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| | Herramientas | Desplegado |
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| Entonces si no te molesta, no la rebatas. Es que es lo mismo que me has dicho a mí: que no debería molestarme el procedimiento aprobado y no debería argumentar si no me dedico a robar derechos ajenos. Por eso te he dicho que es una gilipollez de argumento. Vuelve a traer a la palestra el derecho a la libertad de expresión todas las veces que quieras, es algo que yo no he comentado. A mí tampoco me parece un argumento correcto, y por eso no he argumentado el procedimiento por ahí. No has leído bien. Estaba hablando de cómo me parece a mí que debería ser un sistema para ser más garante, no del que acaban de aprobar. En todo caso, que se siga todo el procedimiento ante un órgano jurisdiccional (preferiblemente de rango inferior a la Audiencia Nacional, para no colapsarla) está muy bien, es algo muy correcto y garante. Con aplicación de medidas cautelares y afianzamiento de responsabilidades, que también está previsto en la ley. Perfecto. Porque es lo que yo defiendo. Incluidas la aplicación de medidas cautelares, siempre que éstas no se deriven solamente de "juanito está violando mis derechos de autor" y yo pueda formular la acusación sin pruebas, o con pruebas no obtenidas por medios jurídicos válidos. Me parece un precioso alegato, yo hago exactamente lo mismo. Lo que necesitas no sé porque yo no lo padezco. Lo que yo no necesito es hablar de Ramoncín boys ni de ladrones. Por supuesto. Cuando la SGAE ha sido demandada, han continuado con sus prácticas, hasta que ha salido una sentencia en contra. ¿Recuerdas el caso de infiltrar a gente en una boda? ¿Podían hacerlo? Pero bueno, si lo hace la SGAE ejercen su derecho, si lo hace una web acusada de cierre (pongamos cerrada injustamente), es reírse de la justicia. Si a alguien le demandan por teenr una web con descargas de contenidos no autorizados, habrá que adoptar las medidas pertinentes (previstas en la ley e ínsitas en el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva): si el demandado no es capaz de demostrar (la menos indiciariamente) en esa pieza de medidas que tiene autorización para esas descargas, o afianza económicamente los perjuicios que mantener la web puede ocasionar, o se cierra hasta determinar si es o no legal. La demanda deberá tener base, ¿no? El demandante deberá primero demostrar que el demandado ha vulnerado sus derechos, ¿no? Dicha demostración deberá ser legal, ¿no? Estos pasos son los que parece que está bien o saltarse, o adelgazarlos. Curiosamente esta argumentación jurídica, y sobre la que tú puedes aportar UN HUEVO por los conocimientos que demuestras, es la que te has ido saltando un quote detrás de otro. Pues a mí, no me parece bien saltárselos. Ah, eso de que los enlaces son públicos. No están al alcance de cualquiera. Primero cerramos la web, sin que se demuestre jurídicamente la validez de las pruebas aportadas. No, claro, no se vulnera nada. Los he puesto desde mi primer post. Tú has argumentado que para ti no te valen, por una cosa o por otra. Posiblemente porque estés permanentemente pensando en LA WEB. Yo es que pienso, en mi ingenuidad, que cuando terminen con las webs (y ojalá actuaran contra todas bien, y por bien me refiero procedimiento anterior), este "adelgazamiento de procedimientos" es perfectamente demostrable con los usuarios. Los cuales ya están siendo espiados en sus comunicaciones, y no hablo de chorradas conspiranoicas tipo Echelon. Como ya he dicho antes, no tienes NI IDEA de lo que es un internauta. Internauta no es un usuario de Internet. Que los internautas sean famosos por su oposición al canon, no significa que no peleen por otros derechos, en concreto por todos y cada uno de los derechos que tienen los que navegan por Internet. Pero bueno, para qué te los voy a volver a nombrar si, por ejemplo, el de privacidad en las comunicaciones para ti es una gilipollez. Para qué te voy a nombrar las demandas que consiguieron que el ADSL en España no fuera un monopolio encubierto. Para qué. Para que vuelvas a enumerar los derechos que los internautas tienen, uno detrás de otro, e intercales "derecho a robar" y otras lindezas, y te pienses que -por nombrar una- la Asociación de Usuarios de Internet