Ayuda en tema fiscal. Pago impuestos en Alemania o en España?

krako

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Hola a todos,

No sé si el hilo está en la sección adecuada, pero ya se encargarán de desviarlo si no es así.

Os explico. Actualmente trabajo en Alemania. Soy autónomo y pago religiosamente mi autónomo en España. Trabajo actualmente para tres empresas, dos españolas y una alemana. Cada trimestre resumen del IVA, IRPF, facturas, etc...lo normal.

La pregunta es: me saldría más a cuenta pagar impuestos en Alemania, o sea, afiliarme aquí? Alguien está al caso de estos temas?

Muchas gracias.
 

Kinematik

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Hola a todos,

No sé si el hilo está en la sección adecuada, pero ya se encargarán de desviarlo si no es así.

Os explico. Actualmente trabajo en Alemania. Soy autónomo y pago religiosamente mi autónomo en España. Trabajo actualmente para tres empresas, dos españolas y una alemana. Cada trimestre resumen del IVA, IRPF, facturas, etc...lo normal.

La pregunta es: me saldría más a cuenta pagar impuestos en Alemania, o sea, afiliarme aquí? Alguien está al caso de estos temas?

Muchas gracias.
En realidad no puedes elegir,sino que se supone que debes pagar en tu pais de "residencia", definido como el lugar donde residas mas de seis meses al anho.

Todos tus ingresos mundiales debes declararlos en el pais que residas. Entre Alemania y Espanha existe además un convenio fiscal para evitar la doble imposición, es decir no pagar dos veces por el mismo ingreso indepedientemente de donde venga.

Como el concepto de "residencia" es un tanto flexible es posible que puedas forzarlo y en principio debería ser mejor pagar en Espanha. Tengo experiencia reciente y me da la impresión de que no existe una comunicacón fluida entre las haciendas espanholas y alemana. Tambien me abrieron un procedimiento de inspección que quedo cerrado al demostrar que vivía en Alemana sin ningún tipo de explicación adicional. Mi impresión es que se pueden hacer bastantes chanchullos en este campo.
 

ignorante

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Impuestos posiblemente pagues algo más, pero también hay que tener en cuenta otros parámetros, como las prestaciones sociales. Como ya tendrás bastantes años cotizados en España, yo en tu situación optaría por fijar mi residencia fiscal en Alemania. La idea es tributar al fisco y la SS germana, de cara a tener años cotizados en ese país, y reducir el riesgo de no cobrar nada cuando te jubiles (Dios sabrá como estará España entonces). Eso sí, probablemente necesites residencia allí, pero ya la tienes según dices.

Para cobrar pensión en España valen 15 años cotizados "totales" (ej. 10 trabajados aquí y 5 en Alemania) de acuerdo con las normas comunitarias (para el cómputo de años mínimos se suma lo de todos los países; para el cómputo de cantidades se tiene en cuenta el período cotizado en cada uno de ellos por separado, ya que cada país paga su parte). La ley Alemana creo que fija el mínimo de años en 5.

Si has cotizado 15 años (todos en España) te corresponde el 50% de la pensión española de la base que hayas pagado, mientras que cotizando 35 te corresponde solo el doble (100%) por un 133% más de años trabajados (la ley de pensiones española es otra de tantas cosas pensadas con el trastero). Es decir, es más inteligente cotizar 15 años en España y 20 en Alemania (y cobrar el 50% y el 57% respectivamente de dichas pensiones, en total el 107%) que no 35 años en España y llevarte sólo el 100% de la española. Con la ventaja adicional de reducir el riesgo al no depender de un solo país. En realidad, mejor cotizar 13 siendo joven y los dos últimos dejarlos para cuando tengas 63 años (los dos últimos años cotizados, con la ley actual, no se actualizan con el IPC). 15 años es la cifra "óptima" a cotizar en el menso sistema de pensiones hispano (cotizando 14 por ej. en vez de 15 pierdes un 20% de la pensión, y cotizar más ya hemos visto que no es inteligente, a menos que tengas que vivir aquí).

Por supuesto, las leyes de pensiones pueden cambiar con el tiempo, así que hay que ojear de cuando en cuando. Y los planes privados, con todos los respetos, son menos fiables y además un fiasco de comisiones. Claro que si sólo pagas 240 de autónomo no aspires a cobrar más de 700 euros (valor de hoy) de pensión, o 350 por 15 años cotizados. Ese es el error habitual de los autónomos: creer que sólo pagan la sanidad. La cotización también incluye las pensiones del dia de mañana.
 
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Raimon

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Hay un panfleto de Hacienda sobre el tema de quienes trabajan/residen fuera de España que te recomiento que solicites en tu adminsitracion de Hacienda. Lo primero que te dice el panfleto es que nada tiene que ver la residencia adminsitrativa (la que concede el pais de acogida) con la residencia fiscal. Para esta ultima no basta con los seis meses y un dia en el pais de acogida sino que hay que demostrar que tu hogar (señora y demas) se ha trasladado contigo, y segun la siempre confusa redaccion de estos panfletos, da la impresiion de que pesa mas esto ultimo que los seis meses y un dia o la posesion de la residencia en el pais de acogida. Otro tema de la maxima importancia es que si trabajas en el extranjero para una empresa española LOS PRIMEROS SESENTA MIL EUROS ANUALES QUE GANES SON LIBRES DE IMPUESTOS EN ESPAÑA. Esta es una ley que se hizo para incentivar la salida de profesionales españoles al exterior y que esta vigente. Ojo porque se trata de empleados de una empresa española en el extranjero, no de autonomos que por su cuenta realizan un trabajo en el extranjero, aunque la barrera esta mas bien gris. Espero que esto te ayude a ahorrar algun durillo.