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Los jueces empiezan a limitar el uso de la vivienda en los divorcios

Varias sentencias advierten de que la mujer no podrá seguir habitándola siempre

Las sentencias de separación y divorcio que se dictan en España empiezan a dejar de ser monolíticas al atribuir el uso del domicilio familiar. En los últimos dos años diversas resoluciones limitan el tiempo que la madre podrá habitar la casa y ya se advierte de que, acabado ese plazo, habrá de venderse.

De esa manera, se evita el desequilibrio económico en perjuicio del hombre que ocurre ahora en casi todas las rupturas, en que el uso de la vivienda se atribuye prácticamente siempre a la mujer porque también se le concede a ella la custodia de los hijos. Y él ha de seguir pagando la mitad de la hipoteca de una vivienda que no se sabe cuándo ni cómo recuperará. Hasta hace poco más de un año, además, el hombre no podía desgravar por esa hipoteca y ella sí. Y a la hora de la declaración de la renta Hacienda no permitía aplicar la exención por reinversión si la casa se vendía y él gastaba ese dinero en otra.

Con la liquidación del patrimonio, sean bienes gananciales o separación de bienes, un cónyuge puede adquirir su mitad de la vivienda al otro -si la compraron a medias- o puede venderse a un tercero y repartirse entre ambos su precio.

La liquidación de los bienes tras el divorcio se aplica en la mayoría de países de nuestro entorno, pero la sentencia al uso que se dicta en España establece casi siempre un pack en la atribución del uso de la vivienda para la mujer, la custodia de los hijos y la pensión de alimentos. Como en la mayoría de los casos el hombre ha de seguir pagando la mitad de aquella hipoteca, acaba viviendo de alquiler, o incluso vuelve con sus padres por falta de medios.

"Muchas veces se mezcla a los niños con los ladrillos y eso no es bueno", explica Isidro Niñerola, presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia, quien se felicita por esas sentencias novedosas que están empezando a dictar los jueces.

Una de ellas la acordó la magistrada Margarita Pérez-Salazar, titular del Juzgado de Primera Instancia 3 de Pamplona, especializada en derecho de familia. Se trataba de una pareja de hecho que residía en una vivienda de protección oficial que compró el hombre. Tenían un niño pequeño y la juez le atribuyó a la mujer el uso del piso durante cuatro años, tiempo que se estimó suficiente para que ella volviera a trabajar a jornada completa y él recuperase la casa. La mujer recurrió y la Audiencia Provincial de Navarra revocó la sentencia.

"Mi audiencia es muy reacia a limitar el uso de la vivienda, pero yo creo que la tendencia irá cambiando con el tiempo porque la realidad social es distinta a la de hace 20 años y si muchas mujeres tienen la misma independencia económica que el hombre eso se ha de reflejar en la sentencia", dice la juez.

"Los hijos justifican la atribución del uso de la vivienda a la madre, pero hasta cierto punto. La tranquilidad del conjunto de la familia también es importante y la vivienda juega un papel fundamental para lograrla", añade Pérez-Salazar.

Otra de esas sentencias novedosas la dictó el pasado mes de abril la Audiencia Provincial de Valencia al resolver un caso singular. Se trata de un divorcio en el que el hombre tiene la custodia de la hija, pero al que no se le atribuyó el uso de la vivienda ni él lo pidió, por lo que la madre siguió viviendo en la casa. Ahora el tribunal prolonga esa situación durante un plazo máximo de dos años e insta a la pareja a liquidar la sociedad de bienes gananciales que tuvieron. "No es automática la atribución del domicilio al progenitor custodio, aunque es regla general y cabe el acuerdo en contra de otorgarlo al progenitor no custodio", explica el tribunal.

"Usted vivía en una casa que no era suya"
La atribución del uso de la casa beneficia a la mujer tras la ruptura, pero con el tiempo se le acaba volviendo en contra. Y es que cuando se independizan los hijos, la ley permite al hombre reclamar la división de la cosa común. O sea, que le pague su parte de lo que valga si quiere seguir habitándola y si no, que la casa salga a subasta.

A las asociaciones de divorciados llegan decenas de casos de mujeres que a los 55 o a los 60 años acaban en la calle, igual que en su día les ocurrió a ellos. "Al liquidar los bienes se producen situaciones muy penosas", explica la juez Margarita Pérez-Salazar. "Usted vivía en esa casa, pero no era suya, señora", ha tenido que recordar en más de una ocasión a las afectadas.

Cada vez son más los juristas que exigen una reforma del artículo 96 del Código Civil, el que permite a las mujeres quedarse con el uso de la vivienda. El tercer encuentro de magistrados y de asociaciones de abogados de familia celebrado en Madrid en 2008 reclamó una reforma legal que permitiera el uso de la casa familiar con unos plazos máximos y una alternancia entre los ex cónyuges a la espera de la liquidación de los bienes. Nadie les escuchó.

Con todo, de vez en cuando hay jueces que interpretan la ley de otra manera. En marzo de 2007 el Juzgado de Primera instancia de Las Palmas de Gran Canaria atribuyó el uso de la vivienda a una mujer durante dos años, dejando claro que después saldría a la venta. La afectada recurrió, pero la Audiencia Provincial, en otra sentencia de junio de 2008, insistió en la limitación del uso de la vivienda, aunque lo aumentó a tres años. "No es cierto que el artículo 96 cree un derecho ilimitado a favor del progenitor custodio y los hijos menores", dijo la Audiencia de Las Palmas, antes de recordar una obviedad: "La realidad social, con la elevada carestía de las viviendas en la sociedad urbana moderna, obliga cada vez más a resoluciones judiciales para limitar ese derecho de uso".

