Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Persona particular: no concurso acreedores VS concurso de acreedores.
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Antiguo 09-oct-2009, 06:18
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hipotecao
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Última edición por hipotecao; 22-mar-2010 a las 19:15


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Antiguo 09-oct-2009, 07:54
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¿Por qué le gusta a la gente escurrir el bulto y eludir sus responsabilidades?

Sin acritud,

Saludos,

¿Que le queda al ser humano si no se hace responsable de sus actos?
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El mago hizo un gesto y desapareció el hambre. Hizo otro gesto y desapareció la injusticia. Hizo otro gesto y se acabaron las guerras.

El político hizo un gesto y desapareció el mago.

Anónimo


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Antiguo 09-oct-2009, 10:42
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Si de esa página se puede deducir que "con el concurso las deudas prescriben a los 20 años", mejor infórmate en otras....

En respuesta a la pregunta, yo diría que si la deuda está cubierta por una garantía hipotecaria en su mayoría, ir al concurso es tirar el dinero que no se tiene.

Ejemplo A:
- Deuda hipotecaria de 180.000 €. Valor de tasación 210.000 €.
- Préstamos personales por 15.000 €.
- Tarjetas por 5.000 €.

- Ejemplo B:
. Deuda hipotecaria 85.000 €, valor de tasación 210.000 €.
- Préstamos personales por 80.000 €.
- Tarjetas por 35.000 €.

En el ejemplo A no hay nada que rascar en un concurso, mientras que en el B quizá pueda valer la pena. Pero claro, hay que saber qué ingresos hay, y qué posibilidades habrá en el futuro. Porque si tienes un pufo de 200.000 € y cobras 600 de subsidio de desempleo, estás jodido....
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Última edición por plakaplaka; 09-oct-2009 a las 10:44


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Antiguo 09-oct-2009, 17:02
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O sea, que si dejo de pagar la hipoteca y no declaro ningún ingreso... sin hacer concurso de acreedores para una persona particular... ¿prescribe la deuda hipotecaria en algún plazo de tiempo, como 20 años por ejemplo? ¿o por lo contrario como me parece siempre seré "deudor" hasta el día que me muera?

Olvídate de la palabra "prescripción", porque ningún banco en este país va a dejar que prescriba una deuda.
Si hay un procedimiento judicial (por ejemplo, un concurso) se interrumpe el plazo de prescripción, así que no. Además, en el momento que comienza una ejecución judicial (de una sentencia, o de una hipoteca), ya no prescribe JAMÁS. Por ahí no hay nada que hacer.

Si dejas de pagar se van a quedar con todo lo que tienes y, si no llega para cubrir lo que debes más intereses y costas, seguirán cobrándose de tus ingreos futuros (cuando los tengas, hasta que te mueras) salvo la parte que resulta inembargable.

Si en este país se arreglasen las deudas con el simple paso del tiempo a base de no pagar, no pagaría ni Dios....
__________________



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Antiguo 09-oct-2009, 17:05
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Olvídate de la palabra "prescripción", porque ningún banco en este país va a dejar que prescriba una deuda.
Si hay un procedimiento judicial (por ejemplo, un concurso) se interrumpe el plazo de prescripción, así que no. Además, en el momento que comienza una ejecución judicial (de una sentencia, o de una hipoteca), ya no prescribe JAMÁS. Por ahí no hay nada que hacer.

Si dejas de pagar se van a quedar con todo lo que tienes y, si no llega para cubrir lo que debes más intereses y costas, seguirán cobrándose de tus ingreos futuros (cuando los tengas, hasta que te mueras) salvo la parte que resulta inembargable.

Si en este país se arreglasen las deudas con el simple paso del tiempo a base de no pagar, no pagaría ni Dios....

¿Te acuerdas de "Pepe el del Popular"?. No me preguntas como... pero su delito ha "prescrito" (y eso que en su dia fue denunciado y todo).
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YO SÉ A QUIEN VOY A VOTAR EL 20-N:

http://votoenblancocomputable.org/


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Antiguo 09-oct-2009, 17:19
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Si de esa página se puede deducir que "con el concurso las deudas prescriben a los 20 años", mejor infórmate en otras....

En respuesta a la pregunta, yo diría que si la deuda está cubierta por una garantía hipotecaria en su mayoría, ir al concurso es tirar el dinero que no se tiene.

Ejemplo A:
- Deuda hipotecaria de 180.000 €. Valor de tasación 210.000 €.
- Préstamos personales por 15.000 €.
- Tarjetas por 5.000 €.

