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Viejo 08-31-2007, 06:50 PM
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Originalmente Escrito por ruben.600rr Ver Mensaje
Pues a lo mejor el Sr. Chinarro nos ayuda porque yo estoy igual.

También habría que saber ¿cuál es la tasación que vale para qué?

Desde luego la que vale para el Banco es la del Banco. Si esta da que no merece la pena seguir adelante, no seguirá adelante...
Respecto de las tasaciones creo que es más o menos así, aunque no estoy del todo seguro. La tasación que prevalece es la judicial. El banco al conceder el préstamo tasa a fín de saber cuánto vale el bien que garantizará la deuda. Pero a la hora de ejecutar la vivienda, el juez manda tasar a fín de saber igualmente cuánto vale el bien a subastar, a fin de fijar tipo de subasta, etc. Luego en el Registro de la Propiedad, según tengo entendido (no es que lo sepa a ciencia cierta) consta el bien y el propietario, nada más. Si que aparece la carga que pesa sobre dicho bien, y en ella, la hipoteca, se fija (ya consta en la misma escritura de hipoteca) una responsabilidad hipotecaria, esto es, unos importes por los que responde la finca, tanto de principal, como de intereses, gastos, reclamaciones.....
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