El artículo 96 del Código Civil
- "En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden".

- "Cuando algunos de los hijos queden en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el juez resolverá lo procedente".

- "No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección"


http://www.elpais.com/articulo/socie...lpepisoc_3/Tes
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La vivienda nunca baja <-- DATOS HASTA MAYO 2012



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Antiguo 02-nov-2009, 10:41
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Lo que yo digo es, sin animo de polemizar: ya que derivado de la separacion, o divorcio, tanto da, se ha de compartir los gastos generados por los hijos, y que por comodidad y estabilidad de estos, ocupan la casa del ex-matrimonio, y que, obviamente, es practicamente imposible la residencia de los dos ex-conyugues en el mismo domicilio ¿no seria mas justo que la mujer pagara la mitad del alquiler que haya de pagar el hombre, o, si este opta por la compra de una nueva vivienda, una cantidad compensatoria y aproximada a la mitad de un alquiler tipico, hasta que se pueda liquidar la vivienda comun?
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"Ese dinero es para pensiones, para parados, para sanidad, para dependencia y robárselo a éstos, porque de un robo se trata, y regalárselo a los bancos, es condenar a la miseria a millones o a morirse en los pasillos de la sanidad porque no hay dinero para operarles. El “banco malo”, lo vistan como lo vistan, es una canallada histórica."

28/11/2011, Roberto Centeno.

"El banco malo es robar pan a los pobres para que los ricos puedan seguir comiendo pasteles"

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En mi caso personal la opción fue la donación de mi mitad, gracias a lo cual me quedé sin piso... y sin hipoteca!


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Lamentable, las mujeres deberían tener derecho a decidir sobre el destino de todos los bienes conyugales y los del hijo. Todo lo demás es machismo.

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PD:Esto debe ir al subforo del "excla"...


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Avatar de Vercingetorix
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por comodidad y estabilidad de estos, ocupan la casa del ex-matrimonio,

Claro, pq irse a un piso de alquiler 2 calles mas abajo volveria tarados a los hijos, ¿no?

Lo mejor cuando hay un matrimonio hipotecado que se separa, es vender la casa, repartir, si hay algo que repartir y q la madre se vaya a un piso de alquiler, y se pague el alquiler entre ambos

No es logico estar pagando cuotas de 900 euros de hipoteca, teniendo pisos similares en alquiler por 500 euros, por ejemplo
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YO SÉ A QUIEN VOY A VOTAR EL 20-N:

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Avatar de Vercingetorix
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Iniciado por deibid Ver Mensaje
En mi caso personal la opción fue la donación de mi mitad, gracias a lo cual me quedé sin piso... y sin hipoteca!

¿Y lo que llevabas pagado?. ¿Tambien se lo donaste?.

Pq lo mas logico en ese caso seria algo del tipo "Bueno, dame los 20.000 euros que puse yo entre la entrada y las cuotas, y quedate con el piso todo para ti"

Asi, la cosa seria mas o menos lo mismo, con la diferencia de q tu tendrias algo de liquidez para volver a empezar
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Antiguo 02-nov-2009, 10:52
Avatar de Chamuca
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Yo creía que los jueces núnca estaban por encima de la Ley.

Por lo que se leé, depende del leguleyo que te toque, para que todo se trastoque. De pena.
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Era tan pobre mi vida, mi vida tan pobre era
que por tener no tenía, ni vergüenza en la cartera.

No es más rico quien más tiene,
sino quien tiene aún mucho más.


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Antiguo 02-nov-2009, 10:54
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Iniciado por Vercingetorix Ver Mensaje
Claro, pq irse a un piso de alquiler 2 calles mas abajo volveria tarados a los hijos, ¿no?

Lo mejor cuando hay un matrimonio hipotecado que se separa, es vender la casa, repartir, si hay algo que repartir y q la madre se vaya a un piso de alquiler, y se pague el alquiler entre ambos

No es logico estar pagando cuotas de 900 euros de hipoteca, teniendo pisos similares en alquiler por 500 euros, por ejemplo

Esa es otra opcion. Pero no deberia ser pagar el alquiler entre los dos, sino pagar entre los dos la parte de alquiler correspondiente a los hijos, el padre no tiene porque pagar la parte de alquiler de una señora con la que ya no tiene nada que ver. Ejemplo, madre y dos hijos: Alquiler 600€, a dividir entre tres personas y a multiplicar por dos hijos, 400€ a pagar entre los padres.
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28/11/2011, Roberto Centeno.

"El banco malo es robar pan a los pobres para que los ricos puedan seguir comiendo pasteles"

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¿Y lo que llevabas pagado?. ¿Tambien se lo donaste?.

Pq lo mas logico en ese caso seria algo del tipo "Bueno, dame los 20.000 euros que puse yo entre la entrada y las cuotas, y quedate con el piso todo para ti"

Asi, la cosa seria mas o menos lo mismo, con la diferencia de q tu tendrias algo de liquidez para volver a empezar

Que sí hombre, que sí... algo de eso hubo... y he tenido para volver a empezar, pero sin cipoteca, por supuesto.


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  #10 (permalink)  
Antiguo 02-nov-2009, 11:24
Avatar de PLR31
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Ya era hora que se pudiera ver alguna noticia que le frene los pies a la discriminación positiva que se sufre en este país....
Ahora a repasar el Código Penal, y la Ley de Violencia de Género...


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