sólo está contra la ley para que los internautas pajilleros puedan descargar. OWNED. Y tienes toda la razón. Te voy a dar un thanks a tu mensaje anterior sólo por eso. Eso sí, no confundas en ninguna de mis argumentaciones libre, con gratuito. No te preocupes, con lo que escribiste es suficiente. Ilícito civil. Porque yo estaba hablando de sin ánimo de lucro. Habla por los demás, o habla por ti. Yo ya he contado cuál es mi experiencia personal. De ella no puedes acusarme de que yo no piense pagar. Pero vamos, ya está tan inculcado lo de la criminalización en tu interior que no puedes evitarlo. Por eso cité mi conducta diciendo que no era legal. Y como buen ejemplo de que a partir de esa conducta legal, al final el beneficio para los autores es mayor. Sí, yo no tengo derecho a compartir un casete con un amigo o a entregarle o que me entreguen un .mp3 de "este tío que suena tan bien". Te recuerdo lo que dije: "YO ERA PEQUEÑITO..." Yo me lo creo por mi experiencia personal, que he reflejado aquí. En cuanto a lo de creérselo por repetirlo, seguramente te refieras a los bravo boys. De los mantras de los cobraportodo, como que los internautas son unos ladrones... mejor no hablemos. También es cierto que cuanta más gente conozca su obra, mejor. Y más cobrarán. Se las han arreglado para cobrar hasta por el disco duro de los ordenadores de toda la Administración. No, tontos no son. Cómo me molan tus cifras. Pones unos ejemplos tan precisos siempre y tan cercanos a la realidad, que de verdad, es que enamoras con tus argumentos. Discúlpame que con estas cifras ni te lo rebata. Pa qué. Aclárame lo que pretendes ilustrar aquí, no entiendo el sentido de lo que dices. Que una película sea buena y se venda en DVD y PPV, y que la gente quiera comprarla, precisamente es lo que debería hacer que los autores ingresaran por esa película. Que no se ingrese un euro por copias en venta o alquiler por el DVD que pasa 1 mes en el mercado o el tiempo mínimo imprescindible para participar en las reposiciones de los fines de semana de Antena 3 donde se habla de historias lacrimógenas de familias -basadas en hechos "reales"- me parece muy bien. Hay bastantes más cantantes de los que crees, que viven sólo de lo que cobran en los conciertos, de tocar en salas, de la autopromoción. No hace falta llenar el Palau Sant Jordi para vivir. iTunes supongo que te vale también como alternativa. Ya que hablamos de iTunes. Sí, este tipo de iniciativas que CAMBIAN EL MODELO DE NEGOCIO, ese argumento que antes dijiste que sólo usan los barralibres. Menudo barralibre el que ha pensado algo tan fácil como pagar por canción y quitarse de encima los costes de las discográficas (está el coste del propio iTunes pero por ser distribución y publicidad digital, no tiene ni comparación). El modelo es mejor que el anterior pero es perfeccionable. En particular, iTunes tiene toda la información que necesita como para que, si quisiera, podría hacer llegar la pasta al autor directamente. Ups, perdón, no puede. El marco jurídico actual se lo impide. Compro más discos que antes porque tengo acceso a escuchar más música que antes y me gusta más tener en propiedad más música que antes. A ti no se te puede pasar por la cabeza un comportamiento que para mí es normal, por eso somos dos personas distintas. O criminales a los internautas, y ladrones a los que argumentan (ya me lo has llamado más arriba: "tú no pagas..."). ¿Argumentos? ¿Los de antes, que están rebatidos? Con acceso libre y gratuito pueden cobrar por otros conceptos. Con la investigación pasa lo mismo. Si los inversores no pueden recuoperar lo invertido y ganar dinero, no invierten en investiogación, con lo que el investigador no tiene medios para seguir ebn su tarea y se dedica a otra cosa. Todo esto es tan obvio que da hasta pereza escribirlo..... No es tan obvio. En el caso de procesos industriales: - La recuperación de la inversión puede darse por el propio bien producido, incluso si éste es copiado. - Ser el primero en una innovación, según el campo, es también un resultado (imagen, prestigio de marca...) - La investigación podría ser enteramente estatal. Ya la hay en según qué campos. No sé si te dará pereza, pero me la da a mí, pero porque el campo de debate y las casuísticas es más amplio de lo que piensas. He hablado de ciencia y no de industria o de ciencias aplicadas. Que yo sepa, no hay patentes matemáticas. PD: He leído el resto del hilo. Aparte del thanks al mensaje que te cito, va un thanks a los últimos que habéis escrito eflam y tú. Qué se le va a hacer, estoy pródigo, pero es que culturiza bastante no sólo el ver citada la ley, sino el debate que habéis construido. Gracias. |
