| Por cierto, a ver si los medios que tanto bombo dieron al asunto ahora dan a conocer la verdad con el mismo ahinco. Y por si alguno lee esto: ante cosas de este tipo hay una forma rápida y sencilla de comprobar ciertos datos, como por ejemplo si realmente era la vivienda que disponía este señor para vivir, con ir al registro de la propiedad y pedir las propiedades que constaban a nombre de este señor habrían visto enseguida que mentía como un bellaco ya que era dueño de todo el edificio. En fin, que esperar de los mercenarios de la pluma, siempre al servicio de quien paga.
__________________ La sacrosanta e intocable Constitución Española ahora parece que sí se puede modificar. Y además en tiempo récord. ¿A que es debido este milagro? Los "jefes" han ordenado que se modifique para incluir esto:
Artículo 135
(...)
3. ... Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. |