| Cuando se hereda (un piso o lo que sea) hay que pagar el Impuesto de Sucesiones por el hecho de heredar. En la Comunidad de Madrid este impuesto está prácticamente eliminado (hay que rellenar el impreso pero en caso de tener que pagar no se paga prácticamente nada).
Despues, si vendes el piso tienes que pagar por la ganancia obtenida en el IRPF.
Un saludo. |