Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > La mitad de la VPO, para los no tan pobres (para rentas de hasta 47.000€ brutos/año)
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Antiguo 04-oct-2009, 20:53
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La mitad de la VPO, para los no tan pobres

DE LAS 12.677 VIVIENDAS PROTEGIDAS INICIADAS HASTA AGOSTO EN MADRID MÁS DE 6.000 SON DE PRECIO LIMITADO, DESTINADAS A FAMILIAS QUE PUEDEN COBRAR 4.600 EUROS BRUTOS AL MES
MARTA BELVER


- EL MUNDO | Suplemento de Su vivienda 603 - La mitad de la VPO, para los no tan pobres

A una de cada dos viviendas protegidas que se hacen en Madrid pueden optar el 90% de los residentes en la región; es decir, familias con ingresos de unos 4.600 euros brutos al mes. Así, el colectivo con menos recursos económicos sólo tiene reservada en exclusiva el 50% de la producción de pisos sociales.

Éste es, al menos, el reparto que establecen los datos de casas iniciadas entre enero y agosto. De los 12.677 inmuebles a los que se les han empezado a poner ladrillos en lo que va de año, más de 6.000 son de precio limitado (VPPL); esto es, destinados a trabajadores con nóminas de hasta 7,5 veces el Iprem y, por tanto, con un coste de adquisición más elevado.

Los otros 6.000, la misma cantidad, adquirirán forma de Viviendas con Protección Pública Básica (VPPB), para solicitantes con retribuciones más modestas (hasta 5,5 veces el Iprem, 3.382 euros brutos mensuales). A la vez, exigen desembolsos para su compra notablemente más asequibles.

¿Por qué se hacen tantas casas protegidas para las rentas medias como para el segmento de población con mayores problemas para acceder al mercado libre de pisos? La respuesta de la Comunidad de Madrid (CAM) es que el Gobierno autonómico se limita a abrir el abanico de tipologías disponible y que luego son los promotores inmobiliarios los que eligen las que prefieren ajustándose a los módulos fijados (los precios máximos de venta).

El Grupo Socialista en la Asamblea regional pone números a esta política empresarial. «Por una vivienda de precio básico en un municipio de la zona B, que es donde más VPO se construye, el promotor obtiene un beneficio de 8.000 euros; por una de precio limitado, 30.000 euros», calcula Antonio Fernández Gordillo, portavoz de Vivienda del PSOE en la Cámara madrileña.

Y pone también la crítica desde el punto de vista social: «Es paradójico que la oferta que se esté haciendo vaya dirigida en buena medida a las rentas más altas en lugar de concentrarse en el sector de población con menos recursos».

Además, Gordillo se muestra sorprendido de que la mitad de esas 12.677 casas iniciadas en los ocho primeros meses del año se localicen en consorcios urbanísticos (desarrollos promovidos por la Comunidad y el ayuntamiento de turno), cuando, a su juicio, precisamente el Ejecutivo de Esperanza Aguirre no se muestra demasiado entusiasta con esta fórmula de promoción. «Y eso que en época de crisis es un magnífico instrumento para poner suelo en carga», considera.

La CAM, que siempre que puede aprovecha para recordar su liderato en la construcción de VPO en España, dice, sin embargo, que el número de pisos empezados en consorcios a lo largo del año es notablemente inferior. Y justifica que ahora no se potencie este modelo constructivo por la existencia de fórmulas alternativas.

Entre otras, la reserva para VPO del 50% en los nuevos desarrollos que decretó la Ley de Suelo de 2001 y por las redes supramunicipales (terrenos de titularidad pública donde se pueden construir pisos de alquiler en régimen de cesión del derecho de superficie). La Consejería de Vivienda de Madrid despeja definitivamente el balón asegurando que, además, ningún ayuntamiento ha propuesto la constitución de nuevos desarrollos de promoción conjunta.

Por el momento, el único futuro de la VPO que se puede anticipar es el que esboza el reglamento que entró en vigor el pasado 10 de agosto. En el capítulo de novedades aparecen cuestiones como la posibilidad de modificar la calificación definitiva de los pisos protegidos para adaptar su uso a la demanda y que en la modalidad de alquiler con opción a compra ésta se pueda ejercer a partir del quinto año, sin necesidad de esperar obligatoriamente al séptimo.

El PSOE se queja de que «en ningún momento el nuevo supuesto plan indica cuántas viviendas protegidas producirá Madrid en los próximos cuatro años, quizá para esconder el fracaso de sus propias políticas de vivienda».


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Antiguo 04-oct-2009, 21:10
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Allá el que la compre a precios inflados.
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"Uno de los problemas de la energía nuclear es que nos lanzamos alegremente a su generación, pero nadie pensó en sus consecuencias posteriores. Peor aún, pensaron que se resolvería el problema sin dificultad en el futuro"

Julio Gutiérrez, Catedrático de Física Atómica, Molecular y Nuclear


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Allá el que la compre a precios inflados.

¿A qué precios te refieres?


