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  Burbuja.info - Foro de economía > Foros > Burbuja Inmobiliaria > Cuánto nos cuesta salvar de la extinción a los linces y cuánto nos cuesta mantener a
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  #31 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 13:56
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vamos a ver la iglesia tiene todo el derecho del mundo a decir lo que piensa. Vamos como cualquier otro organismo.

Otra cosa es que se este de acuerod o no. Pero poner el grito en el cielo porque la Iglesia opine.....


Opinar podrán opinar lo que les de la gana, pero hacer tendrán que hacer aquello que sea legal y moralmente aceptable. Lo de hacer presentaciones asociando las fotos de ZP y los fetos muertos en centros educativos es penalty y expulsión. Si quieren hacer esas presentaciones que las hagan ante un auditorio que tenga la suficiente capacidad de crítica
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  #32 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:00
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Iniciado por kunk Ver Mensaje
Opinar podrán opinar lo que les de la gana, pero hacer tendrán que hacer aquello que sea legal y moralmente aceptable. Lo de hacer presentaciones asociando las fotos de ZP y los fetos muertos en centros educativos es penalty y expulsión. Si quieren hacer esas presentaciones que las hagan ante un auditorio que tenga la suficiente capacidad de crítica

Completamente de acuerdo. ya dije en otro post que ese video no era antiabortista, era antiPSOE.

Tambien decia que es el problema que sale cuando queremos que en la escuela se eduque. En los colegios se debe enseñar, no ecducar.

Por eso mi rechazo a la asigantura de Educacion Ciudadania tal y como está ahora, contexto en el que fue puesto el video.

Video que me parece fuera de lugar.
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  #33 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:02
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Iniciado por meanboy Ver Mensaje
La iglesia no tiene ningún derecho a opinar, porque se basa en un FRAUDE ESPIRITUAL, ... es la MAYOR BURBUJA de la historia de la humanidad.


y lo dices tu, que como avatar tienes la imagne de un musulman?

En serio, claro que tiene derecho a opinar, la catolica y cualquier iglesia.

Eso del Fraude espiritual me lo expliques mejor.
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  #34 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:14
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Pues yo personalmente me declaro en contra del aborto en casi todos los supuestos. En España lo que hace falta es un buen plan de métodos anticonceptivos, no sólo información, que ya la hay..."trabajo" en sanidad y lo que me parece my fuerte es que la gente no use métodos y luego diga: bueno, si me quedo en estado ya veré que hago. Como si fuera lo mismo ponerse un preservativo que abortar. Sin hablar de la concepción de métodos anticonceptivos que tienen las inmigrantes del este. Su método consiste en pedir fin de semana si, fin de semana también la píldora del día después, que nos cuesta a la sanidad española un dineral cada pastillita de las narices.

Por otro lado, creo en la autofinanciación de la iglesia. Los practicantes e interesados que la financien, y punto. Y sí, a veces se mete la iglesia donde no le llaman, aunque a veces hay que reconocer que le ahorra un dinerillo al estado (ONG etc).

Y ya por último creo que esto es simplemente una estrategia de Zp para olvidar la crisis durante un tiempecillo. No se a que viene esta reforma con la que está cayendo.
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  #35 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:46
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y lo dices tu, que como avatar tienes la imagne de un musulman?

En serio, claro que tiene derecho a opinar, la catolica y cualquier iglesia.

Eso del Fraude espiritual me lo expliques mejor.

En mi avatar he puesto a el gobernante de Dubai, el jeque Mohammed bin Rashid Al Maktum, como fundador de la más heavy burbuja inmobiliaria del planeta.

simplificando; fraude espiritual es vender vida eterna a las pobres gentes y lucrarse con ello.
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  #36 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:50
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Iniciado por meanboy Ver Mensaje
En mi avatar he puesto a el gobernante de Dubai, el jeque Mohammed bin Rashid Al Maktum, como fundador de la más heavy burbuja inmobiliaria del planeta.

simplificando; fraude espiritual es vender vida eterna a las pobres gentes y lucrarse con ello.

Pero entonces todas las religiones son Fraudes Espirituales.


Gracias por la explicacion de tu avatar
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  #37 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 14:57
Avatar de Faemino
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Pero entonces todas las religiones son Fraudes Espirituales.


Gracias por la explicacion de tu avatar

Todas las religiones son fraudes. Punto.

