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| Veréis, me abri cuenta vivenda el 3 de Diciembre del 2006 ( en teoría, entro dentro de la moratoria gubernamental) y al ser de 4 años de duración, la fecha de finalizacion para la adquisición de la vivienda sería el 3 de diciembre del 2009 (habiendo desgravado 4 años , 2006-2007-2008 (este ejercicio) y 2009). Ahi van mis preguntas: -1)¿Me beneficiaría realmente de 2 años más de plazo,es decir, tendría tiempo de comprarme la casa hasta diciembre del 2011......o la fecha tope de las ayudas acaban en diciembre del 2010, con lo cual solo tendría un año de más?? -2) Mi cuenta es de Ing con un 3% de interés...pero hace poco ING sacó la cuenta creciente, con lo que teóricamente, podria conseguir hasta un 5% en dos años (muy buen interés viendo la que se avecina y que probablemente no comparé en 2009 ,sino más adelante, por lo que estaría el dinero dos años mejor remunerado de lo que está ahora)....¿Podría abrirme una cuenta creciente y pasar toda la pasta que tengo ahora en la vivienda y declarar la nueva cuenta creciente como cuenta vivienda en las subsiguientes declaraciones (ésta y la siguiente).¿Cómo puedo hacer ésto? más o menos creo que se puede, pero no me queda claro como hacerlo a efectos de Hacienda. ¿Podríais ayudarme? genial foro..... Por cierto, a los moderadores...no estaría nada mal un HILO OFICIAL DE LA CUENTA VIVIENDA!!!!!! QUE LA INFORMACION SOBRE CV SE ACABA DIFUMINANDO!!! Última edición por MAZINGUERPETA; 01-dic-2008 a las 17:07 |
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| Tal como te dice morgan, en principio deberías de comprarte la vivienda antes del 2 de diciembre de 2010 que son los 4 años naturales. La moratoria según parece, es para las cuentas que caducan entre el 2008 y 2010 y por lo tanto te puedes beneficiarte de la misma, es decir que podrás omprarte la vivienda hasta el 3 de diciembre de 2012. De todas formas creo que la norma aún no ha sido aprobada. Salu2.
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| Vale..muchas gracias a los dos....desconocía esta puntualización (punto uno de mi pregunta)..pero sigo sin tener ni idea de la segunda pregunta..y no menos importante....¿algún avispado/a que se haya visto en la misma situación de cambiar el dinero de la CV a otra cuenta y lo haya declarado en hacienda?...vienen épocas difíciles (bajo interés) y ya que va a estar "parado" el dinero durante un tiempo, hay que buscarle máxima rentabilidad, no? Gracias. |
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| Se puede mover el dinero de cuenta en cuenta sin ningún problema, sólo debes de poner la nueva cuenta en la declaración de hacienda del año siguiente. La única restricción es que no puedes tener 2 cuentas simultaneamente. Pero para asegurarte puedes llamar a hacienda y ellos te resolverán el problema. Salu2.
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| Creía mal. Si se puede transferir a otra cuenta, lo que no se puede es invertir el dinero en otro activo que no sea una vivienda .respecto a la pregunta 2, te pongo lo que viene en una web: PREGUNTA: TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004 cuenta Vivienda | fiscal-impuestos.com No me queda muy claro. Deberías informarte de esto, tanto en hacienda como en tu entidad bancaria. Última edición por morgan; 02-dic-2008 a las 00:10 |
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| Yo creo que no se puede abrir una nueva cuenta vivienda. En el FAQ de Hacienda viene una pregunta similar y se responde que sólo en el caso (!) que la otra cuenta fuese abierta en la misma fecha. En cualquier otro, primero deberías devolver las desgravaciones y volver a empezar. Que ahora no te interesa nada pues los intereses de 2006-08 han sido más altos que lo que pudieras sacar ahora.
__________________ La vida es lo que nos pasa mientras hacemos otros planes John Lennon No tendrás casa en tu puta vida. No tendrás vida en tu puta casa. Escoge tu destino para los próximos 40 años. V de Vivienda. Oct'07. Los palestinos serán sabios si absorben a los colonos. Y si en el Estado palestino se pagaran menos impuestos, más de uno preferirá residir allí. Abraham B. Yehoshua. Nov'08 (revelando verdades 60 años tarde) Haz click aquí para ver el "Spoiler" |
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