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| ¿Que puede pasar si me quito el seguro de vida que va unido a la hipoteca? El año pasado ya estuve a punto de cancelarlo pero me dijeron que era obligado tenerlo. La hipoteca es además con un interes que no depende del banco sino del gobierno. |
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| Obligatorio no es, lo que si es posible que según la vinculación que tengas con el banco así sea el diferencial con respecto al euribor que te apliquen. |
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| Remítete a lo que ponga en la escritura. Aconsejarte sin saber lo que pone ahí es hablar por hablar.
__________________ " Cuando el tonto coge la linea...la linea acaba, pero el tonto sigue" Anónimo. "Calopez eres un rajao" t_chip. Si quisiera compartir mi vida o tener sexo con un igual, me haría maricón. Como no puedo evitar que me gusten las mujeres, busco una que no quiera ser igual que yo, sino que quiera ser mejor, como han sido las mujeres toda la vida. |
| Estos usuarios dan las gracias a t_chip por su mensaje: | ||
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| No creo que el seguro sea obligatorio, pero el banco puede ser mas o menos "amable" contigo dependiendo de los servicios que tengas contratados, por ejemplo hacer de mas y de menos si llega un recibo y no tienes saldo suficiente, comisiones, etc. Lo que si que no entiendo es la parte del interés que depende del gobierno, supongo que no te referirás al Euribor, no? |
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| Imagino que tu pisito es VPO y por eso tienes el IRPH de marras. tienes dos opciones: a) Pagar IRPH (más alto que el Yuri). b) Cancelar tu hiopoteca (portegida), pasarte al Yuri y devolver las ayudas que te dieron para comprar tu piso. En cuanto al seguro de vida, como se te han dicho, mira a ver lo que dice la hipoteca, pero con una seguridad del 99%, no estará en la hipoteca, al contrario que el de hogar. Por lo tanto, puedes cancelarlo sin problemas y que se joda el banco. El seguro te lo ponen bajo de la amenaza de que o firmas o no hay hipoteca. Una vez concedida, no pueden hacerte nada. Eso sí, ten en cuenta que tienes que oponerta a la prórroga antes de los dos meses de su vencimiento. |
| Estos usuarios dan las gracias a Capigorrista por su mensaje: | ||
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| Entiendo que tendrás una vivienda con prestamo conveniado, lo que significa que el tipo de interés lo marca anualmente el consejo de gobierno. En este tipo de hipotecas el tipo no suele depender de los servicios "extras" que tengas con el banco y, normalmente, solo estás obligado a tener seguro contra incendios, en la vivienda (obviamente con quien a tí te de la gana). Si no estás conforme con el banco en el que tienes la hipoteca, quitalo todo de allí, nómina, recibos, seguros, etc... Si es el tipo de hipoteca que te digo no te pueden obligar a nada, yo es lo que hice con Caja Mandril, porque no quería de ellos ni los buenos días. Deja solo la cuenta para pagar la hipoteca, que no te pueden cobrar comisión de mantenimiento si solo tienes la cuenta para que te pasen los recibos, y trabaja con el banco o caja que más te convenga. |
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Imagino que tu pisito es VPO y por eso tienes el IRPH de marras. Si es el tipo de hipoteca de las que creo que habla se aplica un coeficiente reductor al tipo medio de hipotecas concedidas por el conjunto de las entidades, por lo que suele ser un tipo de interés beneficioso, aunque suelen tener claúsula suelo. Lo de que tienes que oponerte a la prórroga dos meses antes de su vencimiento es cierto, pero ningún seguro se va a meter en juicio por una prima anual de 200 euros, además creo que si te sube la prima del seguro, que lo suelen hacer todos los años (al menos en el de hogar), te puedes negar a ello y pedir la cancelación en ese momento (esto último hablo de memoria, corregidme si me equivoco). |
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Si es el tipo de hipoteca de las que creo que habla se aplica un coeficiente reductor al tipo medio de hipotecas concedidas por el conjunto de las entidades, por lo que suele ser un tipo de interés beneficioso, aunque suelen tener claúsula suelo. Pese al "coeficiente reductor", el tipo aplicable a las hipotecas de VPO SIEMPRE ha sido superior al Euribor + diferencial razonable. Es un timo mayúsculo, pero bueno, a nadie parece preocuparle. Así que discrepo contigo en el "tipo de interés beneficioso". Lo que no incluyen es "cláusula suelo". Y sí, es verdad que no se meten en juicios por 200 euros, pero te recuerdo que tienen tu hipoteca domiciliada, por lo que la prima se la cobran por su cuenta y luego vaya usted a reclamar a San Pedro. |
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| 7 respuestas referidas a lo accesorio y ninguna a lo fundamental... lo que puede pasar es que si falleces (a veces pasa, te lo aseguro), en lugar de dejarle un piso pagado a tus descendientes, pareja, o ascendientes, le dejes un pufo, por ahorrarte cuatro duros. |
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| Ese no es el problema del coforero, sino de sus herederos. Si quieren heredar limpio de polvo y paja, que le paguen ellos el seguro, ¿no crees? |
| Estos usuarios dan las gracias a Capigorrista por su mensaje: | ||
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