Rajoy infringió la Ley de Incompatibilidades de los Funcionarios Públicos, la Ley Hipotecaria y la L

eolico

Madmaxista
Desde
14 Jul 2011
Mensajes
4.984
Reputación
16.333
Mariano Rajoy vulneró la Ley para ganar los concursos de los Registros de la Propiedad de Padrón, Berga, Elche 3 y Santa Pola

Mariano Rajoy vulneró la Ley para ganar los concursos de los Registros de la Propiedad de Padrón, Berga, Elche 3 y Santa Pola | Página21


Infringió la Ley de Incompatibilidades de los Funcionarios Públicos, la Ley Hipotecaria y la Ley Electoral.

De este modo, pudo controlar el destino de los recursos de los distintos registros de los que fue titular entre 1980 y 1990, siendo cargo público en Galicia y en el Congreso.

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, vulneró la Ley de Incompatibilidades de los Funcionarios Públicos, la Ley Hipotecaria y la Ley Electoral para ganar las plazas de los Registros de la Propiedad de Padrón, Berga, Elche 3 y Santa Pola, del que sigue siendo titular, aunque esté en situación de ‘servicios especiales, con reserva de plaza’. El registrador Mariano Rajoy faltó a la verdad para presentarse y ganar los concursos de esos registros y mantener el control del destino de los recursos obtenidos, pues nunca ha residido en Padrón, Berga, Elche o Santa Pola, entre otras ilegalidades. Los registros de la propiedad son exclusivas territoriales de cada registrador y el importe de las tarifas que cobran va a parar a cada titular.

En el Anuario de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que edita el Boletín Oficial del Estado para el Ministerio de Justicia, figuran año tras año todos los registradores de la propiedad (unos 750 en todo el Estado), ya sea como titulares, interinos, en excedencia o en servicios especiales. Pues bien, Rajoy solo figura como registrador en situación de ‘servicios especiales’ durante los años 1998 y 1999, que coinciden con su paso por el Ministerio de Administraciones Públicas. El resto de los años, entre 1980 y 2009, Rajoy aparece como titular de distintos Registros: Padrón (1980 y 1981), Berga (1982, 1983 y 1984), Elche (1985, 1986 y 1987) y Santa Pola, desde 1988 hasta 2009 (salvo los dos años citados). En 1989, ya siendo titular del Registro de Santa Pola, Mariano Rajoy era diputado nacional por Pontevedra.

Es decir, es evidente que al tiempo que ocupaba cargos públicos en Galicia (parlamentario autonómico de Galicia en 1981, director general de Relaciones Institucionales de la Xunta de Galicia, presidente de la Diputación de Pontevedra entre 1983 y 1986 y vicepresidente de la Xunta de Galicia, 1986-1987), como figura en la biografía publicada en la web de La Moncloa, fue concursando y cambiando de Registro de la Propiedad sucesivamente: en Padrón, en Berga, cerca del pirineo catalán, y en Elche.


Vulneración de la Ley Hipotecaria

El artículo 548 del Reglamento que desarrolla la Ley Hipotecaria establece que los Registradores “residirán en la capital del Registro y sólo podrán ausentarse de ella en los días no feriados y durante las horas de oficina, cuando hubieren obtenido licencia de la Dirección, prórroga del Ministro de Justicia o nombramiento para desempeñar alguna comisión o agregación de las autorizadas por la Ley o por este Reglamento. (…) Las ausencias por justa causa no excederán de ocho días y durante el año no se podrán utilizar más de cuatro”. Es imposible, por tanto, que Rajoy hubiera podido ejercer como presidente de la Diputación de Pontevedra o vicepresidente de la Xunta gallega y al mismo tiempo estar al frente del Registro de la Propiedad de Elche, por citar un caso.