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Antiguo 04-oct-2009, 22:51
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120.000€ por un piso nuevo de 3 dormitorios, 2 baños, garaje y trastero en el área metropolitana de Madrid, no lo veo ningún regalo, pero tampoco es un robo.

Es un precio asequible para una persona que desee comprarse un piso y tenga algunos ahorros para ello.


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Antiguo 04-oct-2009, 23:45
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Es curioso que se saque usted esta noticia cuando en Alcorcón el limite mas bajo para sobrepasar los requisitos económicos máximos era de mas de 40000€.


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Antiguo 04-oct-2009, 23:54
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Es curioso que se saque usted esta noticia cuando en Alcorcón el limite mas bajo para sobrepasar los requisitos económicos máximos era de mas de 40000€.

Es curioso, o no, porque los requisitos económicos los marca la Comunidad de Madrid en su Decreto 11/2005 de 27 de Enero. La Comunidad de Madrid tiene las competencias en materia de ordenación del suelo y vivienda; y Alcorcón pertenece... a la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid fija el precio de la VPPB, y los ingresos máximos de sus adjudicatarios.


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Es curioso, o no, porque los requisitos económicos los marca la Comunidad de Madrid en su Decreto 11/2005 de 27 de Enero. La Comunidad de Madrid tiene las competencias en materia de ordenación del suelo y vivienda; y Alcorcón pertenece... a la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid fija el precio de la VPPB, y los ingresos máximos de sus adjudicatarios.

Correcto, pero el ayuntamiento puede modificar los requisitos. Eso o son nulos los mas de 6000 contratos firmados con clausulas diferentes a las de la comunidad de Madrid.


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Antiguo 05-oct-2009, 00:00
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Correcto, pero el ayuntamiento puede modificar los requisitos. Eso o son nulos los mas de 6000 contratos firmados con clausulas diferentes a las de la comunidad de Madrid.

¿Por qué los contratos iban a ser nulos?. El ayuntamiento no ha modificado nada de los requisitos económicos para acceder a una VPPB.

Te lo voy a poner más fácil. Dime qué requisito ha modificado el ayuntamiento de los siguientes:

DECRETO 12/2005, de 27 de enero, por el que se regulan las ayudas
económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid (Plan de Vivienda
2005-2008).


Artículo 8. Requisitos de acceso a las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio

Para acceder a las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio será necesario, cuando se
trate de primera transmisión de las mismas, que el adquirente o promotor individual para uso propio cumpla los
siguientes requisitos:

a) Que sus ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples
(IPREM) cuando se trate de acceder a una Vivienda con Protección Pública Básica (VPPB).


b) Que sus ingresos familiares no excedan de 7,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples
cuando se trate de acceder a una Vivienda con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL).

c) Que no sea titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a
régimen de protección en todo el territorio nacional; ni lo sea sobre una vivienda libre en toda la Comunidad de
Madrid, cuando el valor de dicha vivienda libre, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales, exceda del 40 por 100 del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de la
actuación protegida, o del 60 por 100, en el caso de familias numerosas. No obstante, no será de aplicación este
requisito en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le
haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.


Última edición por Don Enrique; 05-oct-2009 a las 00:09


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Antiguo 05-oct-2009, 00:08
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¿Por qué los contratos iban a ser nulos?. El ayuntamiento no ha modificado nada de los requisitos económicos para acceder a una VPPB.

No, pero por ejemplo ha incluido clausulas sobre descalificación diferentes a las de la comunidad de Madrid, lo cual ni me parece bien ni mal pero te digo, ¿el ayuntamiento puede modificar las condiciones con respecto a la comunidad de Madrid o lo que ha hecho no vale para nada?.


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Antiguo 05-oct-2009, 00:15
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No, pero por ejemplo ha incluido clausulas sobre descalificación diferentes a las de la comunidad de Madrid, lo cual ni me parece bien ni mal pero te digo, ¿el ayuntamiento puede modificar las condiciones con respecto a la comunidad de Madrid o lo que ha hecho no vale para nada?.




Como ves, la vivienda se puede descalificar en los 15 años siguientes a la venta. Eso se respeta.

No obstante, hay una clausula adicional donde la promotora pública se reserva la recompra preferente a precio VPP durante 30 años. Yo lo veo correcto, y además no afecta para nada en los requisitos de acceso a la VPP. La modificación en los requisitos de acceso es competencia exclusiva de la Comunidad de Madrid, lo otro no, y además es una medida para evitar la especulación con estos pisos.

Yo estoy muy de acuerdo con esa cláusula. Pero si hay alguien que no está de acuerdo, recurre ante un juez, y éste le da la razón, entonces se invalidaría esa claúsula en concreto (se declararía nula), pero el resto de contrato sería válido.

Pero para tu información, desde 1994 se incluye esa cláusula en los contratos y escrituras de EMGIASA, y ningún juez la ha declarado nula.

Última edición por Don Enrique; 05-oct-2009 a las 00:23


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