Burbuja Económica > Foros > Bolsa e inversiones > Decreto Ley de los 400€
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Antiguo 23-may-2008, 18:05
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Hoy se ha aprobado el Decreto Ley que regula la devolución de los famosos 400€. Según esta ley va a tener un carácter permanente, en el que la primera paga recibiremos 200€ en la nómina de Junio y otros 200€ divididos en 6 mensualidades.

A partir del 2009, se cobrará los 400€ en 12 mensualidades de 33,33€.


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Antiguo 24-may-2008, 14:00
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Yo, lejos de polemizar, me parece perfecto que me devuelvan algo de lo retenido en lugar de darselo a los parásitos habituales (promotores, constructoras,...), voy a lanzar una pregunta....

Ahora me bajan la retención, supongamos si mi tipo aplicado (y supuesto como final) es de un 16% y eso significa una retención de 1500€, este mes(por el que se aplique la medida) me van a retener 1100€, pero claro eso modifica mi retención a un 11,75%, ¿qué pasará el año siguiente al realizar la declaración y mi tipo (pagado y retenciones practicadas) dé un tipo de un 16% como marginal?, porque puede pasar que al final me los vuelvan a retener, ¿no?.....
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Antiguo 24-may-2008, 14:59
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Iniciado por ruralita Ver Mensaje
Yo, lejos de polemizar, me parece perfecto que me devuelvan algo de lo retenido en lugar de darselo a los parásitos habituales (promotores, constructoras,...), voy a lanzar una pregunta....

Ahora me bajan la retención, supongamos si mi tipo aplicado (y supuesto como final) es de un 16% y eso significa una retención de 1500€, este mes(por el que se aplique la medida) me van a retener 1100€, pero claro eso modifica mi retención a un 11,75%, ¿qué pasará el año siguiente al realizar la declaración y mi tipo (pagado y retenciones practicadas) dé un tipo de un 16% como marginal?, porque puede pasar que al final me los vuelvan a retener, ¿no?.....
Escuche algo de que en la declaracion del año que viene te hacen una deduccion por los 400 euros, asi se compensa lo que te han retenido de menos este año. Es que si no seria pan para hoy y hambre para mañana.


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Antiguo 25-may-2008, 12:55
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Iniciado por jhezlin Ver Mensaje
La medida de los 400€ es una dedución del IRPF que hacienda los adelanta mensualmente, no modifica tu tanto porcierto de retención. Es decir, hacienda te seguirá reteniendo el 16%, pero te devuelve 33€ mensualmente de adelanto de esa deducción.

El año que viene cuando hagas la declaración, será igual que este año:

-Introduces tu remuneración dineraria, de la cual saldrá una cuantía a pagar (será la cuantía que te corresponde sin deduciones).

-Introduces tus retenciones (Tus retencioes normales - 400).

-Introduces tus deduciones: 400€ por este motivo.

El cálculo será: (TOTAL A PAGAR) - (Tus retenciones - 400) - 400. Por lo tanto los 400€ desaparece de la fórmula, y por lo tanto no influye en nada que te adelante mensualmente ese dinero.

Es decir, nunca te volverá a quitar lo que te han dado, en todo caso, si no trabajas los 12 meses, cuando hagas la declaración, hacienda te tendrá que pagar lo que no te han pagado en los meses que no has trabajado.
Estas confundido, si te bajan las retenciones a la fuerza te tiene que bajar el porcentaje de retencion. Si en lugar de retenerte por el IRPF 300 euros en la nomina de Junio te retienen 100 euros, como va a quedarse igual el tanto por ciento de retencion?
Aqui viene explicado, http://www.expansion.com/edicion/exp...o/1127231.html


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Antiguo 25-may-2008, 13:12
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En realidad no te está bajando las retenciones del IRPF, sino que te está adelantando la paga de unas deduciones.

Es igual que la deducción de la cuenta vivienda, no te baja el porcentaje de retención, sólo que una vez calculada lo que tienes que pagar a hacienda, le restas la dedución. La diferencia de esta dedución es que hacienda te lo adelanta mensualmente.

Salu2.
Una cosa es la retencion del IRPF en la nomina y otra cosa el tipo impositivo que te aplican en la declaracion de la renta. Al porcentaje que te aplican en la declaracion de la renta sobre tus ingresos(tipo impositivo) tu lo llamas erroneamente retencion del IRPF.