El artículo 509 del mismo Reglamento Hipotecario exige para ser nombrado registrador una declaración jurada del aspirante en la que manifieste que no incurre en ninguna de las incompatibilidades del artículo 281 de la Ley Hipotecaria de 8 de febrero de 1946 decretada por el Jefe del Estado, el dictador Francisco Franco, que establece que el cargo de registrador “es incompatible con el de Juez o Fiscal Municipal o Comarcal, Notario y, en general, con todo empleo o cargo público, en propiedad o por sustitución, esté o no retribuido con fondos del Estado, de la Provincia o del Municipio”.

Este Reglamento de 1947 contemplaba una excepción en el artículo 541, que permitía al Jefe del Estado autorizar la compatibilidad del cargo público con la titularidad el registro, nombrando el sustituto que corresponda conforme al cuadro de sustituciones para su llevanza y con derecho a cobrar el 50% de los honorarios registrales. No obstante, este artículo está derogado por la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

En las sucesivas declaraciones de actividades que ha realizado Mariano Rajoy en el Congreso de los Diputados a lo largo de los últimos años, ha dejado desierta la casilla que corresponde a si es funcionario o presta servicios o realiza actividad por cuenta directa o indirecta. No ha hecho referencia alguna a su situación administrativa registral, cuando desde 1980 hasta 1990 ha figurado como titular de los distintos Registros.


Vulneración de la Ley 53/1984, incompatibilidades de los funcionarios

El Gobierno de Felipe González aprobó la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, que prohíbe a todo funcionario “ejercer una segunda función pública, sea directamente o mediante sustituto (artículo 1.1), salvo autorización expresa del Ministerio de la Presidencia (artículo 3.1)”.

A los funcionarios retribuidos por arancel, el caso de los registradores, se les impone una incompatibilidad absoluta con toda función pública y privada, “salvo como profesor universitario asociado o si se le encomienda un servicio o comisión especial para un asunto concreto”. La sentencia 68/1990 del Tribunal Constitucional así lo confirma.

En el artículo 1.2 de la Ley 53/1984, se fija la prohibición de percibir “más de una remuneración de las Administraciones Públicas. También se entiende por remuneración el arancel de registradores. No obstante, en el artículo 7 se establece que si se cobra más de una remuneración pública el total no puede superar la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director general”.

A través del artículo 10, se obliga al funcionario incompatible a optar por uno u otro puesto dentro del plazo de toma de posesión. En cuanto toma posesión de un nuevo cargo, se entiende que opta por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el anterior. Pero Mariano Rajoy no ha pedido la excedencia como registrador de la propiedad a lo largo de estos 30 años, según los Anuarios editados por el BOE para el Ministerio de Justicia.

En cuanto a la Ley de Régimen Electoral, el artículo 157.2 establece la incompatibilidad absoluta de los diputados y senadores para el ejercicio directamente o mediante sustituto de cualquier otra actividad pública, incluidas las retribuidas mediante arancel, como es el caso de los registradores.

En este artículo se establece, literalmente que:

1. El mandato de los Diputados y Senadores se ejercerá en régimen de dedicación absoluta en los términos previstos en la Constitución y en la presente Ley.

2. En virtud de lo establecido en el apartado anterior, el mandato de los Diputados y Senadores será incompatible con el desempeño, por sí o mediante sustitución, de cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel, honorarios o cualquier otra forma. En caso de reproducirse el pase a la situación administrativa o laboral que corresponda en aquéllos, deberá garantizarse la reserva de puesto o plaza y de destino, en las condiciones que determinen las normas específicas de aplicación.

El régimen de dedicación absoluta y de incompatibilidades previsto en esta Ley será aplicable sin que en ningún caso se pueda optar por percepciones o remuneraciones correspondientes a puestos o cargos incompatibles.


El BOE no miente

Por tanto, también es falsa la afirmación del presidente y de distintos cargos públicos y orgánicos del PP cuando aluden a que el presidente ha perdido dinero en política, pues al menos durante siete años seguidos, desde 1980 hasta 1987, no solo cobró por los múltiples cargos públicos que simultaneaba, sino que también aparece como titular de esos Registros de la Propiedad, hasta que pasó a la situación de ‘servicios especiales’ en 1990.

