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Antiguo 22-dic-2008, 17:15
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naumoski naumoski está desconectado
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Efectivamente, está en vigor tanto para prestamos (civiles o mercantiles) como operaciones asimilables.

Nada, aquí uno que están preparando un tema de una Oposición y se ha visto el hilo este en primera página de la búsqueda del Google.


Yo creo que con un 20% ya estaría bien, que los hijosdesumadre te pasan un poco de p.e. una línea de crédito y bien que te funden un 25%



Además considerar el prestamo usurario corresponde a la "convicción" libre de los tribunales según Ley Enjuciamiento Civil:

Artículo 319. Fuerza probatoria de los documentos públicos.

3. En materia de usura, los tribunales resolverán en cada caso formando libremente su convicción sin vinculación a lo establecido en el apartado primero de este artículo.


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