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Antiguo 25-may-2008, 13:48
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Iniciado por jhezlin Ver Mensaje
Cierto, pero ambos número está relacionados. El porcentaje de las retenciones se calcula aplicacando los tramos impositivos sobre la cuantía previsto a ganar durante el año año obteniendo la cuantía total a pagar. Una vez obtenida dicha cuantía, se divide entre la totalidad del dinero a ganar durante ese año (en porcentuales) y redonearlo hasta el número porcentual más próximo.

De las retenciones aplicadas, sin otras ganacias o deduciones, se desvían únicamente el 0.49% de la declaración de hacienda (a favor o en contra del contribuyente), y con el fin de que las personas exentas de declaración y que tengan derecho a los 400€ no se desvien más de la declaración, se estable la devolución mensual de dichos 400€.

Por lo tanto las personas exentas de declarar, siguen estando exentas, y muchos de ellos no van a presentar su declaración puesto que no le interesará, ya que la desviación será positiva para el declarante. Es decir, si declarase, te tocaría pagar del orden del 0,01% hasta el 0,49%. En caso de no adelantar este dinero, haría que automáticamente el 100% de los trabajadores presentaría su declaración, puesto que les saldría a todos ellos a devolver. De esto estoy hablando sin otros ingresos o ganancias que penalicen la declaración.
http://www.expansion.com/edicion/exp...o/1127231.html
Un ejemplo: un trabajador con un sueldo bruto de 1.300 euros, al que Hacienda le retiene 300 euros; esto es, tiene un salario neto de 1.000 euros. En la nómina de junio sólo sufrirá una retención de 100 euros, por lo su sueldo neto mes será de 1.200 euros. El resto de la deducción se prorratea entre los seis meses que quedan de ejercicio fiscal. En 2009, todos los meses se reducirá la retención de cada nómina en la misma cuantía y proporción.


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  #7 (permalink)  
Antiguo 25-may-2008, 14:17
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Eso lo que pone es el resultado final. En realidad hacienda le sigue reteniendo 300€ (Es lo que le tocaría pagar), pero le devuelve 200€ (Sólo en Junio, que es un caso especial), y el resultado final sería 100€ (que a fin de cuenta sigue siendo retención, porque es dinero que hacienda te retiene).

¿Porque si no fuese así, cual sería el porcentaje de la retención del IRPF en junio? ¿y la de los siguientes meses¿?
En teoria puede que le sigua reteniendo 300 euros pero en la practica solo le retiene 100 euros, pasaria de una retencion del 23% aproximadamente a otra del 8% aproxidamente (se volverian a aplicar retenciones con decimales) y durante los siguientes 6 meses se prorratearian los otros 200 euros.


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  #8 (permalink)  
Antiguo 25-may-2008, 14:37
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Debes de separar lo que es retención, lo que tienes que pagar a hacienda(depende de lo que ganas) de las deduciones lo que devuelve (depende de la situación personal).

El resultado final ya he dicho que son 100€, pero en realidad son 300 de retención y 200 de devolución. El tipo de retención sigue siendo lo que era antes, no varía a lo largo del año.
Seguro que el tipo de retencion no varia??
Entonces porque se van a volver a utilizar retenciones con decimales??


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  #9 (permalink)  
Antiguo 25-may-2008, 16:28
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No varía. ¿Acaso la dedución por la cuenta vivienda o lo que pagas de hipoteca te cambia el tipo de retención?

La única diferencia, repito, la única diferencia de esta dedución es el pago mensual y por adelantado.
http://www.expansion.com/edicion/exp...o/1127231.html

El nuevo cálculo de los pagos a cuenta del IRPF ha obligado al Gobierno a modificar el Reglamento del Impuesto sobre la Renta. El sistema que recoge la norma aprobada ayer para calcular cuánto toca a a contribuyente es, según los expertos consultados, relativamente complicado. Tan es así que, para poder hacer los cálculos, Hacienda recupera, de forma extraordinaria, los decimales.

En los últimos años, el porcentaje de retención en las nómina se viene expresando con un número entero; el Gobierno del PP introdujo en 2002 el redondeo y eliminó los decimales, y se ha mantenido así desde entonces. Ahora, se necesita un cálculo más preciso, para que los pagos a cuenta en el IRPF se ciñan a los 400 euros prometidos


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  #10 (permalink)  
Antiguo 25-may-2008, 19:27
Avatar de jhezlin
Caído del guindo
 
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http://www.expansion.com/edicion/exp...o/1127231.html

El nuevo cálculo de los pagos a cuenta del IRPF ha obligado al Gobierno a modificar el Reglamento del Impuesto sobre la Renta. El sistema que recoge la norma aprobada ayer para calcular cuánto toca a a contribuyente es, según los expertos consultados, relativamente complicado. Tan es así que, para poder hacer los cálculos, Hacienda recupera, de forma extraordinaria, los decimales.