Si cualquier vendedor a domicilio te intentara hacer tragar una decima parte de lo que cualquier iglesia vende cada domingo o dia de guardar, lo echarias a patadas. Vease un ejemplo:
Besando el culo de Hank
__________________

"Nunca atribuyas a la mala intención lo que puede explicarse con la estupidez" -Corolario de Hanlon
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  #38 (permalink)  
Antiguo 27-mar-2009, 15:14
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Iniciado por wolf45 Ver Mensaje
sinceramente, me gustan los animales, tengo 4 huskies en casa,,,pero ante un ser humano, le den pol culo a los linces, el problema es que como se extingan,,, Que hara la cohorte ecopijprogre en forma de asociaciones, protectoras y demas, organismos subvencionados y apesebrados con nuestro dinero???? ese bicho y otros son su 'modus vivendi'

Ante una persona, un ser humano,,, le den pol cul,, a los bichos.

Viva la campaña de la Iglesia


El problema es que la campaña de la iglesia está basada en una falacia. Simplemente, no es cierto que la protección jurídica que recibe la especie humana sea menor que la que reciben las especies animales distintas de la humana. Copio a continuación unos artículos del código penal los artículos que hacen referencia a la protección de la fauna y medio ambiente


Artículo 334.

1. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. El que cace o pesque especies amenazadas, realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración, contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general protectoras de las especies de fauna silvestre, comercie o trafique con ellas o con sus restos será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses y, en todo caso, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años.

2. La pena se impondrá en su mitad superior si se trata de especies o subespecies catalogadas en peligro de extinción.

Artículo 335. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

1. El que cace o pesque especies distintas de las indicadas en el artículo anterior, cuando esté expresamente prohibido por las normas específicas sobre su caza o pesca, será castigado con la pena de multa de ocho a 12 meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.

2. El que cace o pesque especies a las que se refiere el apartado anterior en terrenos públicos o privados ajenos, sometidos a régimen cinegético especial, sin el debido permiso de su titular, será castigado con la pena de multa de cuatro a ocho meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años, además de las penas que pudieran corresponderle, en su caso, por la comisión del delito previsto en el apartado 1 de este artículo.

3. Si las conductas anteriores produjeran graves daños al patrimonio cinegético de un terreno sometido a régimen cinegético especial, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años e inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de cazar y pescar por tiempo de dos a cinco años.

4. Se impondrá la pena en su mitad superior cuando las conductas tipificadas en este artículo se realicen en grupo de tres o más personas o utilizando artes o medios prohibidos legal o reglamentariamente.

Artículo 336. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

El que, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva para la fauna, será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses y, en todo caso, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de uno a tres años. Si el daño causado fuera de notoria importancia, se impondrá la pena de prisión antes mencionada en su mitad superior.

Artículo 337. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre.

Los que maltrataren con ensañamiento e injustificadamente a animales domésticos causándoles la muerte o provocándoles lesiones que produzcan un grave menoscabo físico serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

Ahora copio los que hacen referencia a la vida humana (incluyendo el aborto)

Artículo 138.

El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.

Artículo 139.

Será castigado con la pena de prisión de quince a veinte años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:

1.Con alevosía.
2.Por precio, recompensa o promesa.
3.Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.

Artículo 140.

Cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias previstas en el artículo anterior, se impondrá la pena de prisión de veinte a veinticinco años.

Artículo 141.

La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los tres artículos precedentes, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada en su caso en los artículos anteriores.

Artículo 142.

1. El que por imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años.

2. Cuando el homicidio imprudente sea cometido utilizando un vehículo a motor, un ciclomotor o un arma de fuego, se impondrá asimismo, y respectivamente, la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores o la privación del derecho a la tenencia y porte de armas, de uno a seis años.

3. Cuando el homicidio fuere cometido por imprudencia profesional se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un período de tres a seis años.

Artículo 144.

El que produzca el aborto de una mujer, sin su consentimiento, será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de tres a diez años.

Las mismas penas se impondrán al que practique el aborto habiendo obtenido la anuencia de la mujer mediante violencia, amenaza o engaño.

Artículo 145.

1. El que produzca el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por la Ley, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de uno a seis años.

2. La mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la Ley, será castigada con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.


Para poder comparar de forma efectiva hay que tener en cuenta que el ser humano no es una especie amenazada ni está en peligro de extinción, de modo que para ser equitativos habría que suprimir el artículo 334 de la comparación. El resultado de la comparación es el siguiente:

- El homicidio está penado con 10 a 15 años de cárcel y el asesinato con entre 15 a 20. La máxima pena por matar un animal con los peores agravantes (que cause un daño irreparable al medio ambiente o cace una especie amenazada) es de 5 años.

- El "homicidio" animal (es decir, aquellos casos en los que no hay alevosía ni ensañamiento) no está contemplado como delito salvo que cause un grave daño ecológico. La pena mínima del homicidio humano son 10 años.

