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Antiguo 28-ago-2007, 23:12
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Sacarino Sacarino está desconectado
Astrocotoc
 
Fecha de Ingreso: 24-mayo-2007
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Tras la reciente subida de tipos de interés se avecina un horizonte de más que probables subidas de tipos de interés, que afectarán directamente las cuotas de las hipotecas en sus próximas revisiones. El Banco Central Europeo ha avisado que algunos paises-...¿adivinais cuales...jejeje...? -podrían sufrir problemas en caso de subidas un poco más bruscas de los tipos de interés. Ante esto nos puede surgir la duda, ¿y si no puediesemos pagar nuestra hipoteca o nos retrasasemos en alguno de los pagos?
Durante los primeros días de impago

En los primero días despúes de devolver el recibo de la cuota de la hipoteca, los bancos suelen ponerse en contacto con el cliente para descartar un descuido por parte del cliente.

A partir de estos días la entidad bancaria puede reclamar interese adicionales de demora, que pueden ser de entre un 5% y 6%.
Si el impago persiste

En caso de que la situación se demore o cliente tenga serios problemas económicos, el banco intentará renegociar el plazo de amortización ampliando, consiguiendo así una reducción de las cuotas mensuales.
A los seis meses...

A partir, de los seis meses el banco presentará una demanda judicial que una vez aceptada a trámite dará paso al embargo de la vivienda o el aval presentado como garantía de pago en la constitución de la hipoteca. La Ley Hipotecaria permite al propietario presenta una propuesta de pago incluyendo las deudas contraídas y las costas del proceso judicial, lo que anularía la demanda. En caso de prosperar la demanda se subastaría la vivienda, y si obtuviese un una cantidad superior a la deuda pertenecería al propietario de la vivienda.

...o como dijo aquel..."agarraos las kalandrakas"...alguno tendrá que volver a usar el papel del Elefante pa limpiarse el buyaca.


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