Una pregunta, sobre la que he buscado informacion y no me ha quedado claro
1.- Una empresa sl, debe a el banco un dinero de un prestamo hipotecario
2.- El banco acepta el bien hipotecado en dacion de pago por el importe del ptmo.
Preguntas
A) ¿El banco le debe pagar el iva a la empresa?
Entonces, el banco encima que no cobra debe pagar el iva al moroso, acto seguido, la empresa, no le paga a hacienda y presenta concurso, y ese dinero ha desaparecido, porque ha ido a pagar otras deudas con otras empresas del grupo o proveedores "colegas". Sabemos que cuando una empresa recurre a daciones de pago, no esta para tirar cohetes.
B) ¿el importe de la dacion de pago es "iva incluido", por lo que el banco cobrara su "iva soportado" de hacienda, y el deudor (la empresa) queda con una deuda con hacienda que no puede pagar por el "iva repercutido"?
Aunque en este caso si que habria una perdida para el banco, por la diferencia del valor del bien cobrado y el importe pendiente del prestamo, pero lo recuperara en forma de iva.
Como veis el tema, alguien sabe como se hace estas operaciones