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  #11 (permalink)  
Antiguo 16-abr-2009, 18:26
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Declaración individual pues

Piénsatelo, eh? Posibilidad de hacer declaración conjunta y quince días de vacaciones pagadas
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Antiguo 16-abr-2009, 18:39
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Piénsatelo, eh? Posibilidad de hacer declaración conjunta y quince días de vacaciones pagadas

Sale más barata la declaración individual
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  #13 (permalink)  
Antiguo 17-abr-2009, 13:31
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Has de marcar tu estado civil la hagas individual o conjunta. Si la haces individual el hecho de que digas que estas casado no afecta. Te saldrá igual que si estás soltero.

Con respecto a la segunda pregunta, lo que importa es el estado civil a 31 de diciembre, por lo que da igual haberte casado el 1 de enero que justo antes de las campandas de nochevieja.

Mucho me temo que si tienes churumbeles menores de edad, no da lo mismo soltero que casado.
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  #14 (permalink)  
Antiguo 18-abr-2009, 04:40
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Mucho me temo que si tienes churumbeles menores de edad, no da lo mismo soltero que casado.

Da lo mismo. La diferencia es si viven sólo contigo o con los dos padres. Y el segundo caso se puede dar tanto si hay matrimonio como si no.

Haz la prueba con un simulador.
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  #15 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 09:52
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Yo tambien tengo una duda sobre la Renta2008

Hice una colaboracion puntual el año pasado por la que me dieron 30 euros (que consideraba un pago/dietas/desplazamiento por las 6 horas que estuve). Ahora veo en el borrador que los "listos" lo han pasado a Haciendo como "Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias"

Mi pregunta es...tengo obligación de declarar esos 30 euros???
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  #16 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 10:15
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Las dietas por desplazamiento están exentos del IRPF y por lo tanto no hay que declararlo. (Me suena de que exite un máximo, pero vamos 30€ tiene que estar seguro por debajo de ese máximo).

Salu2.
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  #17 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 10:21
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Las dietas por desplazamiento están exentos del IRPF y por lo tanto no hay que declararlo. (Me suena de que exite un máximo, pero vamos 30€ tiene que estar seguro por debajo de ese máximo).

Salu2.

Gracias por tu mensaje, tucapital.

Lo de que las dietas estan exentas, ya lo sabía (mi empresa ya me ha dado dietas algunas veces en viajes de trabajo, y nunca he tenido ningun problema. De hecho nunca he visto las dietas en los borradores de la declaracion que me ha mandado Hacienda)

Pero lo de los "premios" es nuevo para mi.. En principio no iba a poner esos 30 euros..pero al llegarme el borrador y ver que los han declarado así, como premio, ya no se que hacer.
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  #18 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 10:35
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Da igual lo que ponga el borrador, la cuestión es que esos 30€ bajo qué concepto te lo pagaron, supongo que tendrás un papel o nómina o lo que sea en que se justifique ese dinero.

En un artículo del manual del IRPF he encontrado:

Sueldos y salarios.

Se comprenderán en esta rúbrica las cantidades devengadas por terceros en virtud de una relación laboral. Entre las mismas, se incluyen los sueldos, pagas extraordinarias, dietas y asignaciones para gastos de viajes, retribuciones en especie (incluido el ingreso a cuenta que corresponda realizar por las mismas, siempre que no se haya repercutido a los perceptores), así como los premios o indemnizaciones satisfechos (aunque resulten exentos del IRPF para el perceptor).

Parece que apunta que los premios e indeminizaciones están exentos también del IRPF.

Salu2
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  #19 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 10:41
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Da igual lo que ponga el borrador, la cuestión es que esos 30€ bajo qué concepto te lo pagaron, supongo que tendrás un papel o nómina o lo que sea en que se justifique ese dinero.

En un artículo del manual del IRPF he encontrado:


Parece que apunta que los premios e indeminizaciones están exentos también del IRPF.

Salu2

Pues no tengo ningun papel
Recuerdo que a ellos si les firme un papel como que me los habían dado (vamos..era para que no hubiera ningun listo que pasara 2 veces..) pero no me quede ningun comprobante.

Si alguien encuentra la "ley" donde pone que los premios inferiores a "X" estan exentos lo agradecería...porque he hecho algunas simulaciones y el programita de la Renta2008 me aplica un buen porcentaje cuando los pongo com premio (aprox. unos 8 euros a pagar)

PD: un amigo me ha dicho que no los ponga, que es poca cantidad..pero lo que no quiero es que dentro de unos años en vez de pagar 8 euros me reclamen 50 (por decir algo) por retrasos, intereses y multa
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  #20 (permalink)  
Antiguo 24-abr-2009, 10:55
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Tranquilo, quien te pagaron ese dinero está obligado enviarte el certificado de retenciones o ingresos a cuenta, en caso contrario estaría incumpliendo el reglamento del artículo 108. En caso de no hacerlo, solicítalo.

El retenedor u obligado a ingresar a cuenta deberá expedir en favor del contribuyente certificación acreditativa
(1) de las retenciones practicadas o de los ingresos a cuenta efectuados, así como de los restantes
datos referentes al contribuyente que deben incluirse en la declaración anual a que se refiere el apartado anterior.

(1) Véase la Resolución de 15 de diciembre de 1999, del Departamento
de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban modelos de utilización voluntaria de certificación de retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a rendimientos del trabajo, premios y rentas exentas, rendimientos de determinadas actividades económicas e imputación de rentas por la cesión de derechos de imagen (BOE del 22). Véase también la Resolución 1/1998, de 7 de julio, del mismo Departamento, por la que se aprueba el modelo de utilización voluntaria de certificación de retenciones
e ingresos a cuenta de rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos (BOE del 16).

Salu2.
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