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| A riesgio de convertir esto en un chat... Entonces si no te molesta, no la rebatas. Estamos, al final, de acuerdo. El procedimiento es peligroso y puede dar lugar a abusos. Pero el riesgo del que están alertando a voz en grito es otro. Perfecto. Porque es lo que yo defiendo. Incluidas la aplicación de medidas cautelares, siempre que éstas no se deriven solamente de "juanito está violando mis derechos de autor" y yo pueda formular la acusación sin pruebas, o con pruebas no obtenidas por medios jurídicos válidos. Que es mejor y más garante lo sabemos todos, pero si tienes una web con domicilio en Gibraltar sirviendo obras de máxima actualidad a un ritmo de 3000 descargas diarias (por decir una cifra al azar), tardar tres o cuatro meses en conseguir un cierre cautelar hace bastante ineficaz la tutela judicial. Buena parte del mal ya está hecho, y no es nada raro que el supuesto responsable no tenga solvencia para responder de posibles indemnizaciones. Me parece un precioso alegato, yo hago exactamente lo mismo. Lo que necesitas no sé porque yo no lo padezco. Lo que yo no necesito es hablar de Ramoncín boys ni de ladrones. No lo he personalizado, pero hay alguno por ahí, incluso con tribuna abierta para escribir en revistas y crear opinón, que debería al menos leer la ley para saber de lo que habla. Por supuesto. Cuando la SGAE ha sido demandada, han continuado con sus prácticas, hasta que ha salido una sentencia en contra. ¿Recuerdas el caso de infiltrar a gente en una boda? ¿Podían hacerlo? Hombre, estamos hablando de medidas cautelares..... A la SGAE no pueden impedirle cautelarmente el acceso a una boda que ya se ha celebrado, y los pronunciamientos en estas materias son válidos para el asunto en que se dictan, no contienen un pronunciamiento general sobre si pueden ir a determinados tipos de eventos o no, del mismo modo que el cierre de una web no implica el de otras muchas similares. Igualmente, una sentencia de juzgado o de audiencia provincial tampoco zanja un asunto, es normal que las parets se peleen por sus derechos, si creen que los tienen. La demanda deberá tener base, ¿no? Por su proia naturaleza, las medidas cautelares no exigen un prununciamiento sobre el fondo del asunto (eso de demostrar que han violado sus derechos). Son decisiones que se adoptan por las consecuencias que tiene el tiempo que va a ser necesario para un pronunciamiento sobre el fondo. un "qué hacemos mientras". La apariencia de buen derecho es importante, pero no cabe exigir la demostración absoluta, porque si pudiese convencerse al juez de esa vulneración de derechos, ya podría dictar sentencia, y no medidas. Primero cerramos la web, sin que se demuestre jurídicamente la validez de las pruebas aportadas. No, claro, no se vulnera nada. No dije eso exactamente. Es el juez el que valora las pruebas y las argumentaciones de las partes para adoptar medidas o no. Y decidirá entre intereses contrapuestos, con lo que tendrán que optar por lo que entiendan de mayor necesidad de protección. Los he puesto desde mi primer post. Tú has argumentado que para ti no te valen, por una cosa o por otra. En eso estoy de acuerdo. Por eso me paerce contraproducente usar como argumentario para defender las web de descargas ilegales el de los derechos a la libre expresión, inviolabilidad de las comunicaciones, etc. Porque al final, para perseguir lo que es normal que persigan (vulneraciones de derechos mayormente económicos) nos vamos a ver afectados en todo lo demás. También es cierto que cuanta más gente conozca su obra, mejor. Y más cobrarán. Eso lo dirán mejor ellos, no nosotros. ¿Por qué empeñarnos en decir que así ganan más, cuando ellos quieren el modelo de antes, con el que dices que ganan menos? ¿Son tontos? No creo..... Se las han arreglado para cobrar hasta por el disco duro de los ordenadores de toda la Administración. Un abuso. Por eso estoy en contra