Según fuentes consultadas, en función del volumen de notas simples y otros trámites que se emiten, en cada registro se pudo facturar entre 60 y 75 mil euros mensuales, es decir, entre 720.000 y 900.000 euros anuales, una facturación que oscila entre 7,2 y 9 millones de euros solo entre 1980 y 1990. A ese volumen habría que restar lo impuestos detraídos y los gastos de funcionamiento de los distintos registros.

De la mano de Pío Cabanillas, conocido como Pío Nono

Rajoy se inició en política en Galicia de la mano de Pío Cabanillas. El propio presidente reconoce en su autobiografía (‘Mariano Rajoy en confianza’, editorial Planeta, 2011) el papel de su padrino o mentor político, también registrador de la propiedad, del que escribe que fue “decisivo”. “Es una de las personas de las que más he aprendido en política”.

Pío Cabanillas fue registrador en la isla de La Palma aunque no viviera allí, empleando una figura que se conoce como ‘registrador liberado’, esto es, seguía cobrando pero no atendía los registros porque se los encargaba a empleados y compañeros, con la cobertura del Colegio de Registradores. En La Palma, a Pío Cabanillas se le conocía como Pío Nono, pues se decía que cuando era ministro su sustituto cobraba un diezmo.
 

pacomer

Será en Octubre
Desde
15 Ene 2007
Mensajes
28.044
Reputación
85.438
Menuda mafia funcionarial medieval esta... no me extrana que nos estemos yendo a tomar por trastero de la mano de estos chupones indeseables.
 

ominae

Será en Octubre
Desde
9 Nov 2006
Mensajes
31.822
Reputación
129.592
la ley de sobres tb parece que la incumplió
 

Discordante

Madmaxista
Desde
20 Jul 2011
Mensajes
14.497
Reputación
37.296
La verdad es que he de admitir que gran parte del problema se solucionaria liberalizando esos puestos privilegiados con reglamentos que parecen sacados de la edad media.

Mientras existan esos nichos de privilegios y trapicheos la casta siempre les metera mano (ellos mismos los han creado y mantenido asi desde epocas ancestrales) y los utilizaran como catapulta para mamandurrias, contacteos, recaudaciones etc.

Lo mas incompatible es ser consciente de como funciona todo y vivir en este pais. Cortarse las venas se esta convirtiendo en un acto de misericordia.
 

cuatro.g

Ministro Burbujista
Desde
6 Ago 2007
Mensajes
12.670
Reputación
23.518
Lugar
3rd rock from the sun
Menuda mafia funcionarial medieval esta... no me extrana que nos estemos yendo a tomar por trastero de la mano de estos chupones indeseables.
Hombre no diga eso los registradores son profesionales muy capacitados que aportan seguridad a las transacciones.

Condenan a un notario y a un registrador por no comprobar la propiedad de un piso - La Nueva España - Diario Independiente de Asturias

Condenan a un registrador por inscribir dos veces una misma finca - Diario de Mallorca

Usuarios de Registros

Un registrador condenado a pagar 15.000 euros por fallar en la redacción de una herencia | Sevilla | Sevilla - Abc.es


Bueno emmmhhh, quizás no y sólo sean una rémora feudal viviendo del cuento y las prebendas que les otorga el Estado. :D
 

de lo malo lo mejor

Madmaxista
Desde
16 Oct 2007
Mensajes
5.600
Reputación
7.236

pacomer

Será en Octubre
Desde
15 Ene 2007
Mensajes
28.044
Reputación
85.438



Y encima a este tipo le aprobaron la oposición por la cara con la máxima nota.... un tipo que es analfabeto funcional.
 

cuatro.g

Ministro Burbujista
Desde
6 Ago 2007
Mensajes
12.670
Reputación
23.518
Lugar
3rd rock from the sun
De ese enlace que has posteado sugiero la lectura de las paginas 20 a 23 del siguiente pdf:

http://www.notariado.org/liferay/c/...Id=10218&folderId=3574127&name=DLFE-89622.pdf