En los últimos años, el porcentaje de retención en las nómina se viene expresando con un número entero; el Gobierno del PP introdujo en 2002 el redondeo y eliminó los decimales, y se ha mantenido así desde entonces. Ahora, se necesita un cálculo más preciso, para que los pagos a cuenta en el IRPF se ciñan a los 400 euros prometidos
Allí está hablando de la retención resultante después de aplicar la deducción de los 200€ que lógicamente saldrá decimales.

Para dejar bien claro, estudiate la forma de calcular el resultado de la declaración de hacienda. En el caso del rendimiento del trabajo sin reducciones del artículo 18, y supongamos que gana 35.000€:

Rend. Neto=Ingresos Totales (IT:35000) - Gastos Deducibles (Seg.Social: 2222€).
Rend. Neto reducido=Rend. Neto - Reducciones rend. trabajo (2600€)
Si no se tiene otro concepto que el rendimiento de trabajo, entonces el Rend Neto equivale al base imponible general sometida a gravamen, y será
30177,5€

Sobre la Base imponible general se aplica las aportaciones al planes de pensiones, pensiones compensatoria, etc y se obtiene la base liquidable.

Sobre la base liquidable se aplica la tabla de los tipos marginales:

B.Liq.------C.I.--------R.B.L T.M.Grav.
0,00-------0,00-------17360---24% (Aplicable para B.Liquidable de hasta 17.360€)
17.360,00--4.166,40---15000---28%(Aplicable para B.Liquidable desde 17360€ hasta 32.360€)
32.360,00--8.366,40---20000----37%(Aplicable para B.Liquidable desde 32.360€ hasta 52.360€)
52.360,00--15.766,40-----------43%(Aplicable para B.Liquidable de hasta 17.360€)

B.Liq: Base Liquidable.
C.I. Cuota íntegra para la B.Liq de esa escala.
R.B.L. Resto de la Base Liquidable se aplica al tipo marginal de la derecha.

Ejemplo. Si tu base liquidable es 30.177€, estará en la segunda fila:
Te tocará pagar por los primero 17.360€, 4.166,40, y el restoal tipo de 28%, es decir 4,166,4+(30.177-17.360)*0,28=7783€

A este resultado hay que restarle la aplicación de la tabla sobre los 5050€ (de la adecuación del impuesto a tu situación personal. En este caso hemos supuesto soltero sin ascendentes y descendiente a cargo). Que según la tabla tendrá un tipo marginal de 24%, y por lo tanto será 1212€.

El resultado de restar la Base liquidable de la adecuación del impuesto a la situación personal, resulta la Base Liquidable General. 7783-1212=6571

Si dividimos esta base liquidable general entre IT(ingresos totales)*100, obtendrá el tipo de gravamen. 6571/35000*100=18,77%.

A partir de este número se obtiene el tipo de IRPF, que es redonder dicho número al número entero más próximo, en el caso del ejemplo será el 19%.

Os animo a que hagáis los cálculos con vuestras salarios, veréis cómo coinciden. Pero hasta el momento en ningúm momento hemos hablado de las deduciones. Es una vez obtenida la base liquidable, hay que añadirle los demás impuestos, tales como sobre el rendimiento del capital moviliario y/o inmoviliario entre otros y se obtiene la cuota íntegra.

Sobre dicha cuota íntegra se quita todas las deduciones, tales como la inversión en vivienda habitual o la nueva deducción de los 400€.

Sin embargo, el gobierno debido a un promesa, adelantará esta dedución en las nóminas. Lo que hará que parezca que se descuadra las cuentas anteriores, pero no. Siguen siendo la misma, el tipo de gravamen seguirá siendo la misma, lo único que cambia es que los 400€ se te paga en la nómina o que es lo mismo que hacienda te retiene menos dinero.

En definitiva, en la nómina de junio, si antes te retenía por ejemplo 500€ que corresponde a tu IRPF, seguirá siendo 500€, pero hacienda te devuelve 200€. Desde el punto de vista del contribuyente parece que te retiene sólo 300€, pero no es así.

Igualmente los siguientes meses, si te retenía 500€, seguirá siendo 500€, pero hacienda te devolverá 33€, por lo tanto desde nuestro punto de vista es como si te retuviera sólo 477€... y lógicamente si divides este número entre lo que ganas, te sale número decimales.

Espero que con esto se quede más claro todo este tema, que por cierto me ha llevado un huevo de tiempo. ains.


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