del canon, pero no justifico con la existencia del canon el hecho de que no pago por lo que descargo. Cómo me molan tus cifras. Pones unos ejemplos tan precisos siempre y tan cercanos a la realidad, que de verdad, es que enamoras con tus argumentos. Discúlpame que con estas cifras ni te lo rebata. Pa qué. Cifras, cifras.... No tengo nada que ver con las discográficas/multinacionales y no las conozco, pero esta semana o la pasada salió publicado en El Mundo que por cada 100 discos que se vendían en España en el año 2001, hoy se venden 27. Y que entre los 50 más vendidos en la actualidad, ninguno es español. Las cantidades ingresadas por descargas "legales" son en la actualidad en este país absolutamente irrisorias. El coste medio de un cd de música o una película no creo que difiera mucho del de 2001, aunque quizá (con el auge de triunfitos y morrallas similares que venmden por 6 euros) sea algo más bajo, máxime si actualizamos valores a la inflación. Por tanto, si vienen ingresando un 20-30% (como mucho) de lo que lo hacían en la más reciente etapa pre-p2p (en 2001 era marginal), no sé cómo se puede defender que gracias a las descargas y conocimiento que proporciona internet ganan más. Con las películas, si hablamos del otro gran apartado de material con derechos de autor, viene sucediendo lo mismo, aunque ahí no tengo datos frescos. Incluso, puedo admitir que alguna de la gente que se baja un disco puede terminar comprándolo o yendo a un concierto, pero quien se baja una peli..... es más raro que la hostia que vaya después al cine a verla, o que la compre en dvd, o que la alquile en el videoclub. Aclárame lo que pretendes ilustrar aquí, no entiendo el sentido de lo que dices. Lo que digo es que no se ingresa ni por una ni po otra, porque la mayor parte del público que hubiese estado dispuesto a hacer ese gasto, si ya ha visto la peli descargada de internet o comprada a un mantero, ya no lo va a hacer. Hay bastantes más cantantes de los que crees, que viven sólo de lo que cobran en los conciertos, de tocar en salas, de la autopromoción. No hace falta llenar el Palau Sant Jordi para vivir. Ole sus cojones. También hay otros que son un producto en el que una empresa ha gastado una gran cantidad en producción/promoción/cache del artista y tienen unas expectativas de recuperar esa inversión y ganar dinero. La ley se lo permite, ¿por qué tengo yo que decirle que su modelo de negocio no vale, y que lo tiene que cambiar por otro? Nada impide que convivan, como por ejemplo sucede con el software o los S.O., una rama de producto libre y hasta gratuito (o financiado por vías diferentes a las habituales) y otro con el modelo tradicional de pago. Todos venimos aceptando que el hecho de que exista Linux no obliga a Microsoft a distribuir su producto gratuitamente: puedes elegir lo libre o lo propietario, lo gratuito o lo remunerado. Con la música, puedes elegir el producto con licencia creative commons, descargar la música que algunos ofrecen gratuitamente, o poner los 40 principales en la radio si quieres gozar de Bisbal y Chenoa sin gastar pasta. Pero si quieres sus discos, te toca pagar, porque ese es su modelo de negocio, y como no estas autorizado a distribuirlos, no debes compartirlos por internet. Para los artistas, lo mismo: el que quiera darse a conocer en su barrio y en internet -itunes o lo que prefiera-, y cobrar por sus conciertos y regalar la música, tiene la vía más o menos abierta. Si lo que quiere es que le editen, produzcan, promocionen y le paguen ficha y por número de ventas, tiene derecho a ello. CVasualmente, según salen del anonimato o de círculos reducidos todos fichan por una discográfica, y todos quieren cobrar por la música distribuida. Siendo eso tan generalizado, cuesta creeer la premisa de que con el "nuevo sistema" ganen más, al ser más conocidos. Y cuesta creer que sean "más conocidos": los artistas más conocidos, a nivel mundial o nacional, han pasado en su totalidad por la industria tradicional, cuando no son directamente un producto prefabricado. Con acceso libre y gratuito pueden cobrar por otros conceptos. ¿Cuánto y por cuáles? A veces se da por supuesto que regalando la música y cobrando por "otros conceptos" los artistas seguirían teniendo detrás la maquinaria que les hace ricos y famosos, y no creo que sea así. Y que gracias a internet vamos a poder tener acceso a los grandes talentos, que llegarán al gran público simplemente por su calidad y sin pasar por las manos de "los malos", me parece demasiado utópico. s2
