Ver Mensaje Individual
  #1 (permalink)  
Antiguo 05-ago-2009, 10:39
Avatar de JAC 59
JAC 59 JAC 59 está desconectado
Polemico
 
Fecha de Ingreso: 05-septiembre-2008
Mensajes: 821
Gracias: 70
978 Agradecimientos de 237 mensajes
Un préstamo de usura es nulo y sólo se devuelve el capital - 5/08/09 - 1455417 - elEconomista.es


El préstamo usurario es nulo desde su origen y no genera obligación de pagar intereses, pues el prestatario está sólo obligado a devolver la cantidad que ha recibido de forma efectiva, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 14 de julio de 2009.


La nulidad del préstamo usurario, que regula el artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate), conlleva que el negocio sea ineficaz, de una manera "radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insanable, ni es susceptible de prescripción extintiva", según afirma el ponente, el magistrado Salas Carceller.


Responder Citando