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| Buenas. Os sitúo. Mi hermano compró en 2006 sobre plano y a fecha de hoy aún no le han entregado la casa. Según consta en el contrato de una poliza que avalaba las cantidades entregadas a cuenta a la promotora, si la vivienda no se entregaba en el último trimestre de 2008, el asegurado de la mencionada póliza (el comprador = mi hermano) estaría facultado para exigir la entrega de la vivienda o la devolución de las cantidades entregadas a cuenta . Evidentemente mi hermano piensa exigir esto último, y es acerca de esto por lo que me gustaría que nos aconsejárais. Qué es exactamente lo que tendría que hacer? Ir directamente al promotor? A un abogado? Interponer demanda? Ponerse en contacto con la entidad que asegura el aval? Lo que no queremos es perder el tiempo en acciones que luego no sean eficaces, puesto que la verdad es que las viviendas parece que están próximas a entregarse. Respecto a la tardanza, nos han contado diversos problemas respecto al abastecimiento de agua y no se qué cuestión acerca de un cable de alta tensión que debía atravesar la urbanización. Pueden considerarse estos percances como "acontecimientos de fuerza mayor" que pudieran eximir a la promotora de devolver las cantidades a las que nos venimos refiriendo? Muchas gracias por adelantado |
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| que se de por jodido, lo de los avales bancarios es otra " burbuja" de la hostia que vaya al banco y al promotor , pero solo para sacar impresiones, a continuacion , al abogado, pero de los caros y que el tio saque tajada con el tema sino, no servira de nada. |
| Estos usuarios dan las gracias a HUSKY por su mensaje: | ||
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| Pero ni aún estando firmado en el aval tiene posibilidades? Salvo suspensión de pagos de la aseguradora, debería ser factible recuperar el dinero no? |
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| el problema,creo yo, es que del aval responde el banco, si el aval se dio por pignoracion de dinero pues muy bien , se cobra y punto, pero el problema es que en pleno apojeo de la burbuja, se dieron avales en relaccion a : NADA. y de nada, no se puede pagar nada. P.D.:¿ tu te crees que todos estos avales que han ofrecido las constructoras de las entregas a cuenta estabam respaldados por dinero real?......tu mismo |
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| Aconseja alguno de ustedes enviar un burofax donde mi hermano deje constancia de su decisión de ejecutar el aval? |
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| Según parece el aval cumplió en diciembre de 2008. Se debe entender por tanto caducado? |
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| Que tu hermano sea un hombre y responda de sus errores... que siga para adelante o que renuncie a lo entregado. |
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el problema,creo yo, es que del aval responde el banco, si el aval se dio por pignoracion de dinero pues muy bien , se cobra y punto, pero el problema es que en pleno apojeo de la burbuja, se dieron avales en relaccion a : NADA. El aval significa que responde el banco en caso de que no lo haga el promotor, en las circunstancias y plazos que se fijen. El respaldo, por tanto, "es el banco", y el cómo se lo monten avalista y avalado es algo que al acreedor le trae sin cuidado. Otro asunto es que pueda costar ejecutar ese aval, y más aún (ahí está el tema finiquitado) si ya acabó el plazo y no hubo requerimiento previo.
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| Por supuesto que puedes ejecutar aval, si tu hermano no ha incumplido. La cuestión estriba si el promotor ha incumplido el contrato de manera "suatancial y grave". Si es así, tienes que requerir fehacientemente y luego demandar a los dos, Promotor y Banco. Espabilad ya, y sí que recuperará el dienero. Te lo garantizo, porque está avalado. Si en el contrato dice que está avalado por un banco y luego no es cierto. QUERELLA CRIMINAL AL PROMOTOR. Espabila y muévete. saludos |
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| PAra opinar habria que leer el aval. Pero vamos, notificacion fehaciente al promotor solicitando la devolucion de las cantidades aportadas. Poniendo fecha y lugar de cobro (a traves de requerimiento notarial, cuatro perras). Cuando el notario te devuelva la practica del requerimiento, con esa copia y el aval original, presentarse en la oficina bancaria y solicitar el pago especificando la cuenta en la que lo quieres. Si no te lo dan ese mismo dia (o en un tiempo prudencial de maximo dos dias), ir al notario y que haga el el requerimiento igual que el del promotor. Pero vamos,que sin leer el texto del aval, es una paja mental. ¿POdrias hacer una fotocopia y tachando todos los datos significativos de cantidades, entidades, promotores e intervinientes varios colgarlo? |
| Estos usuarios dan las gracias a Elputodirector por su mensaje: | ||
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