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Por eso, interpretar que podemos copiar y transmitir a discreción (olvidándonos de los derechos exclusivos de explotación) por cumplir esa premisa (obligada por ley, de no utilizarlo para una pluralidad de personas a las que no se les ha distribuido la obra) es interpretar contra el propio cuerpo legal que contiene la excepción. Eso no era problema hasta la llegada de los medios digitales. Copiar un cassette o un disco, de vinilo, en una cassette significaba que la calidad se perdía con cada copia, a la tercera se escuchaba solo ruído. Pero llego el CD, más fácil de reproducir y sin pérdida. El sector se dió cuenta y en vez de bajar de precio, es muchísimo más barato la duplicación de CDs que hacer un cassette o un disco tradicional, incluso lo subieron. Pero la popularización de las grabadoras de los PCs fue la puntilla. Más que en el acceso, la cuestión está en los derechos que se ostenten sobre la obra. Me parece mucho más correcto ir hacia el término "adquirido" (comprado, regalado, etc.), porque me parece obvio que duplicar lo que has alquilado excede de la autorización que da esa copia. Les han faltado cojones para hacer las cosas bien, y se han quedado a medias. Puedo estar de acuerdo, pero el legislador así lo ha querido. Y no ha sido una cosa de falta de valor, ha sido que el canon es muy goloso para las entidades de gestión. No les ha importado cargarse la industria nacioal de fabricación de CDs (Traxdata) con tal de cobrar. Lo de que "ya que quien se baja material protegido de allí conoce que no ha sido el autor o alguien con su autorización quien lo ha puesto allí" no cuela: la autorización debe ser expresa, y en todo caso que el receptor pudiera desconocelo no significa que la distribución deje de ser ilegal, puesto que el que distribuye sí es perfectamente consciente de que lo hace sin autorización. Estoy de acuerdo contigo. De todos modos el correo electrónico merece un estudio aparte. Se le puede dar todas las vueltas y retorcer la ley lo que uno quiera, pero la idea de que de una copia "legal" o "adquirida con la correspondiente autorización" puedan salir miles a través de reproducciones no autorizadas, mediante distribuciones también carentes de autorización, y que los usuarios puedan hacerse con ellas con la única condición de no hacer con ellas comunicación pública (que es algo que ya tenían prohibido) es una interpretación de una excepción totalmente contraria al cuerpo legal que la contiene, y a todos los derechos exclusivos de explotación que regula y protege. Pero es que ha sido la elección del legislador. Podía haber hecho bien las cosas, haber realizado una adaptación distinta, pero optó por la expresión "a las que se haya accedido legalmente", y si te dejan una copia el acceso es legal, como lo era en la época del cassette y los LPs, y si lo alquilas también has accedido legalmente, y a partir de ahí... los accesos son legales. De todas formas, hay posibilidades ;-) Y, volviendo al tema del hilo, para terminar simplemente creo que no es de recibo que para solucionar una mierda, con perdón, de reforma que se hizo en el 2006 (2 modificaciones en un mes) se haya optado por una solución que vulnera, a mi modo de ver, los principios básicos de nuestro ordenamiento constitucional (y no me estoy refiriendo a la libertad de expresión, que puede tocarse tangencialmente, sólo basta proponerselo). Tampoco creo que sea de recibo que se limite a los derechos de autor y conexos, la protección debiera ser la misma para todos los derechos de origen intelectual: marcas, patentes, etc ¿Por qué esas creaciones intelectuales no y los derechos de autor sí? No me gusta la reforma planteada, no me gusta el camino que está tomando la protección de derechos de autor hacia una criminalización encubierta de la sociedad. Me parece escandoloso que las entidades de gestión de derechos de autor quieran cobrar el canon pero prohibir la copia privada, sin perjuicio de que se reforme hacia criterios más protectores (¿aún más?). |
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