:8::8::8: Copypasteo porque vale la pena que alguien más se entere, gracias por el aporte


Esto no es algo nuevo, JESÚS MIRANDA HITA, siendo Director General del Catastro,ya decía en el año 2000 que, “ante la buena información jurídica del Catastro los Registradores crearon GEOBASE, un producto que no debería seguir funcionando porque se opone radicalmente a la postura del Gobierno sobre la necesidad de disponer de una información literal e integrada entre el Catastro y el Registro para que no existan duplicidades. Esto ha supuesto una rémora en las relaciones entre ambas entidades en los últimos seis años, lo que ha ralentizado el proceso de coordinación que la sociedad necesita”.

Estas consideraciones se llevaron a la vigente Ley del Catastro
Sin embargo, lo sorprendente no es sólo que un grupo de funcionarios públicos pretendan nadar a contracorriente de toda Europa, incumpliendo la legislación a que están sometidos, mediante la imposición de servicios monopolísticos inventados; lo singularmente aberrante de este caso, es el interés crematístico, el saqueo inútil del bolsillo del ciudadano y, lo que es aun más grave,la imposición de un oneroso servicio caprichoso, privado y carente de efectos, como si se tratara de una actividad pública obligatoria, que se comercializa a través de exclusivas territoriales, siendo el usuario rehén del monopolista que predispone el coste .

Este escándalo arancelario de cientos de millones de euros afecta a millones de ciudadanos de este país. Todos los que pasaron por el registro en los últimos trece años.


Analizamos las consecuencias de la Sentencia.

1º.- Según la Audiencia Provincial los registradores no tienen cobertura legal para expedir unilateralmente bases gráficas y dictámenes de validación. Esto significa que no pueden girar arancel por una función que ni es registral ni está tipificada como tarifa. En consecuencia,todas las facturas que contengan percepciones relacionadas con el geobase se han ejecutado en fraude de los derechos de los usuarios y deben proceder a su inmediata devolución.

2º.- Tampoco pueden los registradores cobrar cantidad alguna fuera del arancel, porque lo prohibe la Ley de Tasas.

3º.- Ni pueden prestar servicios privados accesorios. Menos aún que puedan inducir a confusión sobre su carácter público, necesario u obligatorio. Lo prohíbe la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y constituye una cláusula abusiva predispuesta (imposición de servicios accesorios o no solicitados) proscrita en el Texto Refundido de la Ley de Consumidores y Usuarios.

4º.- Y, en fin, la sentencia también afirma que el GEOBASE o, mejor dicho, el
GEOMORRO, carece de cualesquiera efectos. En otras palabras, se ha estado engañando a millones de ciudadanos, víctimas de un montaje predispuesto y monopolístico; eso sí, muy tecnológico, porque estamos en el SIGLO XXI.

EL FUTURO INMEDIATO.

Ya se imaginarán que el Lobby registral está intentando salir al paso de este escándalo utilizando su influencia política. Para ello, Rajoy y compañía, han preparado dentro del Proyecto de Reforma Integral de los Registros una
regulación que les permita realizar y cobrar por un sistema Geobase
, pese al buen funcionamiento en la red, gratuidad y actualización a tiempo real, del Catastro español pagado con el impuesto de todos. De esa manera quieren legalizar para el futuro un negocio inútil y solapado con el Catastro, separándose del resto de Europa, a costa del bolsillo del ciudadano.

El delirio colectivo de quienes impulsan el Estado Registral no se conforma con que se privatice y se les regale la explotación comercial del Registro Civil y otros muchos. Va más lejos, duplica instituciones administrativas incrementando rentables trabas burocráticas privatizadas, hasta conseguir, según comentan, que ningún registrador cobre al año menos que la media de un consejero delegado del IBEX 35. Es decir, nunca menos de tres millones de euros anuales.
 

ofuoze

Madmaxista
Desde
30 Sep 2012
Mensajes
4.349
Reputación
3.094
Rajao a la fruta guandoca a acompañar a su amigo Bárcenas