos obrantes en la causa, "entre otros la propia valoración del inmueble dada, aceptada e impuesta por el BBVA a efectos de subasta", se consideró que el crédito reclamado por el banco "ya estaba satisfecho" puesto que no acreditó "por falta de diligencia" que valiera menos ahora que en el momento de concesión del préstamo.

Así, subraya el fallo, "no parece irrazonable o arbitrario mantener que, si el banco se queda con un inmueble, que él mismo valora en una cantidad superior al principal del préstamo, al menos en dicha parte el crédito está resarcido".

La sala rechaza también los argumentos del recurrente contra la "reflexión o llamada de atención" que el anterior fallo hacía en torno a la crisis y los embargos hipotecarios ya que "no constituyen la razón jurídica o fundamento jurídico" y las consideraciones planteadas son "correctas" en opinión del tribunal.

Por último, la sentencia aclara que en el auto de diciembre no se pronunció sobre el que en 2009 adjudicó el bien hipotecado al BBVA y por lo tanto tampoco admite que hubiera infringido la Constitución en cuanto al derecho a la ejecución de lo resuelto.


__________________

BANEADO POR TRES VECES; PERO CON LOS CO*ONES INTACTOS. Espero que también bannéen alguna vez a todo el que hace apología del criminal comunismo, del estalinismo y del nacionalismo separatista anti-español, que es un delito de alta traición. Canadá 5,6% de PARO.


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Antiguo 09-abr-2011, 15:24
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muy bien me parece, dacion en pago ya
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"Autor de la gran frase: pues yo veo las terrazas llenas y los restaurantes a rebosar"


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jo, jo, jo es como en las pelis de Robin Hood cuando el malo se da cuenta de que se acabó la barra libre.
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Te compro cualquier propiedad a cualquier precio y te la vendo un 10% más cara, no hace falta escriturar, me das la pasta y listo. ¡Pásalo!

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No venderán... y vendieron... pero perdiendo.


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Otro peso que tirará de los precios hacia abajo...


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Antiguo 09-abr-2011, 16:00
Avatar de kemao2
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Hoy decían en la radio, que cada vez mas sentencias judiciales avalan la dación de pago en España . Esta no es la única. Ya solo falta el aval del Supremo para hacerlo oficial. Y una vez que eso pase la dación de pago será oficial y un derecho del ciudadano que por otro lado la casta política no ha sabido jugar esa baza y saber defender los intereses del ciudadano que le vota y le da de comer y han sido los jueces los que están dando la razón al ciudadano. La casta política se distrae en gilipolleces y es incapaz de saber defender los intereses de los ciudadanos e un tema tan importante como este.

Y cuando ese derecho exista y sea oficial por la justicia , igual hasta logran que potenciales compradores como yo se decidan a comprar.

Es tan sencillo como dar la opción al comprador de la dación de pago, sin seguros ni pollas que te obligan a contratar ahora aun cuando el piso está avalado por tu propio patrimonio personal presente y futuro. , y luego que los bancos compitan entre ellos por las hipotecas con dación de pago mas baratas.

Esta medida ayudaría a contener las tasaciones y las burbujas y ayudaría también a pinchar la burbuja mas fácilmente entrando el mercado en equilibrio mas fácilmente.


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  #7 (permalink)  
Antiguo 09-abr-2011, 16:49
Avatar de IVNP71
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Bien muy bien...!! Una gran noticia que me alegra el dia.


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Antiguo 09-abr-2011, 16:49
Avatar de fayser
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En general se recurre poco a los juzgados en España. Nos tragamos mucha mierda del poder político y económico, cuando peleándolo en los tribunales se puede ganar, como se ve en este caso.

De todas formas, si no recuerdo mal la sentencia no avala la dación en pago. La sentencia lo que dice es que si el banco decide entrar en la subasta, no puede hacerlo adjudicándose la casa por el 50% de su valor de tasación, ya que el propio banco valora esa casa en el 100% (de hecho así aparecerá en sus balances una vez adjudicada), y eso sería un enriquecimiento ilícito.


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Antiguo 09-abr-2011, 16:54
Avatar de Topdown
Niño entre el Centeno
 
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Deberíamos hacer un bote, acudir a la subasta y quitarle el piso al BBVA, y donárselo a alguna institución social.
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Hay gente tan pobre que solo tiene pisos.

Yo no compro y tú no vendes, ¿de acuerdo?

“Socialism is a philosophy of failure, the creed of ignorance, and the gospel of envy, its inherent virtue is the equal sharing of misery.”

Winstor Churchill


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  #10 (permalink)  
Antiguo 09-abr-2011, 16:57
Avatar de Manzano
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Lo de la dación en pago no lo veo viable,pero no se puede permitir que se queden una casa por el 50% de la tasacion...


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