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| Pues diles a tus amigos que el que firma la hipoteca es el que debe responder del credito, el piso es solo una garantía, que se pueden dar muchas circunstancias, pero que si le subastan el piso y hay 5 mill. de diferencia entre lo que el banco saque en la subasta y lo que debian, por porner un ejemplo, el banco les seguira reclamando por todas la vias esos 5 mill., y si no que hagan la prueba. |
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| Hasta donde sé, la subasta (si la deuda es alta) no suele cubrir la deuda, puesto que la subasta es una racanada en manos de mafiosillos buscando gangas. En otro hilo se ha hablado ya de este tema. La apreciación de tu colega: "Tu eres tonto" y tras darme a entender que su piso no iba a venderse por menos de lo que les costó... bla bla... demuestra que el tonto es él. Si eso fuera cierto nadie resultaría embargado, pues en ese caso antes del embargo el propietario endeudado vendería por su cuenta y cancelaría la hipoteca antes siquiera del primer impago. No suele ocurrir porque cuando el propietario se decide a veder para recuperar in-extremis lo pagado YA ESTÁ EMBARGADO el piso (suele ser así por razones de estupidez humana: el moroso se da cuenta de que no puede pagar justo el mismo día que no puede pagar, y no antes). Un piso embargado no puede venderse: el embargo se anota ciudadosamante en el registro de la propiedad precisamente para asegurar al acreedor el cobro de la cantidad adeudada (por eso los promotores ponen sus propiedades a nombre de su madre, de su mujer, de su cuñao...). Cuando la subasta no alcanza a cubrir la deuda (lo que es habitual, según tengo entendido) se responde con los bienes personales hasta un mínimo inembargable (creo que es el salario mínimo interprofesional, y algunas cosillas que por tradición no se embargan: el lecho, las sábanas, las colchas, un par de cacerolas y otras menudencias). Ese embargo dura mientras dura la deuda (estoy seguro que con intereses de demora, conociendo a los bancos). Dile a tu colega que se lea bien un tratado de derecho hipotecario. |
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| 1. Tienen derecho a quedarse primero con la nómina del hipotecado y del avalista. 2. La deuda que quede se la siguen reclamando 3. Los avales pueden subastarlos antes que el piso del hipotecado. 4. Si ven que la vivienda baja de valor, solicitarán una extensión de garantía en cash. Para eso debe bajar el valor de tasación del importe prestado. 5. Si la tasación no cubre el precio del piso en el mercado, irán a por el tasador también. 6. Pueden pedir tasación cuando quieran. |
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| a ver... quien firmo el prestamo? la persona? o el piso? pues ya sabes de quien es la deuda. el piso no es mas que UNA GARANTIA DE PAGO, ejecutada de tal forma: 'o pagas o te quitamos el piso'. pero si el piso NO LLEGA a cubrir la deuda, el restante SE SIGUE DEBIENDO. recuerda, la deuda la contrae la persona, no el piso. ejecucion de un moroso: 1) se ejecuta la primera garantia, en este caso el bien hipotecado 2) si no cubre, se va a por los avalistas 3) si los avalistas, con sus bienes, no cubren, se embarga el resto de bienes del hipotecado 4) si aun asi, no cubre deuda, se embarga por orden judicial el sueldo del moroso sin caer nunca del SMI (Sueldo minimo interprofesional), actualmente unos 530€... asi que ya sabes... cuentaselo a tus amigos.
__________________ HISTORIA DE LA BURBUJA 13-Jun-2007: El Pais - Edicion impresa - Portada a 4 columnas: "El Santander pone en venta por 4.000 millones todos sus inmuebles en España. El banco seguira como inquilino tras lograr plusvalias de 1.400 millones.[...]" Fin de la Fase 6 de la Burbuja Inmobiliaria 09-Sep-2009: El pais, Web. La demanda de vivienda se despierta. Queda oficialmente inagurado el Bull Market ¡Miau! |
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| Si te sirve la palabra de alguien con experiencia profesional de 15 años, dile a tu compañero de trabajo, que hay personas que siguen con su sueldo embargado despues de que el precio obtenido por la subasta de su piso en el 99, no cubriese los intereses y los gastos.Ok? Y dile tambien que en la ejecución hipotecaria no se procede al embargo, simplemente te reclaman formalmente la cantidad adeudada, solicitan certificación de cargas al Registro, y hala! a subastar. Espero que mañana cuando le expliques esto a tu compañero no se exalte demasiado el hombre. Saludos, |
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| Gracias a todos, lo único que no se como voy a sacar mañana el tema a colación sin que parezca que quiero restregarselo (y la verdad es que quiero .Yo habían encontrado esto: http://www.munimadrid.es/OMIC/Pages/....html#prestamo |
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| Están bien las opiniones, y no carecen de ninguna lógica, pero como bien dice el autor del tema, estaría bien poder disponer de información fidedigna sobre lo que pasa cuando se deja de pagar una hipoteca. Cuales son los pasos que se siguen, y la manera en que se procede. Es decir, si yo tengo una deuda por x, y mis viejos son avalistas, si dejo de pagar...les avisarían a ellos de cual es el panorama que se presenta si ellos tampoco pagan... En fin, estaría de 1ª poder tener una opinión de alguien que se dedique al tema.
__________________ Los conversos, a la cola. |
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