Un juez aprueba el convenio que recorta las deudas de la familia declarada en quiebra

MonteKarmelo

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EFE - Madrid
ELPAIS.es - Economía - 18-10-2006 - 19:37
El juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona ha aprobado hoy el acuerdo que alcanzó con sus acreedores la primera familia de España que fue declarada en quiebra. La decisión del juzgado permitirá al matrimonio rebajar en un 30% sus deudas por créditos personales y dejar de pagar intereses.

En su resolución, el juzgado aprueba el convenio firmado por la familia declarada "en concurso de acreedores", una vez ha transcurrido el plazo para impugnarlo sin que ninguna parte se haya opuesto al acuerdo.

El juez mercantil, que tiene facultad para rechazar el convenio pese a que haya sido aprobado por la junta de acreedores, ha resuelto dar luz verde al acuerdo al no apreciar ninguna infracción a las normas de la Ley Concursal, ni en "formalidades, convocatoria, celebración y constitución de la junta o fiscalización del voto o adhesiones".

Gracias a dicho convenio, la familia arruinada de Sant Salvador de Guardiola (Barcelona), que debía 160.000 euros, ha logrado rebajar en un 30% las deudas contraídas en créditos personales y dejar de pagar intereses. La sentencia, que puede ser recurrida ante la sala de lo civil de la Audiencia de Barcelona, confirma el convenio alcanzado por el letrado del matrimonio y los bancos y empresas a las que deben dinero en la junta de acreedores celebrada el pasado 28 de septiembre en el juzgado.

Quiebra familiar

La citada junta de acreedores tuvo lugar casi dos años después de que el juez, en un caso sin precedentes en España, declarara al matrimonio de Sant Salvador "en concurso de acreedores", como si se tratara de una empresa, por encontrarse en "quiebra familiar", acogiéndose a la Ley Concursal vigente desde septiembre de 2004.

Con la admisión a trámite de la petición de suspensión de pagos familiar, el juzgado logró paralizar cualquier intento de embargo de los bienes del matrimonio, integrado por Josep E.G. y María del Carme B.T. y cuyas deudas ascendían a 160.000 euros, 50.000 de ellos la hipoteca del propio domicilio.

Tras meses de negociación, se alcanzó una propuesta de convenio que fue aceptada por la mayoría de los doce acreedores del matrimonio, lo que, de acuerdo con la ley, permite que el pacto sea confirmado en una sentencia. Dicho convenio establece que el matrimonio seguirá pagando íntegramente la hipoteca en las condiciones en que se pactó en el momento de la contratación, mientras que otra deuda que mantienen con el Ayuntamiento de Sant Salvador de Guardiola por el impago de varias facturas, deberá ser enjugada por completo y sin intereses.

Sólo pagarán el 70%

Respecto a los otros 104.000 euros que la familia debía en concepto de distintos créditos personales, el convenio prevé que sólo se pague el 70% de la deuda contraída y sin intereses. En el caso de que los acreedores y la familia no hubieran llegado a un acuerdo para el pago de las deudas, se habría procedido a la liquidación de sus bienes, de manera que no habrían podido conservar ni su propia vivienda habitual.

Tras declarar en concurso a la familia, en marzo del año pasado, el juez acordó que cada mes el matrimonio dispusiera de un mínimo de dinero para sus necesidades básicas, mientras que el resto de ingresos se repartió entre sus acreedores. La familia no pudo hacer frente a sus deudas desde que el marido, que trabajaba como mando intermedio de una empresa farmacéutica, cayó enfermo, y mientras la Seguridad Social decidía sobre su baja, dejó de pagar las facturas, con lo que cada vez sus acreedores le exigían más dinero en concepto de intereses.

La posibilidad de que las familias se declaren en quiebra está prevista en la Ley Concursal, y, aunque el suyo es el primer caso que llegó a los tribunales, ya hay unas 90 personas en toda España que se han acogido a ella por no poder hacer frente a sus deudas, según el abogado del matrimonio arruinado.
 

Ziggy

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MonteKarmelo dijo:
EFE - Madrid
Tras declarar en concurso a la familia, en marzo del año pasado, el juez acordó que cada mes el matrimonio dispusiera de un mínimo de dinero para sus necesidades básicas, mientras que el resto de ingresos se repartió entre sus acreedores.
Habría que ver que entiende el juez por "necesidades básicas", pero da la impresión que les han dejado con lo justito para que puedan seguir comiendo, y así poder seguir trabajando y pagando.

Yo no veo que sea ningún chollo la verdad, aunque te quiten el 30% de la deuda.
 

magister2000

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Lo que no cuentan es que la deuda ha de saldarse en 5 años, así que de chollo nada de na.
 

sr chinarro

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Ziggy ese es el acuerdo : que dispongan de lo justo para cubrir gastos básicos, y supervisados por un administrador. O sea, que de chollo nada.

Preguntaré a algún conocido que sabe de administraciones concursales.