| Buenas, a ver si alguien en el mismo caso me puede echar una mano.
Resulta que mi cuenta vivienda me vencía en diciembre de 2011 y, como bien podéis sospechar, no adquirí ninguna vivienda. Ahora me toca devolver lo indebidamente deducido. Pero la duda está aquí: al rellenar en el programa PADRE las casillas 724 a 727 en que se recogen las deducciones indebidas estatal y autonómica, y el cálculo de intereses de demora, para los ejercicios 2009 y 2010 sale una ventanita diciendo que el importe consignado ha de ser la mitad de lo deducido, al igual que el tipo de interés para estos años.
¿sabéis a qué se puede deber esto y dónde puedo consultar que efectivamente es así (en el manual de renta no viene nada)?
Por otro lado, para qué sirven las casillas 728 y 729?
Gracias amable foro
__________________ El dinero no hace idiotas, sólo los descubre. |