Capitalizar el paro,¿que es? ¿y para que sirve? interesa o no.

neon26

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Os dejo este articulo para quien le interese.

Y aqui la fuente para quien le guste leer mejor fuera del foro.

Fuente.---> Capitalizar el paro, que es y para que sirve, interesa o no


CAPITALIZAR EL PARO, QUE ES Y PARA QUE SIRVE, INTERESA O NO.
Si te has quedado en paro o te vas a quedar en breve, puede que te interese este articulo, si quieres hacerte autónomo o
deseas unirte a una cooperativa y necesitas dinero rápido para invertir no dejes de leer.
La capitalización del paro es el cobro en un único pago de la prestación de de desempleo para iniciar una actividad profesional.
Para conseguirlo debejustificarse la finalidad de la inversión, que ha de ser exclusivamente empresarial.
Te interesa?
Si interesa...
Siempre y cuando vayas a hacer una inversión con finalidad empresarial:entrada para la compra de un vehículo industrial, para
maquinaria, mobiliario o leasing o como entrada de alquiler.Porque el pago del 60% se debe justificar como inversión empresarial.
También se acepta como inversión los gastos de constitución de los tres primeros meses (tasas, alquiler,reforma...) pero solo a
titulo individual no como sociedad.
Podrás solicitar la cantidad que desees, pero con ese limite máximo( a no ser que seas discapacitado o una cooperativa o una
sociedad laboral).
No interesa...
En los casos en que no se vaya a hacer una inversión (tipo profesionales liberales, como abogados, periodistas o similares) no
conviene el pago único sino la petición del importe integro en compensación de las cuotas de la seguridad social.El tiempo que
tengáis subvencionadas las cuotas de la seguridad social dependerá de la base de cotización que elijas.Recuerda que a partir
de los 50años, la base ya computa para la jubilación por lo que te interesa subir la cuota.

Cuanto se tarda en cobrar este dinero?
Desde que se solicita hasta que se cobra, puede pasar entre un mes y mes y medio.
Quien lo puede solicitar?
Todos aquellos desempleados que estén cobrando una pensión retributiva por cese definitivo de su relación laboral y que justifiquen
la necesidad de ese capital para una inversión empresarial:
·Que quieren trabajar por cuenta propia o como autónomos y tenga una minusvalía igual o superior al 33%.
·Que quiera como autónomo aunque no tenga ninguna minusvalía.
·Que quieran incorporarse como socio trabajador estable de una cooperativa o una sociedad laboral de nueva creación o con la que
estuviese unido antes por una relación laboral inferior a los 24 meses.
Que documentación debo presentar?
La documentación que debes de presentar depende de para que vas a utilizar el dinero pedido.
a/ Autónomo: Es el que menos papeleo debe presentar.
· Memoria empresarial.
b/ Cooperativas o sociedad laboral en funcionamiento:
·Certificado del consejo rector de la cooperativa u órgano de administración de la sociedad laboral que indique que ha solicitado su
ingreso, que el trabajo a realizar es estable, si hay o no fijado un periodo de prueba y , en caso afirmativo, su duración.
·Acuerdo de admisión como socio y la superación del periodo de prueba.
c/ Cooperativas o sociedades de nueva creación:
· Documento privado firmado por los socios en el que figuren los siguientes datos (salvo que ya consten en el proyecto de estatutos):
- Identidad de los socios.
- Manifestación de su voluntad de constituir la cooperativa o sociedad laboral.
- Las condiciones de trabajo estable y si existe o no periodo de prueba y su duración.
- Aportación obligatoria y , en su caso voluntaria, del socio trabajador a la cooperativa, o el valor y numero de acciones o participaciones
a suscribir por el socio de la sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, respectivamente.
.Proyecto de estatutos de la sociedad o cooperativa, donde conste e capital social, su distribución en acciones o participaciones y las
condiciones de desembolso (en especie o metálico, plazos de desembolso).
·Memoria del proyecto, explicativa de la actividad a realizar y que acredite su viabilidad, junto con los justificantes de gastos e inversiones
expuestos en este documento.
Una vez presentado todo esto y concedida la capitalización hay que presentar mas papeleo.

Una vez concedida la capitalización es necesario presentar el el plazo de un mes máximo estos documentos:
· Acta constitutiva y estatutos de la cooperativa o sociedad laboral.
· Certificado de la inscripción de la cooperativa o sociedad laboral en el registro correspondiente.
· Si es un trabajador discapacitado, certificación del imserso o el órgano competente de la comunidad autónoma que acredite su condición
de minusválido en grado igual o superior al 33%, o resolución de INSS reconociendo la incapacidad permanente en dicho grado.
· En el supuesto de que haya creado una comunidad de bienes o sociedad civil irregular, documento acreditativo de la constitución.
· Si va a trabajar encuadrado en el régimen especial de autónomos de la seguridad social, como socio capitalista de una sociedad mercantil,
solo sera posible acceder a la modalidad de pagos mensuales para la subvención de cotizaciones a la seguridad social.
· Si va a trabajar encuadrado en el régimen especial de autónomos, documentación acreditativa de haberse dado de alta.
Cuando y donde se presenta?
La solicitud se podrá efectuar en el momento de tramitar la prestación por desempleo que se pretende capitalizar o en un momento posterior,
siempre que tenga pendiente percibir, al menos, tres mensualidades.
La solicitud se efectuara en la ofician del servicio publico de empleo que le corresponda por proximidad.
Puedo pedir subvenciones y ayudas?
Claro que si, no te preocupes, puedes pedirla porque la capitalización del paro no invalida para pedir otro tipo de subvenciones y ayudas porque
no se esta pidiendo ningún dinero publico, sino que el anticipo de una cantidad que te corresponde. Es mas en algunos casos se considera hasta
un punto positivo el haber pedido el pago único porque se valora que el trabajador es realmente serio en sus peticiones y que esta interesado de
verdad en llevar adelante su proyecto empresarial o profesional.
En el caso de las cooperativas y sociedades laborales, existen otras ayudas especificas para favorecer la creación de empleo y la inversión, que
conviene solicitar una vez se ha capitalizado el paro.
 

Pmj

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El mundo empresarial es un mundo MUY cerrado.
 

bluebeetle

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qué murga, por favor!
Y que lo digas. Y es igual de aburrido y complicado hacerlo. Un amigo capitalizó hace varios años para montar un negocio y acabó HARTO. Además, le pusieron muchas pegas para darle el dinero.
Ahora mismo, no creo que le pusieran pegas. Directamente no le daban ni un euro.:D
 

dabuti

Nutriéndome con lágrimas de muy de derechas....
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Estoy mejor trabajando en oscuro, cobrando el paro y no aguantando la brasa de la publicidad de tu web.

Baneo por autobombo, y para Idealista News también.
 

neon26

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con poca gracia, te estamos pagando el paro los que trabajamos y encima estas ganando dinero en oscuro!!! y luego encima vienes aqui a criticar.
PONTE A COTIZAR!!!!!