Buenas a todos.
Mi pareja solicitó la ayuda (yo no podía , soy una joven anciana de 30 años); le solicitaron hará un par de meses un certificado de la empresa de lo que había cobrado los tres primeros meses.
Con las pagas extras y algo que le han subido, se pasa de los 22000 euros (por muy poco, menos de mil euros); he llamado a la Comunidad de Madrid y me han dicho lo siguiente:
que si durante el 2008 al final mi pareja excede de los 22000 (aunque sea porque en Diciembre le den una paga de beneficios de 500e y el resultado bruto anual sea de 22500), no hay derecho a la ayuda y si ya se ha cobrado, luego hay que devolverla a Hacienda y con intereses.
Lo digo para que tengáis cuidado con este tema. |