Iniciado por
Deadzoner
Siempre que no renuncies a tu derecho a renovar anualmente (por contrato), y cumplas el año, no.
No lo entiendo, me lo explique. Si el contrato es de duración de 5 años, que más da que cumplas un año o no, si los que tienes que cumplir son 5.
También me interesa saberlo a mi porque si encuentro un piso cerca del trabajo me gustaria cambiarme. Mi contrato es de 1 año, que pasa si me quiero ir antes? Yo creo que no se podría quedar con mi fianza y que lo unico que podría sacarme es una indemnización por daños y perjuicios