buenas a todo el foro,estos ultimos dias estado leyendo los posts,sobre los mejores bancos on-line y por lo visto el que mejor es el uno-e del grupo bbva,mi preguntas son las siguientes ,haber si me las podeis responder.
1)¿en que consiste un descubierto autorizado de 500euros? copio y pego el parrafo que no entiendo de las condiciones del servicio uno-e(porque yo soy estudiante y no tengo nomina,solo quiero ingresar mis pequeños ahorros,para ir aprendiendo como funcionan los bancos y un poco la bolsa,mi duda mas bien es si necesito,nomina o ingresar 500 euros,esque no lo entiendo muy bien lo que quiere decir el parrrafo haber si me lo podeis explicar)
2.5. uno-e atenderá aquellas órdenes que, no contando con fondos en la Cuenta Personal unoe
en cuantía suficiente para su íntegro cumplimiento, generen un descubierto en la Cuenta
Personal uno-e por un importe máximo de 500 Euros (“Descubierto Autorizado”). La Cuenta
Personal uno-e dará derecho al Descubierto Autorizado siempre que dentro de un mes natural
se cumpla cualquiera de las siguientes condiciones:
- Recibir un abono por domiciliación de nómina por importe superior a 500 Euros.
- Recibir un abono por transferencia por importe superior a 500 Euros.
Estos importes deberán recibirse en la Cuenta Personal uno-e en un solo movimiento.
Si la activación de la Cuenta Personal ha tenido lugar dentro de la primera quincena de un
mes, cumpliéndose además en dicho mes natural cualquiera de las condiciones que dan
derecho al Descubierto Autorizado, éste se generará a partir del quinto día hábil del mes
siguiente al de la activación de la Cuenta Personal uno-e.
Si la activación de la Cuenta Personal ha tenido lugar dentro de la segunda quincena de un
mes, cumpliéndose además en dicho mes natural cualquiera de las condiciones que dan
derecho al Descubierto Autorizado, éste se generará a partir del quinto día hábil del segundo
mes posterior al de la activación de la Cuenta Personal uno-e.
A los efectos dispuestos en los dos párrafos anteriores, se entenderá por primera quincena el
periodo de tiempo comprendido entre el día 1 y el día 15 de cada mes, ambos incluidos, y por
segunda quincena el periodo de tiempo comprendido entre los días 16 y el último día del mes
que corresponda ambos incluidos.
Fuera de los dos supuestos antes indicados, estando activada la Cuenta Personal, el derecho
al Descubierto Autorizado se generará el quinto día hábil del mes siguiente a aquel en que se
cumpla cualquiera de las condiciones que dan derecho al mismo.
El descubierto ocasionado por aplicación del Descubierto Autorizado deberá regularizarse en el
caso de que durante dos meses naturales consecutivos no se cumpla alguna de las
condiciones que generan el derecho al mismo y, en todo caso, no más tarde del quinto día
hábil del tercer mes posterior al último mes en que se cumplió cualquiera de las condiciones
que dan derecho al Descubierto Autorizado.
El Descubierto Autorizado devengará a favor de uno-e un interés nominal anual del 6% ( 6,17%
T.A.E.) y se liquidará en la forma prevista en el apartado 3.1. siguiente.
2.6. El descubierto que exceda del importe y/o del plazo máximo antes establecidos devengará
favor de uno-e un interés nominal anual del 8,00% (8,30% T.A.E.) |