| Hay un detalle que excluye parcialmente a los inmuebles del procedimiento de amortización normal en los otros activos físicos: la irreproducibilidad del suelo.
Todos los inmuebles contienen en su valor una proporción del suelo sobre el que se asientan. Cuando se compra suelo se está constituyendo un pequeño monopolio natural. Esto hace que, en lugar de depreciarse, se revaloricen. Evidentemente hay suelos y suelos, por su emplazamiento, e inmuebles e inmuebles, por su naturaleza o destino. Así no afecta en el mismo grado el monopolio natural sobre el suelo a un local comercial en un punto de mucho paso de una ciudad formada por rascacielos, que a un piso en un extrarradio.
La irreproducibilidad del suelo se contempla tanto a efectos económicos como de técnica contable. |