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| Hoy se ha aprobado el Decreto Ley que regula la devolución de los famosos 400€. Según esta ley va a tener un carácter permanente, en el que la primera paga recibiremos 200€ en la nómina de Junio y otros 200€ divididos en 6 mensualidades. A partir del 2009, se cobrará los 400€ en 12 mensualidades de 33,33€. |
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Aqui viene explicado, http://www.expansion.com/edicion/exp...o/1127231.html |
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Un ejemplo: un trabajador con un sueldo bruto de 1.300 euros, al que Hacienda le retiene 300 euros; esto es, tiene un salario neto de 1.000 euros. En la nómina de junio sólo sufrirá una retención de 100 euros, por lo su sueldo neto mes será de 1.200 euros. El resto de la deducción se prorratea entre los seis meses que quedan de ejercicio fiscal. En 2009, todos los meses se reducirá la retención de cada nómina en la misma cuantía y proporción. |
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Entonces porque se van a volver a utilizar retenciones con decimales?? |
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El nuevo cálculo de los pagos a cuenta del IRPF ha obligado al Gobierno a modificar el Reglamento del Impuesto sobre la Renta. El sistema que recoge la norma aprobada ayer para calcular cuánto toca a a contribuyente es, según los expertos consultados, relativamente complicado. Tan es así que, para poder hacer los cálculos, Hacienda recupera, de forma extraordinaria, los decimales. En los últimos años, el porcentaje de retención en las nómina se viene expresando con un número entero; el Gobierno del PP introdujo en 2002 el redondeo y eliminó los decimales, y se ha mantenido así desde entonces. Ahora, se necesita un cálculo más preciso, para que los pagos a cuenta en el IRPF se ciñan a los 400 euros prometidos |
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Para dejar bien claro, estudiate la forma de calcular el resultado de la declaración de hacienda. En el caso del rendimiento del trabajo sin reducciones del artículo 18, y supongamos que gana 35.000€: Rend. Neto=Ingresos Totales (IT:35000) - Gastos Deducibles (Seg.Social: 2222€). Rend. Neto reducido=Rend. Neto - Reducciones rend. trabajo (2600€) Si no se tiene otro concepto que el rendimiento de trabajo, entonces el Rend Neto equivale al base imponible general sometida a gravamen, y será 30177,5€ Sobre la Base imponible general se aplica las aportaciones al planes de pensiones, pensiones compensatoria, etc y se obtiene la base liquidable. Sobre la base liquidable se aplica la tabla de los tipos marginales: B.Liq.------C.I.--------R.B.L T.M.Grav. 0,00-------0,00-------17360---24% (Aplicable para B.Liquidable de hasta 17.360€) 17.360,00--4.166,40---15000---28%(Aplicable para B.Liquidable desde 17360€ hasta 32.360€) 32.360,00--8.366,40---20000----37%(Aplicable para B.Liquidable desde 32.360€ hasta 52.360€) 52.360,00--15.766,40-----------43%(Aplicable para B.Liquidable de hasta 17.360€) B.Liq: Base Liquidable. C.I. Cuota íntegra para la B.Liq de esa escala. R.B.L. Resto de la Base Liquidable se aplica al tipo marginal de la derecha. Ejemplo. Si tu base liquidable es 30.177€, estará en la segunda fila: Te tocará pagar por los primero 17.360€, 4.166,40, y el restoal tipo de 28%, es decir 4,166,4+(30.177-17.360)*0,28=7783€ A este resultado hay que restarle la aplicación de la tabla sobre los 5050€ (de la adecuación del impuesto a tu situación personal. En este caso hemos supuesto soltero sin ascendentes y descendiente a cargo). Que según la tabla tendrá un tipo marginal de 24%, y por lo tanto será 1212€. El resultado de restar la Base liquidable de la adecuación del impuesto a la situación personal, resulta la Base Liquidable General. 7783-1212=6571 Si dividimos esta base liquidable general entre IT(ingresos totales)*100, obtendrá el tipo de gravamen. 6571/35000*100=18,77%. A partir de este número se obtiene el tipo de IRPF, que es redonder dicho número al número entero más próximo, en el caso del ejemplo será el 19%. Os animo a que hagáis los cálculos con vuestras salarios, veréis cómo coinciden. Pero hasta el momento en ningúm momento hemos hablado de las deduciones. Es una vez obtenida la base liquidable, hay que añadirle los demás impuestos, tales como sobre el rendimiento del capital moviliario y/o inmoviliario entre otros y se obtiene la cuota íntegra. Sobre dicha cuota íntegra se quita todas las deduciones, tales como la inversión en vivienda habitual o la nueva deducción de los 400€. Sin embargo, el gobierno debido a un promesa, adelantará esta dedución en las nóminas. Lo que hará que parezca que se descuadra las cuentas anteriores, pero no. Siguen siendo la misma, el tipo de gravamen seguirá siendo la misma, lo único que cambia es que los 400€ se te paga en la nómina o que es lo mismo que hacienda te retiene menos dinero. En definitiva, en la nómina de junio, si antes te retenía por ejemplo 500€ que corresponde a tu IRPF, seguirá siendo 500€, pero hacienda te devuelve 200€. Desde el punto de vista del contribuyente parece que te retiene sólo 300€, pero no es así. Igualmente los siguientes meses, si te retenía 500€, seguirá siendo 500€, pero hacienda te devolverá 33€, por lo tanto desde nuestro punto de vista es como si te retuviera sólo 477€... y lógicamente si divides este número entre lo que ganas, te sale número decimales. Espero que con esto se quede más claro todo este tema, que por cierto me ha llevado un huevo de tiempo. ains. |
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