- Ejemplo B:
. Deuda hipotecaria 85.000 €, valor de tasación 210.000 €.
- Préstamos personales por 80.000 €.
- Tarjetas por 35.000 €.

En el ejemplo A no hay nada que rascar en un concurso, mientras que en el B quizá pueda valer la pena. Pero claro, hay que saber qué ingresos hay, y qué posibilidades habrá en el futuro. Porque si tienes un pufo de 200.000 € y cobras 600 de subsidio de desempleo, esta jodido el banco

Me he permitido corregir un error.

Para que las deudas prescriban lo mejor es utilizar la gobalización, descolocarse: hacer las maletas y adiós muy buenas. Por lo menos partes de 0 en otra parte.
__________________

Eliminación de las CCAA ya , imposición de la pena de muerte y ajusticiamiento público de los politicuchos que han perpetrado el expolio.


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Antiguo 09-oct-2009, 17:34
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Iniciado por Vercingetorix Ver Mensaje
¿Te acuerdas de "Pepe el del Popular"?. No me preguntas como... pero su delito ha "prescrito" (y eso que en su dia fue denunciado y todo).


Novedad....

Pero para que prescriba la deuda, tiene que pasar el plazo previsto sin que se ejercite la acción para cobrarla. El ejercicio de acciones interrumpe la prescripción, y si hablamos de un procedimiento de ejecución, eso ya no prescribe nunca.

Ahora, que si me dices que un banco no va a reclamar la deuda de esa hipoteca impagada durante más de 20 años, pues sí, prescribe. 20 años sin reclamación judicial o extrajudicial de la deuda desde el momento en que se deja de pagar.

Iniciado por bk001 Ver Mensaje
Me he permitido corregir un error.

Para que las deudas prescriban lo mejor es utilizar la gobalización, descolocarse: hacer las maletas y adiós muy buenas. Por lo menos partes de 0 en otra parte.

No confundamos la prescripción con que no consigan cobrarse.
Si se va, eejcutan la hipoteca, se quedan con la casa y sigue debiendo lo que no se haya cubierto en la subasta. Y desde el momento en que soliciten continuar la ejecución sobre los bienes personales del ejecutado, ya se acabó la posibilidad de que prescriba esa deuda.
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  #8 (permalink)  
Antiguo 09-oct-2009, 17:49
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Pero para que prescriba la deuda, tiene que pasar el plazo previsto sin que se ejercite la acción para cobrarla. El ejercicio de acciones interrumpe la prescripción, y si hablamos de un procedimiento de ejecución, eso ya no prescribe nunca.

Eso es lo curioso del caso.

Fijate si se habian inciado las acciones, que incluso tenia un aviso la Interpol, gracias al cual lograron cazarle.

Desde el principio se le denunció, el se fugó, y se le puso en "busca y captura". Y ahora resulta que... ¿ha prescrito?

Algo se me escapa, de verdad
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Eso es lo curioso del caso.

Fijate si se habian inciado las acciones, que incluso tenia un aviso la Interpol, gracias al cual lograron cazarle.

Desde el principio se le denunció, el se fugó, y se le puso en "busca y captura". Y ahora resulta que... ¿ha prescrito?

Algo se me escapa, de verdad

Extracto del resultado devuelto al utilizar el botón



con los términos de búsqueda "Pepe el del Popular"

JUSTICIA | Causó un 'agujero' de 36 millones de euros
'Pepe, el del Popular' no irá a la cárcel al declararse prescritos sus delitos

Efe
José Pérez Díaz, antes y ahora. | Foto: Manuel Bustamante

José Pérez Díaz, antes y ahora. | Foto: Manuel Bustamante

* La Audiencia de Cantabria considera extinguida su responsabilidad penal
* Se contabiliza desde 1992, que fue cuando se dictó el primer auto

Efe | Santander
Actualizado martes 22/09/2009 10:18 horas

La Audiencia de Cantabria ha declarado prescritos los delitos de José Pérez Díaz, más conocido como 'Pepe, el del Popular', que estafó 36 millones de euros cuando dirigía una sucursal en Santader. El tribunal cree que la extinción de la responsabilidad penal debe computarse desde el año 1992, cuando se dictó el primer auto que lo declaraba en rebeldía, y no 1997.

(...)

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/0...253528883.html


Plazos, plazos...
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Antiguo 09-oct-2009, 18:44
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A ver, ¿el inicio de acciones legales no paraliza la prescripcion?

Si lo denunciaron en 1.992, ¿pq prescribe el delito?
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