- Un "asesinato" (la caza puede que no sea un delito como tal, pero no se puede decir que sea involuntaria) animal injustificado con el máximo de agravantes (ensañamiento) tiene una pena de 1 año de prisión. Su equivalente homano es de 20 años de prisión.

- El aborto ni siquiera está contemplado como delito en el caso de animales. En el caso humano, fuera de los supuestos despenalizados (en los que la pena es nula, igual que en el caso animal) está penado con 1 a 3 años para el médico y de 6 meses a 1 año para la mujer.

En definitiva: el mensaje lanzado con esa campaña (que el nivel de protección de un humano no nacido es menor que el que reciben los animales), con la legislación en la mano es MENTIRA. Por menos que eso en su día obligaron a los anunciantes de los Clicks de Famobil a suprimir los movimientos autónomos de los muñecos en sus anuncios, y hubo más casos de esos por ahí (vease el rollete que les obligan a soltar al final de los anuncios de medicamentos, etc.). Lo que tienen es mucha cara. Que les retiren la campaña YA, y si quieren hacer una campaña en contra de la reforma del aborto, que la basen en HECHOS REALES.
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  #39 (permalink)  
Antiguo 28-mar-2009, 01:39
Avatar de meanboy
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Buen trabajo kunk.
Son como las sanguijuelas ... te van chupando la sangre sin que te enteres.
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  #40 (permalink)  
Antiguo 28-mar-2009, 02:23
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Iniciado por kunk Ver Mensaje
El problema es que la campaña de la iglesia está basada en una falacia. Simplemente, no es cierto que la protección jurídica que recibe la especie humana sea menor que la que reciben las especies animales distintas de la humana. Copio a continuación unos artículos del código penal los artículos que hacen referencia a la protección de la fauna y medio ambiente

No hay tal falacia, copias un montón de artículos de la ley pero, para el caso que nos ocupa, basta con los relativos al aborto, los demás que citas sólo sirven para "ofuscar". Paso en exclusiva al análisis de los relativos al aborto ya que ese es el tema de la campaña eclesial (y no lo que en el código penal se tipifica como homicidio, ensañamiento o asesinato).

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- El aborto ni siquiera está contemplado como delito en el caso de animales. En el caso humano, fuera de los supuestos despenalizados (en los que la pena es nula, igual que en el caso animal) está penado con 1 a 3 años para el médico y de 6 meses a 1 año para la mujer.

¿Cuándo comienza la vida humana? Esa es la cuestión que te tienes que responder. Coleccionar huevos de aves protegidas está multado y no existe ningún "supuesto despenalizado" para ese caso.

Está claro que, con esta campaña, se ataca la existencia de supuestos que puedan justificar la muerte de un ser humano (recuerda, la clave es ¿cuándo comienza la vida humana?) y plantea ACERTADAMENTE que, bajo ciertos supuestos, una vida humana (¿cuándo comienza?, para la iglesia y bastantes científicos comienza con la concepción, no conozco a ningún científico serio que lo retrase más allá del comienzo de la actividad neuronal independiente en el embrión con electroencefalograma incluido, allá por las ocho semanas) está MENOS protegida que la de ciertos animales.

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En definitiva: el mensaje lanzado con esa campaña (que el nivel de protección de un humano no nacido es menor que el que reciben los animales), con la legislación en la mano es MENTIRA. Por menos que eso en su día obligaron a los anunciantes de los Clicks de Famobil a suprimir los movimientos autónomos de los muñecos en sus anuncios, y hubo más casos de esos por ahí (vease el rollete que les obligan a soltar al final de los anuncios de medicamentos, etc.). Lo que tienen es mucha cara. Que les retiren la campaña YA, y si quieren hacer una campaña en contra de la reforma del aborto, que la basen en HECHOS REALES.

HECHOS REALES.

1) Con la ley en la mano hay una serie de supuestos según los cuales una vida humana (a partir de la octava semana ya no hay dudas, el embrión tiene su propio electroencefalograma) tiene menos protección legal que la vida de un animal. Hacen bien en señalarlo y no incurren en ninguna falacia.

2) Hay un plan en marcha para permitir el aborto a voluntad (despenalización completa y conversión del mismo en un "derecho") durante las primeras catorce semanas. Nuevamente, los seres humanos de menos de catorce semanas (recuerda que se puede discutir si la vida comienza en la semana 1 o en la 8, pero no más allá) quedarían más desprotegidos legalmente que una serie de especies animales (incluidos los huevos y nidos de todas las aves en peligro de extinción).
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